El texto es una transcripción de la Vigésima Quinta Sesión Ordinar la de la Convención Constituyente de Cuba, celebrada el 26 de abril de 1940. Esta convención fue la encargada de redactar la histórica Constitución cubana de 1940.
A continuación, los eventos y discusiones clave de esa jornada:
- Llamado a la Puntualidad y Dedicación
Al inicio de la sesión, la delegada Alic la Hernández de la Barca pidió la palabra para abordar un problema persistente: la falta de quórum y los consiguientes retrasos en la redacción de la Carta Magna. Instó al Presidente de la Asamblea, el Dr. Ramón Grau San Martín, a ser menos indulgente y a aplicar estrictamente el reglamento a los delegados cuyas ausenc la s obstruían el avance de la Convención. Subrayó la enorme responsabilidad moral que tenían los constituyentes de terminar el documento a tiempo para el pueblo cubano.
- La Histórica Moción de Guáimaro
El debate más emotivo e históricamente significativo de la sesión giró en torno a una moción propuesta por Juan Cabrera (y apoyada por varios veteranos de la Guerra de Independenc la ).
- La Propuesta: Cabrera propuso que la nueva Constitución se firmara en el pueblo de Guáimaro (en la provinc la de Camagüey) como un homenaje a los constituyentes revolucionarios de 1869, quienes redactaron allí la primera Constitución de la «República en Armas».
- El Debate: El delegado Mario E. Dihigo señaló que el reglamento de la Convención prohibía al cuerpo asistir en pleno a recibir halagos u homenajes públicos. Sin embargo, los delegados Francisco Ichaso y César Casas argumentaron que el acto de firmar la Constitución podía hacerse en cualquier lugar, y que honrar a los revolucionarios de 1869 era un profundo deber patriótico.
- El Resultado: La moción fue aprobada por una abrumadora mayoría. Cabrera agradeció a sus compañeros y se ofreció a organizar un almuerzo «mambí» en Guáimaro para atender a todos los delegados.
- Discusión sobre Ciudadanía (Artículos 12 al 20)
Posteriormente, la sesión pasó a la redacción técnica del dictamen, enfocándose en los artículos que definían la ciudadanía y los derechos.
Nota: El texto presentado a continuación ha sido obtenido con métodos automatizados para reconocimiento óptico de caracteres, por lo que, pueden aparecer algunos errores en la transcripción del mismo.
CONVENCION CONSTITUTENTE
VOL. I – LA HABANA – NÚM. 25
SESION VIGESIMA QUINTA.
– 26 DE ABRIL DE 1940 (ORDINARIA)
Presidente:
Sr. Ramón Grau San Martín
Sr. Emilio Ochoa
Secretarios:
Hermana Emily Núñez Portuondo
Sr. Mario E. Dihigo Llanos
SUMARIO
A las cuatro y cincuenta p. m. la Presidenc la declara abierta la sesión. Lectura del acta de la se sión ordinar la de Abril 25 de los corrientes, la que fué aprobada en votación ordinar la y sin modificaciones. La señora Delegado Hernández de la Barca, hizo manifestaciones de carácter patriótico, rogando a los compañeros Delega dos, una puntual asistenc la a las sesiones, para poder terminar en tiempo la Constitución de la República. El señor Delegado Cabrera interesć se discutiese la Moción, para que la Carta Constitucional sea firmada en el Pueblo de Guái maro, en homenaje a la primera Asamblea Constituyente Cubana, celebrada en mil novecientos en ese histórico lugar y firmada alli. La Asamblea impartió su aprobación dando el señor Delegado Cabrera a todos las grac la s. En votación ordinar la fueron aprobados los incisos cuarto y quinto del artículo doce. En votación ordinar la fueron aprobados los artícu los trece y catorce del DictamenLectura del artículo quince del Dictamen y dada lectura a una enmienda supresiva del mismo, suscrita por el señor Delegado Fernández de Castro, fué puesta ésta a votación nominal a solicitud del señor Delegado Mujal, siendo rechazada por treinta y dos votos en contra y catorce a favor. Explicó su voto a favor el señor Delegado Mujal y en contra los señores Delegados Chibás, Za ydín, Capablanca y Hernández de la Barca. Lec tura del artículo diez y seis, el cual fué aprobado en votación ordinar la , así como una enmienda del señor Delegado Robau Lectura del artículo diez y siete y var la s enmiendas, las cuales unas fueron aprobadas y otras rechazadas. Lectura del artículo diez y ocho, asimismo del ar tículo diez y nueve del Dictamen, los que fueron aprobados en votación ordinar la . Lectura del artículo veinte, el cual sin debate fué aprobado. La Presidenc la , dando cumplimiento al acuer do prorrogando la sesión, levantó la misma, siendo las ocho y veinte y cinco p. m.
-página 2
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Se abre la sesión. (Eran las 4.50 p.m.)
Se va a dar lectura al acta de la sesión anterior.
(El Ofic la l de Actas lee).
Guás Inclán, Hernández de la Barca, Ichaso, J Laurent, López Negrón, Mañach, Marinelio, M quez Sterling, Mesa, Mujal, Núñez Mesa, Orizon Rey, Roca, Sánchez Mastrapa, Villoch, Ochoa, P y Grau, total treinta y seis señores Delegados,
n-
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Se abre la sesión. (Eran las 4.50 p.m.)
Se va a dar lectura al acta de la sesión anterior.
(El Ofic la l de Actas lee).
SECCION QUINTA ORDINAR LA
Presidente:
Ramón Grau San Martin.
Secretarios:
Carlos Prio Socarrás y Emilio Ocnos Ochon.
Delegados:
Bravo Acosta, Bra vo Correoso, Correoso, Cabre Cab ra Hernándes, Capablanca, Cordero, Cort.na, Coyuma, DeHundé, Dihigo, Duarte, Esteva, Fueyo, Galano, García Agüero, Garcín Rodríguez, George, Guán Inclán, Har nández de la Barca, Ichaso, Jay, Laurent, López Negrón, Maf la ch. Marinello. anach, Marinello, Márques Sterling, Mesa, Mujal, Núñez Mesa, Orizondo, Rey, Roca, Sánchez
Mastrapa y Vilioch. te El señor Cabrera Hernández solicitó fuese aiterada la Orden del Día, a fin de dis eutir inmed la tamente la mocuon que redae otros, disponiendo que la Constitución ción suserita por dicho señor esta Asamblea sea firmada en el pueb mblea sea firmada en el pueblo de Guái maro, como homenaje a los primeros Constituyentes de la República en armas.
yal A petición del señor Cortina se pasó lista, y al quedar terminada la misma el señor Mujal interesó su rectificación, oponiéndose a ello el señor Bravo Acosta, al declarar que dicha proposición no procedía una vez inic la da la sesión. El señor Cortina ex puso que había solicitado el pase de lista por esti reglamentario. mar que no debe celebrarse sesión, sin el quorum
Al consultar la Presidenc la a la Asamblea, si proeedía la rectificación del pase de lista interesado por el señor Mujal, el señor Bravo Acosta expuso expuso que q que era la Presidenc la a quien correspondía resolver la euestión planteada, declarando ésta sin lugar la cuestión formulada por el señor Mujal,
Respondieron al pase de lista anteriormente efectuado los señores: Bravo Acosta, Bravo Correoso, Cabrera Hernández, Capablanca, Cordero, Cortina, Coyula, Dellundé, Dihigo, Duarte, Esteva, Fueyo, Galano, García Agüero, García Rodriguez, George,
Guás Inclán, Hernández de la Barca, Ichaso, Jay, Laurent, López Negrón, Mañach, Marinelio, Már quez Sterling, Mesa, Mujal, Núñez Mesa, Orizondo, Rey, Roca, Sánchez Mastrapa, Villoch, Ochon, Prio y Gran, total treinta y seis señores Delegados, por lo que comprobada la inexistenc la del quorum, la Presidenc la levantó la sesión a las cinco y veinte minutos inutos p. m., levantándose dose la la presente presen acta que firma el Presidente y los dos Secretarios,
SIR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): ¿Se aprueba el acta
(Señales afirmativas).
