En la siguiente directa, Eduardo Arias, presidente del “Partido Nacionalista Cubano” (PNC), presenta un “Proyecto de Transición” que incluye la creación de un Gobierno y Congreso en el Exilio.
El proyecto, del cual aún desconocemos el nombre, está más o menos esbozado alrededor del minuto 10 del vídeo que sigue a continuación:
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Lo primero que salta a la vista es la similitud entre este proyecto y el del “Acuerdo Por La Democracia”, y que tiene como figura más visible a Orlando Gutiérrez Boronar.
Otros puntos muy llamativos son:
- A pesar de que el PNC dice respalda la Constitución de 1940, el Proyecto no habla o dice explícitamente que busca RESTITUIR INTEGRAMENTE dicha Constitución.
- Es por eso que se habla de “Poder Constituyente” y “Poder Constituido”. La historia tiene ejemplos de adónde conduce este planteamiento:
– A los que nos hablan de la Constitución del 40…
– Renuncia del Magistrado del Tribunal Supremo Dr. José Morell Romero - En otras palabras, no se puede acudir a ese “Poder Constituyente” hasta que la Constitución sea RESTITUIDA INTEGRAMENTE, de lo contrario cualquiera utilizar ese argumento para deshacer lo que alguien previamente haya logrado hacer. Es repetir una y otra vez el ciclo de violaciones de la Constitución.
- Para hacer uso de los mecanismos de consulta incluidos en la Constitución, esta debe estar en uso y todas las instituciones de control constitucional deben estar funcionando.
- La Transición no es para enmendar o modificar la Constitución, la transición es para es para restituir el orden constitucional y todas las instituciones incluidas en esta.
- La posibilidad de crear hn Gobierno en el Exilio es nula, sobre todo si se entiende que quienquiera tenga la capacidad de derrotar a la dictadura, también tendrá la capacidad de hacer una transición.
- De esto último también hay ejemplos, o acaso a Eduardo Arias se le olvida su fallida incursión y despido del mal llamado Gobierno Constitucional Cubano en el Exilio.
- Igual de ilusoria es la creación de un Consejo Legislativo (Congreso en el Exilio). La inclusión de representantes de todos los grupos opositores dentro de Cuba, no es garantía de que sean representación del pueblo. Acaso se olvida que ninguno de ellos acepta la Constitución de 1940.
- La RESTITUCIÓN de la Constitución conlleva también la restitución de todas sus leyes orgánicas, por tanto no es potestad de nadie, solo de un Congreso electo cambiar esas leyes.
- Las leyes orgánicas de formación y funcionamiento de los poderes del estado ya están escritas, así como la “Ley Electoral y de Registro de Partidos”.
Estos son los puntos básicos en los que este proyecto de transición no pinta bien para el pueblo cubano. No obstante habrá que esperar a la publicación del proyecto para completar este análisis inicial.
Por último, no podemos olvidar que la FUENTE DE DERECHO de la mal llamada revolución de castro era la RESTITUCIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1940, promesa que resultó incumplida. Por tanto hasta que no se restituya plenamente esta Constitución es tan ilegal e ilegitimo apelar al Poder Constituyente como hizo Castro.
Ariadna
Los cubanos viven tiempos difíciles y como siempre no faltan los caudillos y traidores queriendo coger mangos bajitos