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Ley de Propiedad Industrial (Marcas y Patentes) – 1940

#C40 - Marcas y Patentes

LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
(Marcas y Patentes)

 

Vigente en la República de Cuba

 

EXPLICADA Y COMENTADA POR:
Manuel Lloret y Román
y
Jorge Ameller Y Escobar


CONTIENE ADEMAS:

  • Disposiciones Complementarias.
  • Legislación Común.
  • Convenciones y Tratados Internacionales,
  • Derechos que Devengan el Registro de Marcas en distintas Repúblicas Americanas.
  • Términos de Vigencia de las Marcas en distintos países, Ley de Propiedad Industrial (Marcas y Patentes). Traducida al idioma inglés,
  • Leyes de Propiedad Intelectual, Decretos y Reglamento.
  • Ley de Registro de Marcas de Ganado.
  • Leyes Marcarias de los Estados Unidos de América. Traducida al Castellano.
  • Ley de Patentes y Propiedad Literaria de los Estados Unidos de América, Traducida al Castellano,
  • Cuerpo Diplomático Consular Acreditado En Cuba.

Primera Edición: 1940

Precio: $5.00


PRÓLOGO

Las nuevas orientaciones por que marcha el mundo actual, la vertiginosa carrera del tiempo, el afán de la humanidad de superarse tanto en su conocimiento como en sus resoluciones, lo árido de la lucha por sostenerse y por rodearse de las mayores garantías, imponen el deber, a todo hombre consciente, de esforzarse en ampliar sus conocimientos, sobre todo en cuanto se relacionen con las medidas o leyes de protec- ción, que cada nación dicta o promulga en bien de sus ciudadanos.

Tales conclusiones nos han servido de base, para realizando un es- tuerzo, contribuir con nuestro grano de arena, nuestra gran voluntad y nuestra práctica, a difundir, por medio de esta obra, una de nuestras más modernas y avanzadas Leyes, relacionada especialmente con el desenvolvimiento del Comercio y la Industria: la de «PROPIEDAD INDUSTRIAL» (Marcas y Patentes), Decreto-Ley No. 205 de 4 de Abril de 1936.

Así, además de las aclaraciones y comentarios sobre los más difíciles problemas de que trata esa Ley, incluimos también en esta obra, cuan- tas otras Leyes tienen o guardan relación con ella, autorizadas y revisa- das oficialmente en cada caso.

Es decir, que con esta primera edición de nuestra obra, que con todo respeto sometemos a la consideración y el juicio de Abogados, Licen ciados en Leyes, Procuradores Públicos, Ingenieros, Comerciantes e In- dustriales, Funcionarios y Empleados Públicos, con la que no aspiramos a conquistar laureles, sino solamente a prestar un servicio, contribuimos igualmente, según estimamos, al prestigio de nuestro país ante el extranjero, con el que asimismo mantenemos una colaboración de inteligencia en materia Marcaria y Comercial, llevando hasta él, en las páginas de este libro, una prueba más que evidente de lo avanzado de nuestras legislaciones proteccionistas.

Que esta obra preste el servicio a que aspiramos, y que su éxito ‘cons- tituya nuestro estímulo para el futuro, es nuestro más vivo deseo. Al juicio del lector lo sometemos.

Habana, 29 de Junio de 1940.

MANUEL LLORET y ROMAN,
Agente Oficial de la Propiedad Industrial

JORGE AMELLER y ESCOBAR.
Ex-Examinador de Patentes y Modelos Industriales y Ex-Funelonario de Marcas y Patentes de las Secretarías de Agricultura y Comercio de Cuba, en las que laboró por más de 25 años,


Fuente:

https://www.dloc.com/es/AA00071050/00001/citation

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Información Adicional

Boletin de la Oficina Interamericana de Marcas (Enero-Marzo 1929)