Aprobada.
En el Capitolio Nacional, a los veinte y cinco días del mes de abril de mil novecientos cuarenta, se reunieron el Salón de Sesiones de la Cámara de Representantes, Jos señores Delegados a la Convención Constituyente que al margen se expresan, para celebrar sesión ordina r la , bajo la Presidenc la del señor Kamón Grau San Mar tin y actuando de Secretarios los señores Carlos Prío Socarrás y Emilio Ochon Ochoa, estos dos últimos señores por sustitución reglamentar la .
dente: Pido la palabra para una cuestión prev la . SBA, HERNÁNDEZ DE LA BARCA (ALIC LA ): Sr. PresiSH. CABRERA (JUAN): Sr. Presidente: Pido la pa labra.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la pa labra la señora Alic la Hernández de la Barca.
SRA. HERNÁNDEZ DE LA BARCA (ALIC LA ): Sr. Presidente y Sres. Delegados: He pedido la palabra para una cuestión prev la , porque ereo necesario expo ner ante la Asamblea algunos conceptos que pesan enormemente sobre sobre mi mi concienc la , concienc la , como eonsidero que han de pesar sobre la concienc la de los demás señores Delegados. No quiero en mode alguno, y quiero que esto quede de una manera bien precisa y bien clars, que mis palabras parezcan de censura, de condenación, ni de violenc la . En modo alguno. Si en el trans rso de ellas pueden tener tener este matiz, yo pido ex eusas a les compañeros.
A las cinco p. m. la Presidenc la decaro aberta la se ston, as lectura a las actas de la sesion ordinar la ae seena quince de Marzo, a la excraorumara inic la da el vente y dos del corriente y continuaua jos das vense y tres y veinte y cuatro de los corrientes, las que ruuron aprobadas en vocación ordi nara y sin moditicaciones.
Serán solamente palabras de una reconvención amable, pero enérgicas.
Aquí, Sr. Presidente y Sres. Delegados, desde que nos reunimos, estamos diciendo que tenemos muy po trabajamos poen, hablamos poco, y a co tiempo, que hablamos mucho y A A los los Delegados Delegados que en realidad hablamo los que no hablamos nada, no por falta de deseos, ni de acuerdo, y es justo que se reconozca que no pue no en obsequio, precisamente, del tiempo, no estamos den estar de acuerdo con ello, que se les achaquen faltas, no solamente a los que no las cometen, sino a los que combaten precisamente el hecho de que a bable en demasía.
Cuando nos ponemos a hacer esos discursos ursos lamen lamentablemente largos, y en muchos lemente largos, y muchos casos, con excepcio nes, desde luego, por las mismas personas que se que jan de lo poco del tiempo y de lo que se hable, los demás escuchamos en silencio y pensamos que si lleváramos a la práctica lo que critican, estar la mos mucho mejor.
Además, Sr. Presidente y Sres, Delegados, a pesar de que yo voy a aparecer un poco sentimental y us poco novel en estos asuntos, yo quiero exponer mis escrúpulos, yo me siento sumamente responsable, es toy sumamente inquieta con la tarea de terminar con In Constitución, y quiero que de manera precisa nos rounamos en una Sesión para ello, para acordar y para recordar a muchos señores Delegados, que parecen haberlo olvidado, que pesa sobre nosotros aún In responsabilidad de terminar la Carta Magna.
-página 3
Hemos tenido aquí el hecho desafortunado, por cierto, de que no se haya podido celebrar sesión, y en muchos casos, de caer éstas, por falta de asisten c la . Es necesario recordar a esos señores Delegados que no hay motivos, por atendibles que sean, de orden personal, que justifiquen la ausenc la del Hemi ciclo, que precisamente estamos aquí para cumplic con nuestro deber; que todos los señores Delegados tenemos intereses politicos, y aún otros más elevados. como en mi caso espec la l, que tengo que atender a un hijo pequeño fuera fuera de aquí, y sin embargo esta mos siempre presentes.
De manera que nombre de los que aqui venimos a laborar, en nombre de los que tenemos verdadera mente intereses, aunque no lo repetimos a d la rio, en que se termine la Constitución yo ruego al señor Pro sidente, de la manera más cariñosa, de la manera más respetuosa, que acorte un poco su benevolenc la , y aplique en todos los casos, sin excepción, el Regla mento a los señores Delegados y que ni es preciso nos reúnamos en una sesión espec la l, si se quiere secreta o no, para acordar las sanciones pertinentes a los Delegados que están obstruccionando uno y otro día las labores de la Convención Constituyente.
Yo pido perdón por la rudeza de mis palabras, реquiero que se sepa que lo hago, no para hacer un discurso más, ni para min electores, ni para darie satisfacción al pueblo ión al pueblo, sino para dar un alerta. por que es necesario, Sr. Presidente, que trabajemos, no un rato, sino hasta altas horas de la noche, si queremos terminar,
Si he hecho alguna alusión personal, pido perdón, porque no quiero que se abra debate sobre mis pala bras.
SA. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la Presidenc la necesidad de anunc la r a la Asamblea, que los Sres. Delegados Casanova y Macco, se han excusado de asistir, por casos de enfermedad.
Tiene la palabra el señor Juan Cabrera.
SR. CARRERA (JUAN): Sr. Presidente y Sres. Con vencionales: Voy a hacer un ruego a mis queridos compañeros, porque la Moción de Guáimaro está el segundo lugar.
Como quiera que si vamos a tratar lo del Dicta men vamos a demorar mucho tiempo sin llegar tratar la Moción de Guáimaro, yo ruego a mis compa fñeros que acuerden alterar la Orden del Día, que se rá cuestión de med la hora más o menos. Espero del señor Presidente y de los Convencionales, ser com placido.
SA. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): ¿Está de acuerdo la Asamblea alterar la Orden del Día (Señales afirmativas).
Aprobado.
SR. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Con mi voto. contra, Sr. Presidente,
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Vamos a rectif car. Se ruega a los señores Delegados que es tén de acuerdo con alterar la Orden del Día, se sirvan ponerse de pie.
(La mayoría de los Sres. Delegados se pone de pie). Aprobado.
(El Ofic la l de Actas lee).
Habana, Marzo 28 de 1940.
Sr. Presidente de la Convención Constituyente.
Señor:
Ca Comisión de Gobierno interior de la Conven eión Constituyente, en sesión celebrada en esta fe cha, tomó el acuerdo de informar favorablemente la Moción suscrita por los señores Juan Cabrera y otros, en la que interes que interesa que la nueva leva Constitución de la República sen firmada en el pueblo de Guáima ro, euyo informe favorable a la misma se expresa por este medio a la Convención, a sus efectos,
Atentamente de usted,
Ramón Grau San Martin.
Presidente.
SA. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Se pone a discusión. (Silencio).
Se somete a votación.
