Hilos Desenrollados

Leyes Complementarias (Hilo)

#C40 - Leyes Complementarias
En este Twit le voy a ir poniendo las distintas
Leyes Complementarias
de la #C40
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Dice que hay 23 000 colegios electorales en toda Cuba.

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CIVICA DE LA COMUNIDAD
1945No es una Ley Complementaria; pero si muy pegada a ellas:

Ley electoral de 1943Lo básico para registrar un Partido Municipal, Provincial, Nacional en el Tribunal Supremo Electoral; según la Ley Electoral Complementaria de la C-40:
1-Más de 25 anos.
2-Más de 25 personas.
3-Nombres.
4-Carnés de identidad.

5-Comité Ejecutivo.
6-Emblema.
7-Estatutos (La ley te dice como tambien).
8-Programa doctrinal (?).
9-Un 2% del electorado.

Código electoral:Esta obra contiene el texto de la edición oficial de la Ley no. 17 de 31 de mayo de 1943, publicada en la Gaceta oficial de 19 de junio de 1943books.google.com/books?id=cnVDA…
Leyes civiles de la repúbica de Cuba
Constitución de la república de 1940.–Código civil.
–Código de comercio.
–Ley hipotecaria y su reglamento.
–Ley de enjuiciamiento civil.
–Ley orgánica del poder judicial.google.com/books/edition/…
–Ley y reglamento del registro civil, y todas las leyes, decretos, órdenes y disposiciones que los complementan; antecedentes, aclaraciones, etc. Profusa y cuidadosamente anotados y concordados entre si, e incluso con la Constitución de 1940,
con detalladísimos sumarios alfabéticos por referencias al articulado, conforme a los textos oficiales
Ley #17 de 1943:
Código Electoral de Cuba.Por: Gustavo Gutiérrez Sánchez
-Profesor por oposición de la Facultad de
Derecho de la Universidad de la Habana.
-Presidente de la Cámara de Representantes.
-Secretario de Justicia.
-Ministro sin Cartera…

Compendio de actualización de la Ley Orgánica del Poder Judicial hasta 1930, son 424 paginas.Su autor fue autorizado a publicar el libro, por el Secretario de Justicia, pero todavía sin carácter oficial.
Resumen de su contenido: original-ufdc.uflib.ufl.edu/AA00021729/000…
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UnaCubanamas
@UCubanamas Image
-En agosto de 1912 el senador Antonio Berenguer y Sed, entregó una iniciativa de enmienda al legislativo.
-En junio de 1913 Ricardo Dolz y Arango depósito otra.
-En enero de 1918 el diputado Jose Maria Lasa presentó una tercera.
-En mayo de 1921 Alfredo Zayas al asumir la presidencia, recomendó al Congreso considerar la reforma de varios artículos, creándose una comisión por el Senado que trabajó en la idea hasta 1922.

Fuente:
https://twitter.com/HumbertoMondej2/status/1601831907456679939?s=20

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