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Proclamación del Dr. Rodolfo Nodal Tarafa

Proclamación del Dr. Rodolfo Nodal Tarafa

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Transcripción (página 2)

PROCIAMACIÓN0

LEGIMIDAD DE LA TOMA DE POSESION DE LA PRESIDENC5A CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA DE CUBA POR SUCESION BASADO EN EL MANDATO CONSTITUCIONAL DE LOS ARTICULOS 180.148. Y 149 DE LA CCNSTITUCION CUBANA VIGENTE DE 1940. FOR TANTO BASADO EN LA LEY FUNDAMENTAL DE LA REPUBLICA SE PROCLAMA LO SIGUIENTE: ——————————————-

PCR1 TANTO: BASADO EN LA, LEGITIMIDAD Y VIGENCIA DE LA CONSTITUCION CUBANA DE 194o. Y EN EL MANDATO CONSTITUCIONAL DE LOS ARTICULOS 148 y 149 DE LA PROPIA CONSTITUCION, SE HACE CONSTAR EN ESTE DOCUMENTO QUE AL PRESENTAR LA RENUNCIA A LA PRESIDENCIA CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA DE CUBA, EL PRESIDENTE DR. CIAUDIO F. BENEDI EL DIA 21 DE DICIEMBRE DEL 2007. POR RAZONES DE SALUD, SE ACTIVO EL MECANISMO CONSTITUCIONAL DE LOS ART. 148 Y 149 DE LA CONSTITUCION, EN EL QUE SE ESTIPULA QUE EN CASO DE AUSENCIA (RENUNCIA), INCAPACIDAD O MUERTE, EL MAGISTRADO MAS ANTIGUO DE LA 3RA CATEGORIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA ASUMIRIA

LA PRESIDENCIA CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA DE CUBA, POR LEY CONSTITUCIONAL, QUE EN ESTE CASO RECAE EN EL DR. RODOLFO NODAL-TARAFA, DE ACUERDO AL ESCALAFON ESTABLECIDO POR MANDATO CONSTITUCIONAL DEL ARTICULO 180, EL CUAL FUE PROCLAMADO PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE CUBA POR SUCESION PRESIDENCIAL CONSTITUCIONAL, EL DIA 21 DE DICIEMBRE DEL 2007, Y QUE: ————–

  POR CUANTO: HOY SE PROCLAMA LA TOMA DE POSESION, PARA CUYO EFECTO LOS JURISTAS CUBANOS RATIFICAMOS ESTA PROCLAMACION A CONTINUACION. DADO EN TAMPA, FLORIDA, A LOS 29 DIAS DEL MES DE MARZO DEL 2008-

 

Dr. José Luis Olavarrieta
Juristay Miembro de los Colegios de Abogados Cubanos en el Exilio

 

Dr. Alberto Martínez Arizala
Ex Profesor de Derecho de la Universidad Nacional Masónica de Cuba y Miembro de los Colegios de Abogados Cubanos en el Exilio

 

PARA DAR FE Y CONSTANCIA:

Dr. Armando J. Bucelo Sr.
Presidente del Consejo Asesor Jurídico y Decano del Colegio de Notarios Públicos Cubanos en el Exilio