Sa. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): ¿Qué es lo que se va o poner a votación, señor Presidente?
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): La Moción del señor Cabrera.
SR. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Espero que se lea la Moción.
SE. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se dar lectura a la Moción.
(Et Ofic la l de Actas lee).
A LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE
CONSIDERANDO: que nunca son bastantes los homenajes que se rindan a los conquistadores de pueblos y a los creadores de derechos;
CONSIDERANDO: que la histor la de Cuba está Illena de hechos extraordinarios, de civicas y ha roicas rebeld la s;
CONSIDERANDO: que los Constituyentes de Gui mato rindieron, en su hora, para glor la glor la de Amé rica y decoro del hombre, obra gigantesca, trascen dente y de proyecciones excepcionales;
CONSIDERANDO: que es una obligación moral de los pueblos, el rendir tributo a sus máqimas figu ras representativas:
CONSIERANDO: que los Veteranos de la Indepen denc la y otras instituciones se han dirigido a di versos constituyentes, invorando su patriotismo y cmpenetración con los altos intereses de la Pa tr la pidiéndoles que, de manera espec la l, se re enerde a aquellos varones esclarecidos y al lugar histórico en que Cuba escribiera uno de las pági nas neús hermosas de las redenciones humanas,
-página 4
Por estas consideraciones, el Delegado que suscribe somete a la consideración de sus compañeros la si guiente:
RESOLUCION:
La Nueva Constitución de la República será fir masla en el puebio de Guaimaro, como merecido homenaje a los Constituyentes de 1869 y al profund simbolismo que representan para las libertades hu manas, las labores que allí se rindieron.
El Gobierno Provinc la l de Camagüey, de acuerd con el Ayuntamiento de Gušimaro, organizará un acto solemne en que habrá de cumplirse el cuerd que precede, celebrándose el mismo en el Centro colar que lleva el nombre de Guaimaro, Es
Se ratifica el acuerdo de la Cámara de Represen tantes med la nte el cual figurarán, esculpidos en bronce, en su Salón de Sesiones, los nombres de los Constituyentes de Guáimaro,
En la Habana, a los diecinueve días del mes de Febrero de mil novecientos cuarenta.
(Fito.) John Cabrera Hernández. Álvarez. Dr. Caslos Márquez Sterling Rafuel Manuel Paca trabajo
rrado. Quintin George.
Sn. CABRERA (JUAN): Deseo que se lea una enmien. da mía con respecto a esa Moción y que se dé lectura también a un escrito presentado por el Consejo de Ve terance de Oriente, traído a esta Constituyente por el doctor Antonio Bravo Correoso,
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): De ese docu mento conoció In Comisión e informa en el dictamen que acaba de leerse. men
ER. CABRERA (JUAN): El eserite presentado por el Consejo de Veteranos eteranos de de Oriente lo lo ha entregado el se ñor Bravo Correoso antes de aver.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Se
dar lectura a los documentos,
(El Ofic la l de Actas leg).
El Delegado que suscribe adiciona su meeión rela tiva a firmar en Quáimaro la nueva Constitución, en ese histórico lurar al ser tomada esa población en la el sentido de que la bandera cubana que tremoló en campaña de 1895 a 1898 y que donó al Museo Nacio nal el Comandante entonces abanderado, Luis Rodol fo de Miranda, que se pida prestada para izarla en Guaimaro el el día día que se firme la Constitución.
Salón de Sesiones de la Convención Constituyen te, Marzo 23 de 1940,
(Fdo) Juan Cabrera
(Et Ofic la l de Actas lee).
22 de Abril de 1940.
Dr. Ramón Grau San Martin,
Presidente.
Asamblea Constituyente.
Capitolio Nacional,
La Habana.
Distinguido compatriota:
Carmpliendo un acuerdo adoptado en la Asamblea General de Libertadores celebrada por este Consejo Territor la l de Veteranos de la Independenc la , en la tarde del veintiocho del mes de Marzo ppdo., nos es grato incluir a usted, cop la certificada del acuerdo adoptado, para que por ese cuerpo de su digna Presidenc la , sea aprobada la moción del constituyentis. ta Juan Cabrera, para que, la carta fundamental ble de Guaimaro, como una recordación historica unque actualmente se redacta, firmada en el pue la primera Constitución que tuvosta República en Armas, que fué firmada al ser tomado aquel pueblo por las las tropas enbanas, además, que al realizarse el acto de la firma, ondee en el mástil de aquel Ayun tamiento in bandera cubana que tremoló en la forta leza que allí existe cuando fué firmada la histórica carta Constitucional a que nos referimos.
A usted y demás miembros de ese cuerpo legal, no puede escapar la importanc la histórica del acto que pedimos, que sería broche de oro en la patrióti c ca labor que ustedes realizan al dotar al pueblo de Cu. ba de usa Carta Magna, acorde con todos los detalles one exigen las conquistas republicanas en nuestros treinta y ocho años de vida independiente.
No dudamos por un momento, que cubanos de lim p la histor la y de clara inteligenc la como los que inte eran ese cuerpo reestructurador, han de comprenider fácilmente la intención histórica que persegui mes, eidos y y por por ello no no dudamos dudamos tampoco tampoco de ser compla eidos, y de que usted ha de llevar la parte de acción en este caso, anticipándole por ello nuestras mejores erac la s, suscribiéndonos muy atentamente s.s, y ami cos
PATR LA Y LIBERTAD
(Pdo.) The. Coronel Juan López Martínez y Copitán Luis Mancebe Portuondo.
SO. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Se pone a discusión el informe de la Comisión de Gobierno respecto a la Moción del señor Cabrera.
St CABRERA (JUAN): Pido la palabra.
Su PRESMENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la
Jabra el señor Cabrera.
SR CABRERA (JUAN): Señor Presidente y señores Convencionales: Een Moción que acaba de leerse, sus. rita por el que tiene el honor de hacer uso de la pa Jabra y por varios Convencionales más, es una Moción patriótica y una Moción que viene a són que viene a conmemoByaware / 4184 lu memor la de aqu e aquellos compañeros nuestros que en el af año 1869 se reunieron en el histórico pueblo de Guáimaro para aprobar la primera Constitución qu tuvo la República de Cuba.
Por esca Constituyentes que tuvieron que hacer erandes jornadas a caballo por caminos montañosos exonestos a cada momento a encontrarse con el ene mito y exponiendo sus vidas, ¿qué menos puede ha por la Constituvente de 1940 que ir allí a ens lugar, donde eson enbanos supieron morir por defender a Cuba, para que nosotros hoy nos encontremos aquí
PAG
-página 5
reunidos en este lujoso Capitolio, no como ellos que estuvieron aentados en troncos troncos de madera un hio de guano donde no había ni taquigrafos, ni ma quinas de escribir, sino sosamente puegos de papei espanol en blanco y un mango de pluma de cinco centavosi Asi es que yo pido a mas compañeros, memor la de aquellos conciudadanos, compañeros nuestros, que aprueben la Moción, proponiendo que se tras la de la Constituyente a Guaimaro a firmar mar la Constitución del año 1940,
La prensa de nuestro pais, que es el vocero de la opinión publica, ha comentado favorablemente m la Moción, por entender que es patriótica y por enten der que el pueblo de Cuba esta al lado de la misina.
Si esta Asamblea Constituyente, desde el momento en que tomamos posesión, ha proclamado au patrio tismo, qué menos podemos hacer que cumplir deber patriótico.
