Archivos C40

Renuncia del Magistrado del Tribunal Supremo Dr. José Morell Romero

La Habana, noviembre 12 de 1960.

Al Sr. Presidente de la República, por conducto del Sr. Presidente del Tribunal Supremo de Justicia. Señor: Por este medio presento a Ud. la renuncia del cargo de Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia que ocupo desde el año de 1950. Motiva mi decisión lo siguiente:

  1. N o comparto el criterio de la mayoría de los miembros del Tribunal de Garantías Constitucionales y Sociales y de la Sala de Gobierno Ordinaria expuesto en actos de jurisdicción o propios de Gobierno, respecto del alcance de las facultades del Gobierno de Facto, en lo que se ha querido llamar « poder constituyente ». Reitero que el Poder Constituyente solo reside en el pueblo y que éste habrá de manifestarlo, para que sea válido y eficaz por medio de una consulta popular, como se hizo en 1940, al adoptarse la legítima Constitución de la República. El Gobierno de Facto producto de una revolución, tiene que atemperarse al programa que le sirvió de bandera y la revolución que se produjo en Cuba de 1952 a 1959, llevó como programa sustancial la restauración y el más eficaz cumplimiento de las pragmáticas de la Constitución de 1940. Consecuentemente, por lo menos, en lo referente a Derechos Fundamentales, no puede el Gobierno de Facto producir medidas con eficacia Constituyente que desplacen las que el Pueblo, legítimamente organizado y constituido se dió y que implican históricamente, la base de nuestra nacionalidad.
  2. N o comparto, de continuo, el criterio de la mayoría de los componentes del citado Tribunal, al interpretar la Ley Fundamental vigente y demás leyes, y así lo he hecho constar al través de innumerables votos particulares, que si bien pueden salvar, en el orden histórico mis puntos de vista, no resuelven en este momento crucial, las ansias de la Nación cubana. Tampoco tengo esperanzas, después de innumerables pronunciamientos en el Pleno, verbalmente, y por votos en actos de jurisdicción, con resultado negativo, que se produzca rectificación alguna en ese Cuerpo.
  3. La independencia del Poder Judicial, que es básica en todo régimen democrático,se ve cada día más amenazada, a extremo tal que constantemente se habla por altas figuras oficiales, de su « depuración », alegándose que sus componentes « N o se han adaptado al proceso revolucionario »; se ha admitido que los miembros del Poder Judicial, funcionarios y auxiliares puedan formar parte de las milicias, que tienen una misión militar, y hasta se ha intentado que acudan a sus labores judiciales vestidos con el uniforme propio de aquellas, lo que significa un absoluto desconocimiento de las funciones específicas del Poder Judicial, en cualquier época, sea de emergencia o no, ya que el Constituyente de 1940 atribuyó al Poder Judicial, como órgano independiente, la alta misión de administrar la Justicia, con exclusión de cualquier otro órgano que no pertenezca de modo permanente al mismo y es evidente la incompatibilidad de tales funciones con un régimen insertado de milicianos.
  4. Se ha admitido que jueces y magistrados a quienes la Constitución que acordó al pueblo soberano, dió un fuero especial para garantizar su independencia en el ejercicio de las funciones, puedan ser juzgados por Tribunales Revolucionarios, lo que les somete a una situación evidente de indefensión, que pone en quiebra al ordenamiento jurídico.
  5. Al suprimirse los recursos judiciales ordinarios y el de inconstitucionalidad en señalados casos, en que se discuten derechos Fundamentales del Hombre, evidentemente se ha convertido el Tribunal de Garantías Constitucionales y Sociales en un instrumento inocuo para el cumplimiento de las altas finalidades que el legítimo Constituyente le asignó.

Señor Presidente: he meditado sobre si puede haber alguna impaciencia por mi parte al pretender que se restaure un Estado de Derecho, después del proceso revolucionario; comprendo que toda revolución requiere un régimen de transición para alcanzarlo, pero he observado con verdadera pena que cada vez existen menos posibilidades de que se restablezca el orden jurídico, y en esas condiciones, he preferido dimitir el cargo que la República me confirió.

Atentamente.
José Morel l Romero

[1] “El Imperio de la Ley”, Apéndice Ia, página 82. https://movimientoc40.com/imperio-ley-cuba-reporte/