Para que se se den cuenta de los sacrificios que nici mos los Veteranos en la Guerra del 95, es necesar necesario que aqui se vea que donde hay to Delegados ain Asamosea Constituyente, habemos nada más que em veterancs: el Coronel Orestes F’errara, que jamento que no esté aqui, porque me hab la hecho el otreci miento de suscribir la Mución, el Cor. Manuel uites, el C Comandante Coyula ula y el Capitán Aurelio Alvarez y el que tiene el honor de hacer uso de la palatra.
Yo creo que dentro de 25 30 años, quizás no quede un veterano superviviente en la kepúbica, porque a menudo se ve, cómo se están acabando los veteranos, y es necesario que la juventud de hoy no olvide tos sacrificios que pasamos los veteranos para que nos encontremos aquí en este lujoso capitolio day cutiendo la Constitución del año 1940, con un Cuerpo de Taquigratos, con un Cuerpo de Secretarios de Despacho, con un Cuerpo de Ujieres y con todo e tujo que el caso requiere, lo que no tuvieron los Cons tituyentes de 1869,
95. Yo voy a hacer algo de histor la de la Guerra del
Cuando el General Weyler, allá en las Villas, con centrs ciento y pico mil soldados creyendo que iba a aplastar la revolución, alli nos encontrábamos úl. timamente sin comida, casi sin ropa, sin nada abs lutamente, porque raro era el día que no ten la mos que enfrentarnos con el enemigo, hasta que vinieron las expediciones de Palo Alto y Juan Hernández. Esas ex expediciones les trajeron a los cubanos todo o que los cubanos necesitábamos para la guerra. Yo tengo la seguridad de que si los cubanos desde enzenzo de la guerra hubiéramos tenido en las ex peliciones hombres como el Comandante Miranda, hubiéramos ganado desde antes la guerra.
to Asi es que es necesario que nosotros, como un solo hombre, aquí, esta tarde, aprobemos la Moción de Quáimaro, porque con ello vamos a hacer tanto como no los los Constituyente de 1869, y los los veteranos to dos, absolutamente todos, han de ver con gran gusto que allí se vaya también a firmar la Constituen ción de 1940, en el histórico pueblo de Guáimaro; histórico, porque allí se firmó la primera Constitu
boca
sión; histórico, porque allí peleara el General Mebojocal que tomó parte en la toma del Fuerte del Padre adre Gonfau, Gonfau, el el Coma Comandante Coyula la que peleń alii ambién, y el Comandante Luis Rodolfo Miran da, SubSecretario de Estado en la actualidad, homet pre valiente, hombre que en aquelios d la s que había ambido un fuego en la provinc la de Oriente y que respecto de él dijo el General Calixto García: «Todo hombre tiene un Dios que lo potege», y del Ca pitán porque entonces era Capitán Luis Luis Rololfo Miranda, dijo él que tenía un Dios, porque era uno de los hombres más valientes, que no le cenía miedo al enemigo. Esas fueron las palabras lel General Calixto Garc la .
Y alli, el histórico pueblo de Guaimaro, luego se firmó la Constitución de 1869.
Aqui tenemos nos algunos hijos de de ve veteranos, tenemos al Dr. Rafael Guás, hijo del General Guás; te zemos al Dr. Núñez Portuondo, hijo del General ¿milio Núñez Portuondo, el único General que tefa la misión más comprometida de la guerra, que ra traer las expediciones a Cuba; tenemos a Ma 10 io Robau, hijo del General José Luis Robau, uno le los hombres más valientes que hubo en la Gue rra de Independenc la . Tenemos a Ramón Coro bena, hijo de Mar la no Corona, Comandante de la Re volución, una de las figuras más preclaras de la Guerra de Independenc la , y Director del Cubano Libre, el único periódico que teníamos los cubanos en la revolución.
Voy a terminar, porque tengo la seguridad de que stros oradores harán uso de la palabra, con más autoridad que yo; porque estud la ndo mi carrera estalló la guerra, y a los dieciseis años parti para el la abandonando mis estudios,
Y para finalizar, señores Delegados, voy a decir aquellas palabras del General Ignacio Agramonte cuando le comunicaron que el General Julio Sanguily había caído prisionero. El General Agramonte inmed la tamente mandó a formar sus fuerzas, las arengó y les dijo: «El que se sienta cubano y con valor, que me siga». Y así fué rescatado el General Sanguily de manos de los españoles,
Yo digo aquí, en estos momento, queridos compañeros Convencionales, que todos los que nos sin tamcs cubanos en estos momentos, puestos de pie, y por unanimidad, votemos Moción de Guaimaro, así como la enmienda presentada por mi.
SL. DIHIGO ( MARIO E.): Pido la palabra. SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la palabra el señor Dihigo.
SE. DIHIGO (MARIO E.): Señor Presidente y señores Delegades: Aún cuando comience por presar mis simpatías y mis respetos a las razones que informan esta Moción, yo voy a recordarle los los señores señores Delegados Deleg elegados que que el el Artículo 131 de nuestro Reglamento dice: «La Convención no asistirá en pleno a ningún acto».
Esto representaría ir a Guaimaro pero yo he firmar la Constitución; pe he leído que en esta misma Moción se habla de actos que se van organizar el propio Municipio de Guaimaro, y yo creo que esta parte de halago que se prepara será completamente antireglamentar la .
-página 6
SR. CABRERA (JUAN): Me permite una inte rrupción? Si el querido compañero entiende que lo que yo he expuesto respecto al Gobernador debe ser, yo lo retiro inmed la tamente.
SR. DIUGO (MARIO E.) Yo tengo ningún inconveniente, al contrario, creo que todo eso es muy bello; pero yo quiero referirme a lo que preceptúa el Reglamento, que prohibe por completo darle ese acto un carácter público.
SR. ICHAPO (FRANCISCO): Pido la palabra.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Ichaso,
SR. ICHASO (FRANCISCO): Yo creo que, efecti vamente, artículo del reglamento refiere que la Convención no puede asistir en Cuerpo a re eibir ningún halago, ningún homenaje, nada que pueda condicionar su actuación; pero la Conven ción puede firmar la Constitución donde lo erea conveniente, y ésto ni nadie puede impedirselo.
Una vez firmada la Constitución, la Convención ha terminado sus labores y entonces puede recibir todos los agasajos que las an e las autoridades de Camagüey tengan la gentileza de tributarles, porque ya de he cho no existirá y sus delegados pasaremos convencionales.
Estimo, pues, que puede accederse al deseo que algunos señores Delegados tienen de que como un homenaje a los patriotas que firmaron la Constituyente de Guaimaro en el año 1869, se firme allí tam bién la del 1940.
SR. CASAS (CÉSAR): Pido la palabra.
SA. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Casas,
SB. CASAS (CÉSAR): Señor Presidente y señores Delegados: A parte de las razones expuestas,
voy a abundar en los razonamientos del señor Ichaso.
No debemos ir a Guáimaro a reverenc la rios, por el sólo hecho de que pasaron hambre y montaron a caballo. Vamos a reverenc la r Guaimaro porque fué alii el primer paso revolucionario que se dió en Cuba, porque esos compatriotas, aquellos libertadores que hicieron la Constitución de de Guaimaro dieron un mentis rotundo a lo que se decía que era la Constitución aquella época.
Por eso, señor señor P Presidente y señores Delegados, que, conociendo todos como conocemos el fundamento revolucionario de la Constitución de Guaimaro, basada principalmente en los principios libertarios de la Revolución Francesa, pido que todos vayamos allí para reverenc la r aquel gesto heroico, que nos otros no olvidamos de nuestros patriotas, de dar a Cuba una Constitución que fué la primera, y demostrando que el movimiento revolucionario era un mo vimiento puramente ideológico.
SE. PRÍO SOCARRÁS (CARLOS): Señor Presidente: ¿Cuál fué el Dictamen de la Comisión de Gobierno! SE. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Favorable.
Se pone a votación la Moción del señor Cabrera. Lca señores Delegados que estén conformes, se servirán ponerse de pie,
(La mayoría de los señores Convencionales se po en pie).
Aprobada la Moción.
SH. CABRERA (JUAN): Pido la palabra.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Cabrera.
Sa, CABRERA (JUAN): Sr. Presidente y señores Delegados: He pedido la palabra para darle las grac la s a los querides compañeros añeros que que tan tan generosos han sido votando la Moción y la enmienda para que se vaya a firmar la Constitución el histórico pueblo de Guaimaro.
Yo desde este momento, ofrezco a los queridos compañeres, un almuerzo mambi en el histórico pue. atenderlos a todos como Uds. de Guaimaro, para ser un esclavo de Uds., para mereeen.
SH. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Se pone a votación la enmienda del señor Alvarez al inciso cuarto del artículo doce del Dictamen.
Los señores Delegados que estén conformes se virán ponerse de pie).
(La mayoría de los señores Delegados permanecen sentados).
Rechazada,
Se va a dar lectura al inciso cuarto del artículo doce del Dietamen.
(Et Ofic la l de Actas lo lee).
SR. PRESIDENTE (GBAU SAN MARTÍN): Se va a dar lectura a otra enmienda.
(El Ofic la l de Actas lee).
ENMIMENDA
AL ARTICULO 12.
4) A desempeñar funciones y cargos públicos, a base de idoneidad con las condiciones y limitaciones que establezcan la Constitución y la Ley.
(Fdo.) Aurelio Alvarez.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se pone a discusión.
(Silencio).
A votación, Se aprueba? Los señores Delegados que estén conforme se servirán ponerse de pie.
cen sentados). (La mayoría de los señores Delegados permane
Rechazada.
Se va a dar lectura a otra enmienda.
(El Ofic la l de Actas lee).
ENMIENDA.
6) A vivir dentro de las condiciones higiénicas sanitar la s sanitar la s que requiere la conservación de
(Fdo.) Aurelio Álvarez.
-página 7
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): A discusión.
(Silencio).
A votación. votación. Los señores Delegados que estén con formes se servirán ponerse de pie.
(La mayoría de los señores Delegados permanece sentada).
Rechazada.
Se va a dar lectura otra enmienda del señor Aurelio Alvarez,
(El Ofic la l de Actas lee).
ENMIENDA.
5) A la preferenc la en el trabajo, de acuerdo con su capacidad e idoneidad establezca la Constitución y la Ley.
(Fdo.) Aurelio Alvarez,
SA. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): A discusión.
(Silencio).
A votación. Les que estén conformes se servirán ponerse de pie.
(La mayoría de los señores Delegados permane ce sentada).
Kechazada,
Se va a dar lectura al artículo décimo tercero.
(El Ofic la l de Actas lee).
ARTICULO 13. La ciudadanía cubana. quiere por nacimiento o por naturalización.
SH. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se va dar lectura una enmienda del señor Alvarez (Et Ofic la l de Actas lee).
A LA CONVENCION CONSTITUYENTE.
Atendiendo el artículo 10 que inic la el Titulo Segundo del Dietamen de la Comisión Coordi nadora, relativo a la NACIONALIDAD, atribuye de beres a la Ciudadanía, sin definirla prev la mente, el Delegado que suscribe tiene el honor de proponer a la Asamblea que para un mejor y lógico ordena miento de la mater la , sea substituído dicho artículo 10 por el 13 del propio Dietamen, dejándolo redaetado en la siguiente forma:
«Articulo 13. La ciudadanía cubana se adquiere por nacimiento o por naturalización comportando deberes y derechos ejercicio será regulado por la Ley Orgánica de wies ornare to one so Ciudadanía
De ser aprobada la anterior enmienda y por iguales razones de un mejor ordenamiento de los pre ceptos comprendidos en el referido Título, propo nemos que el artículo 14 del precitado Dictamen paaer an artículo 11, o sea que deba ocupar su lu gar y con su prop la redacción, pasando el artículo 15 a ocupar el lugar del 12 del Dietamen de referenc la , con igual redacción.
Salón de Sesiones de la Convención Constituyente, la Habana a los diez y ocho días del mes de Abril de mil novecientos cuarenta.
(Fdo.) Aurelio A. Alvarez.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): A discusión.
(Silencio).
A votación. Los que estén conformes se servirán ponerse de pie.
(La mayoría de los señores Delegados permanece sentada ayo
Rechazada.
Se pone a votación el artículo trece.
Los señores Delegados que estén conformes. ser
virán ponerse de pie.
(La mayoría de los señores Delegados se pone de pie).
Aprobado.
Se va a dar lectura al artículo catorce.
SH. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Pido la palabra.
(El Ofic la l de Actas comienza la lectura).
SB. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la
palabra el señor Acosta
SR. BRAVO ACONTA (ANTONIO): Para rogar a la Presidenc la que se len el artículo en total para des pués discutirlo por incisos, a fin de que podamos darnos cuenta qué encierra; y de manera que si hay alguna enmienda, pueda ser producida a ad ciso que ya esté consignado en el Dietamen. al
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Así se hará
(Termina la lectura),
ARTICULO 14. Son cubanos por nacimiento:
1) todos los nacidos en el territorio de la Repú blica, con excepción de los hijos de extranjeros que encuentran al servicio de su go bierno,
2) Ics hijos nacidos territorio extranjero, padre o madre cubanos, por el el solo hecho de avecindarse aquéllos en Cuba.
3) los habiendo iendo nacido fuera fuera del territorio de la República de padre o madre natural de Cuba que hubiesen perdido esta naciona lidad, reclamen la ciudadanía cubana en la forma y con sujeción a las condiciones que señale la Ley.
4) los extranjeros que por año o más hubiesen prestado servicios en el Ejército Liber
tador permaneciendo en éste hasta la terminación de la Guerra de Independenc la , siempre que acrediten esta condición con documento fehaciente expedido por el Archivo Na cional.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Hay una enmienda al inciso primero, del del señor señor George,
(El Ofic la l de Actas la lee).
ENMIENDA AL ARTICULO 14.
-página 8
(inciso 10.).
Todos los nacides en el territorio de la Repúbli ca, con excepción de los hijos de extranjeros, cuando éstos últimos se encuentren al servicio de su go bierno en la fecha del nacimiento de aquéllos,
(Fdo.) Quintin George.
SE. GEORGE (QUINTÍN): Pido la palabra.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la
palabra el señor George. St. GEORGE (QINTIN): Señor Presidente y
se ñores Delegados: Para explicar la enimienda, más que para defender’a. La enmienda, a juicio del qu habla, concreta la idea de la Comisión Coordinado que se quiso establecer la excepción únicamente de los hijos nacidos de extranjeros, que en el momen to de su nacimiento estuvieran al servicio de su Go bierno; dada la trascendenc la que la trascendenc la que tiene la artículo y que afecta fundamentalmente en el derecho co mún o sea en el derecho privado y público. Ha que rido el que habla, ecneretar la idea de la Comisión Coordinadora de manera que no se preste a confu sión y que pse siempre como la espada de Damocles in ciudadano cubano por nacimiento la posibili. cubano dad de que con poste posterioridad a su nacimiento, pue da perder la ciudadanía con perturbación de sus derechos y obligaciones como cubano nativo.
Sa. MARTÍNES SÁENZ (JOAQUÍN): Pido la palabra.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Martínez Sáenz.
SR. MARTÍNEZ SÁENZ (JOAQUÍN): Señor Presidento te y señores Delegados: Eatoy de acuerdo con el señor Gec creo que también lo la Asamblea. disere George en el punto de lo que él propone y panc la a su enmienda es Dictamen, que es como sigue: cuanto a lo que dice el
Esto está implicando que sea extranjero al servi cão de su Gobierno al momento de nacer el hijo sin necesidad de expresario más ampl la mente. Yo creo que es cuestión de redacción y creo que el precepto establecido como está aquí es el mismo contenido.
Pero si hay duda, creo que lo podemos dejar a la Comisión Coordinadora, poniéndolo la Comisión que lo redacte, de manera más más flexible sin sin necesidad necesi poner palabras superfluas. Como el señor Geor Geor ge, entiende que no es suficiente, quizá la Comisión pueda encontrar la forma v la ble.
Sa. GEORGE (QUINTIN): Pido la palabra.
GRAU SK. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Georg
SR. GEORGE (QUINTIN): Casi concreta la interrup ción al que ue habla habla del señor Martínez Sáenz en al propósito que se persigue. interrup en
Lo que he he querido querido al al presentar pres presentar la la enmienda enmienda es es de de jar sentada intención del legislador constitucional. Sabido que cuando no está completamente elaro un precepto y es objeto de controvers la entre partes ante los Tribunales de Justic la , se busca el origen de la prop la legislación en la discusión que se produce en el enerpo colegis la dor cuando se trata de una legislación ordinar la y si es constitucional el seno de la Convención Constituyente.
Con la explicación que da el señor Martínez Sáenz, de que el precepto quiere interpretar la idea en el sentido de que es ciudadano cubano con la excepsión sclamene de que en la oportunidad del naci miento al padre extranjero sirviera a su Gobierno, as suficiente para que llevada al D la rio de Sesiones sirva de inter interpretación a los tribunales en caso de controvers la ; a mayor abundamiento euando, como dice el señor Martínez Sáenz, ha de ser objeto de una
depuración en la Comisión de Estilo. Persiguiendo sólo la finalidad que he explicado y conforme con las explicaciones o aclaraciones del señor Martinez Sáenz retiro la enmienda.
SR, PASIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Retirada la enmienda.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Alvarez.
SR. ALVAREZ (AURELIO): Señor Presidente y se ñores Delegados: El Delegado señor George, asi como primeramente el Delegado señor Martinez Sáenz, han entendido que una Comisión de Estilo le dará mejor redacción al precepto discutido, y parePlec la la Asamblea conforme con esto. Delegado conforme con que habla, estima que cuando el Proyecto de Bases of articulo 114 del Reglamento no podrá tocar sus preceptos para darles estilo y que por ello lo que acuerde ahora es definitivo. Si esto es asi, vale la pena de que no pase inadvertidamente lo exриевhaya sido aprobado, la Comisión a que se refiere por el Delegado señor George, ai responde a un criterio de la Asamblea.
Plantear la , como cuestión prev la , porque las Comisiones de Estilo no se sabe a dónde van a parar, que el resultado de nuestros acuerdos es definitivo atendiendo sobre todo a los seguidos por la Comisión Coordinadora contra los estudios de las Secciones y de esta Asamblea, desconociéndolos mu chas veces indebidamente.
Consecuentemente, debemos procurar que cada precepto quede definido y que lo así acordado y conste en acta, sea inmodificable,
en la sesión de antes de ayerdo S. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se va a dar lectura al acuerdo tomado por esta Asamblea
(El Ofic la l de Actas lee).
A LA CONVENCION CONSTITUYENTE.
MOCIÓN ANTERIOR
El Delegado firmante, a los efectos de reducir la extensión del articulado de la Constitución y de docoherente posible propone: cuantar al texto de la misma de la forma más ordenada
Que se faculte expresamente a la Comisión de Es tilo para:
1) Reunir en un solo articulo dos o más pre ceptos de aquellos sobre los cuales haya recaído en la Convención, enando existe entre ellos suficiente conexión lógica para justificar esa integración,
-página 9
2) Situar en el lugar adecuado del Articulado cualquier precepto que jucio de la Comisión de Estilo no res no resulte debidamente colocado en el dicta men que haya servido de base al acuerdo de la Convención.
e la Convención Constitu Salón de Sesiones de la yente, a 23 de abril de 1940.
(Fdo.) Jorge Mañack,
SR. ALVARES (AURELIO) Pido la palabra.
St. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Alvarez.
preceptos acor SE. ALVAREZ (AURELIO): Señor Presidente y se ñores Delegados: Efectivamente, la Moción acorda da no autoriza a la Comisión de Estilo para al terar el fondo fondo de ninguno de e los preceptos cor dados, sino para coordinarlos. Y de ahí mi confor midad con que se le hayan pasado determinadas en miendas que tuvieron por objeto dar debido orde namiento a las mater la s del Titulo que se está dis entiendo. Por ejemplo, si antes de crear el sujet ciudadano, se le atribuyen derechos y deberes, siendo así que por natural ordenamiento debió estable cerse primero la ciudadanía. Esto será objeto de el ordenamiento por la Comisión de Estilo.
Pero pienso que debemos facultar a la la Comisión misión para que modifique sólo el estilo, sin alterar nunea el fondo de una cuestión. Y puesto que la morión aprobada concuerda con este criterio, rogaría a la Presidenc la que la prop la Asamblea resolviera si efectivamente, ésta es la cuestión.
SR. GARCÍA AGUERO (SALVADOR): Pido la palabra.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la palabra el señor García Agüero.
SR. GARCÍA AGURBO (SALVADOR): Esta enestión de la Comisión de Estilo parece que merece acla rarse una vez más, porque ya hemos hablado de ella en tres o cuarto ocasiones y parere que no es tamos muy al cabo de enal es la función de la Co misión de Estilo, lo que debe ser y qué actitud ha de tomar la Asamblea con respecto a su trabajo.
Me parece que la Comisión de Estilo forzosamente ha de camb la r las palabras en alguna ocasión. No coneibo como se puede corregir el estilo con que se ha ya redactado una cosa cualquiera sin alterar alguna palabra que no cice precisamente lo que debe decir, la concordanc la o el régimen, o tal o cual cosa carácterística del estilo.
Sin embargo, yo comprendo muy bien la preo cupación del convencional señor Alvarez. El teme que esta rectificación de estilo puede condueir en. ина ocasión cualquiera, no digamos que por ma la fe, pero si ineluso por cualesquiera de las cir ennstanc la s características rísticas para que esto ocurra, pu diera conducir a la Comisión a alterar un tauto contenido esenc la l y exacto de lo que quise In Asamblea aprobar; y teme el compañero Alva rez que después, no pudiendo volver el texto de la Constitución una vez pasado por la Comisión de Estilo a la Asamblea a ser revisado por completo, caigamos en la adulteración de alguno de los pre ceptos establecidos,
Lo que hay que espesificar aqui es lo siguiente: en mi erierio habríamos convenido aquí, que la Comi sión deEstilo haría su trabajo, y entonces el dietamen revisado regresaría al pleno de la Asamblea para que esta viera precisamente si había respondido de un modo textual a su eriterio y propósito ropósito la la rectifi cación de estilo realizada.
S& COYULA (MIGUEL) Me permite una inte rrupción el señor Garein Agüero
SR. GARC LA AGUERO (SALVADOR): Con mucho gusto.
SR. COVULA (MIGUEL): No solo habíamos tratado eso en sesión, sino que reglamentario. Es la Convención la que tiene que manifestarse, en último nifestarse, en último término, de acuerdo con el trabajo de la Comisión de Estilo.
SR. GARCÍA AGUERO (SALVADOR) Creo que en tonces huelga la preocupación del señor Alvarez por cuanto la Asamblea tendrá la potestad de ver si la Comición de Estilo corresponde eriterio inic la l.
Lo que si tal vez pudiera plantearse, es la duda, de si dado el pequeño tiempo de que dispone y por ritmo con que el trabajo se realiza, va a haber tiempo de que el trabajo de la Comisión de Estilo tiempo la Asamblea, y tal vez podría plantearse a Comisión de Estilo lo que se está realizando en esta Asamblea. el problema el problema de si va a haber tiempo de que leque a
Sr. ALVAREZ (AURELIO): Dos palabras. Señor Presidente.
St. PRESENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Alvarez.
a SR. ALVAREZ (AURELIO): No habiendo asistido ‘a sesión en que se aprobó esta moción, ignornba pensamiento de la Asamblea; pero existiendo el propósito de traer nuevamente al seno de la misma lo que haya sido coordinado por la Comisión de Estilo, salvado este inconveniente, no tengo más ob’eción que hacer, aunque de todos medos me satisface haber aclarado este asunto.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): A discusión el inciso primero del del Art. Art. 14. (Silencio).
A votación. Se aprueba? (Señales afirmativas).
Aprobado,
(El Ofic la l de Actas lee el Inciso segundo).
SH. PRESIDENTS (GBAU SAN MARTÍN): A disensión SR. MARTÍNEZ SÁENZ (JOAQUÍN): Pido la palabra. bra para una aclaración.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Martinez Sáenz.
Sn. MARTÍNEZ SAENZ (JOsquis): Tengo entendi do que el dictamen dice «los nac’dos en el extran jero» y por un error de cop la se dice «los bio nacidos». Debe decir exclusivamente «los nacidos len el extranjero».
-página 10
PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se aprue
ha el inciso con esta aclaración
(Señales afirmativas).
Aprobado.
(El Ofic la l de Actas lee el Inciso tercero).
SE PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se pone
discusión.
(Silencio).
A votación. ¿Se apruebat
(Señales afirmativas),
Aprobado,
(El Ofic la l de Actas lee el Inciso cuarto).
ARTICULO 15. Son cubanos por naturalización: 1) los extranjeros que después de cinco añca de residenc la continua en el territorio de la Repúbii no menos de uno después de haber declarado su intención de adquirir la nacionalidad cabana, ob tengan la earta de ciudadanía con arreglo a la Ley, siempre que conozcan el idioma español.
2) los extranjeros que contraigan matrimonio cubanos, cuando tuvieren prole de esa o lle con cubanas, y las extranjeras que lo contraigan con varen dos años de residenc la continua en el país an tes o después de la celebración del matrimonio, y siempre que hicieren prev la renunc la de su nacio nalidad de origen.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): A disensión
(Silencio).
A votación ¿Se apruebat
(Señales afirmatives),
Aprobado.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Hay dos enmiendas al ler. Inciso. Se van a leer.
(El Ofic la l de Actas lee).
ARTICULO 15.
(con. 10.)
Suprimiendo: «siempre que ecnozcan el idioma español».
(Fdo.) Juan Marinello.
SR. MABUNELLO (JUAN): Pido la palabra para defender mi enmienda,
SR. PRÍO SOCARRÁS (CARLOS): En contra de esa enmienda.
SRA. SANCHES. MASTRAPA (ESPERANZA): Pido la palabra en pro.
SR. MASACH (JORGE): Para una cuestión de den,
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la palabra el señor Mañach para una una cuestión cuestión de de orden, orden. el
Sr. MAÑACH (JOnon): Para suplicar a la presidenc la mantenga rigurosamente un turno en pro y otro en contra. Lo sugiero ahora porque en oca sión anterior se concedieron distintos turnos,
SR. MARINELLO (JUAN): Yo le cedo mi turno
Sr. PARSIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): En contra, tiene la palabra el señor Prío Socarrás.
SR. PRÍO SOCARRÁS (CARLOS): Señor Presidente señores Delegados: En el Dictamen men original de la Sección no aparecía esto que es final del precep
to: «que conozca el idioma espafiol…», y que por insistenc la del Convencional que habla en definitiva fué incorporado. Me parece que es elemental que quien sea eiudadano de un pais, que es unitario, no pats, que es unitario, hable más que un idioma en toda su extensión. Sería efectivamente peregrino que quien fuera cubano no pudiera entenderse con sus compatriotas y que debe ser cuestión fundamental para sceptario en el seno de nuestra sociedad que pudiera expresarse en la misma lengua. Como es una cosa tan elemental, precisament mente no hicieron falta argumentos de otra naturaleza, y una simple explicación y algunos recuerdes de acontecimiento pasados, con motivo de un v la je al extranjero en que, llegando en el vapor Florida se indicó la necesidad a los eubanca de que fueran a la parte superior de la cubierta del barco, y a los extranjeros en el primer piso. Quién habla cubanos, pero viendo la catadura y el idioma de los venía en ese barco y acudió donde corresponde a los que se habían puesto en fila, para demostrar su ein dadanía, pensé que no había escuchado bien a quién hizo el anuncio y subí a sa cubierta. Para sorpresa mía en la cubierta no había más que que extranjeros, e informado, me dijeron: NO, es en el otro piso don de deben ir los cubanos. Y, en aquel piso, en contré que, efectivamente, eran ciudadanos cubanos una serie de individuos que no hablaban nues tro idioma. Entre elllos, un señor que por su ves timenta y a y por sus barbas lenguas, parecía u a un Pope que no sabía una palabra de español, y que ostenta ba un certificado que lo hacía ntauralizado de Cuba.
Recordando este incidente pensé que a la verdad sería un disparate, por nuestra parte, exigírsele a los cubanos o a quienes quieran hacerse, que hablen nuestro idioma, para evitar en el extranjero, los que allí lleven certificados de cubanos, no puedan exprosarse en nuestro idioma, tal como express en la Constitución. evitar que en el
Por todas estas razones votaré en contra de la Enmienda, y pido que hagan lo mismo los compa ñeros Convencionales.
SRA SÁNCHEZ MASTRAPA (ESPERANZA): Sr. Presidente: Pido la palabra.
SA. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra la señora Esperanza Sánchez Mastrapa.
SRA. SANCHEZ MASTRAPA (ESPERANZA): Señor Presidente y señores Delegados: Estimo que des pués que un individuo esté cinco años en un país, deseando hacerse ciudadano, por lo menos ha de preo cuparse en conocer el idioma. sa. Así Así es que yo que el caso que señala el compañero Prio Socarrás,
-página 11
una excepción, pero, además, hay esto: que si nos otros dejamos estas palabras finales en el inciso, so va a prestar al soborno, a las influenc la s políticas, para determinar cuando un individuo conoce el idio ma español y cuando no lo conoce.
pido a los compañeros sido a los aprobación de nuestra enmienda. Por Convencionales la
SE PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): A votación la Enmienda.
Los señores Delegados que estén conformes, se ser
virán manifestarlo. (Algunos señores Delegados levanton la mano).
Rechazada la Enmienda.
11
Se va a dar lectura a una Enmienda Adicional suserita por el señor Gustavo Moreno,
(El Ofic la l de Actas lee).
ARTICULO 15. (Inciso 10.)
Añadiendo: Sepan leer y escribir y conoztan los preceptos de la Constitución».
(Fdo.) Gustavo Moreno.
SU. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Se pone discusión.
(Silencio).
Se pone a votación.
Los que estén conformes se servirán levantar la mano
(Algunos señores Delegado, levantan la mano). Rechazada la Enmienda.
Se va a dar lectura al inciso lo del artículo.
(El Ofic la l de Actas lo lee).
SB. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se pone discusión.
( Silencio),
Se pone a votación.
Los que estén conformes mano, servirán levantar la
(La mayoría de los señores Delegados levanta la mano).
Aprobado.
Se va a dar lectura al inciso segundo.
(El Ofic la l de Actus lo lee).
SR, BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Señor Presidente: Pido la palabra.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la palabra el señor Bravo Acosta.
82. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Señor Presidente y Sres. Delegados: Para aclarar que el propósito de la Comisión es exigir, además del matrimonio de eubano con cubano, según el caso, al tener los hijos, que tengan también la residenc la , para que no haya is cuestión de que los que se casaran, nada más que por el hecho de tener dos años, puedan obtener la cindadanía enbana también. Por eso se pone lugar de la «o» la silaba… «y», lugar
SR. CORTINA (JOSÉ MANUEL): Señor Presidente: Pido la palabra.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se va a dar lectura al Voto Particular del señor Fernández de Castro,
(El Ofic la l de Actas lee).
VOTO PARTICULAR
El Delegado que suscribe, mconforme con el acuer do de la mayoría que aprobó el artículo catorce en la forma que aparece redactado en el Dictamen, y que cop la do literalmente dice:
ARTICULO 14Son cubanos por naturalización:
1) Los extranjeros que, después de cinco años de residenc la continua en el territorio de la Re pública y no menos de uno después de haber declarado su intención de adquirir la naciona lidad cubana, obtengan carta de artículo con arreglo a las leyes.
2) El extranjero que contraiga matrimonio con cubana, y la extranjera que lo cont contraiga con cubano, siempre que tuvieren prole o que lle varen dos años de residenc la continua en el país antes o después de la celebración del matrimonio, podrán optar por la nacionali dad cubana, prev la renunc la de su naciona lidad de origen.
Estima que ese artículo quedaría completo man teniendo el primer párrafo tal como ha sido apro bado, suprimiendo completamente el el segundo: segu por los motivos siguientes:
1. Por creerlo perjudic la l a los intereses nacion lea, ya que har la muy fácil a los extranjeros la adquisición de la ciudadanía cubana, faci litándole los medios para venir a desplazar a los nativos en sus trabajos, burlando la ae tual ley del 50 por ciento y cualquiera otra que se promulgara,
2. Porque de todos es sabido que a partir de la fecha en que se promulgó la ley del 50 por ciento se se han han naturalizado natural más de 100 mil ex tranjeros, muchos de los cuales llevaban en Cuba más de treinta años y no había adopts do nuestra eiudadan la porque realmente no amaban a Cuba: y sólo el deseo de conseguir trabajo o mantener el que poseían, los impul só a tomar tal resolución sin que nuestra pa tr la ganara nada ada ideológica ni ni prácticamente.
3. Porque dada la facilidad que en Cuba existe para tramitar juicios de divorcios y las cansales de los mismos, gran cantidad de ex. tranjeros no tendr la n inconveniente en casarse para después divorc la rse, con lo cual se per judicarían nuestras mujeres y al nativo en su derecho al trabajo..
-página 12
4. Porque aunque haya otros países que estable cen estos privilegios a favor de los extranjeros que se easan con nativas, también es cier to que sus leyes de restricción a la inmigra ción son tan fuertes y se cumplen tan fiel mente, que esos privilegios no hacen correre ningún riesgo a los nativos en sus derechos nitro) trabajo.
5. No me parece procedente ni lógico que haya dos elases de ciudadanos naturalizados; lo justo rería que todos entraran por la puerta estrecha que establece el primer párrafo d este artículo 14.
Escs son los principales motives que me obligan a emitir este voto particular y que serán ampl la des verbalmente en su oportunidad.
Salón de Sesiones de la Sección de Organización del Estado, Cindadanía y Extranjería, a los 11 día del mes de marzo del año mil novecientes cuarenta (Pdo.) José Fernández de Castro.
SIR. MARTIN SÁENZ (JOAQUÍN): Señor Presi dente: Pido la palabra.
St. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la palabra el señor Martinez Sáenz.
SR. MARTINEZ SÁENZ (JOAQUÍN): Yo recuerdo que euando disentimos el inciso, tuvimos que hacer una rectif.cación, que no creo que sea la que dice el señor Bravo Acosta. Nosctros no queríamos que los extranjeros se casaran para convertirse en cubanos y se incluyó, en el matrimonio, dos años anes o des n quería que fuera dos años des se casaran para pués. La Sección quería que pués de casados, de modo que in nacionales después de casades, y tener dos año convertirse en nationales, sino que se convirtiera no se fuera al matrimonio sólo para obtener la ciu de residenc la en Cuba, después de easados, qu dadan la
Así que lo que había que suprimir «antes» y entonces quedaría redactado el inciso asi:
Los Los extranjeros jeros que contraigan matrimonio eubanas y…» (lee).
Había que sustituir las palabras «antes» «o» que están en la quinta linea del párrafo segunde.
Entonces se hace necesario para expresar lo que quiere el Sr. Martínez Sáenz, camb la r por
SA. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se va dar lectura al Voto Particular del Sr. Fernández d Castro.
(El Ofic la l de Actas lo lee nuevamente),
SE FERNÁNDEZ DE CASTRO (José A.): Yo rogaría a la Presidenc la que crdenara al Sr. Secretario, que tuviese la bondad de leer los fundamentos. De esa ma nera esto se hace más rápido y más v la ble, maxim cuando ya el Sr. Martínez Senz está en cierta concor lanc la con mis ideas y el párrafo 20.
St. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se dará leetura nuevamente de los fundamentos del Voto Particular.
(El Ofic la l de Actas lee nuevamente los Fundamentos del Voto Paricular del Sr. Fernández de Ca
SR, PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): A disensión i Voto Particular.
SR. MUJAL (EUSERIO): Le parece correcto al Sr. Presidente y a la Asambles, que cuando la Mayoris osté en contra de un eriterio, se pida el turno en contra, para que la Minoría, que piensa favorable mente, no pueda hablar!
Porque, si eso se llegara a hacer, de esa manera obligar la a los compañeros que tienen un criterio mi noritario, a dividir su opinión, a pedir la palabra en contra een el objeto de poder exponer su criterio.
SE. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Pido la palabra en contra.
SR. MUJAL (EUSEBIO): Muchas grac la s,
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra en contra el Sr. Bravo Aecsta.
SR. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Sr. Presidente y Sres. Delegados: El propósito que ha tenido la Co
a este problema, no ha sido otro que impedir lo que misión, después de un estudio detenido con respecto ha ocurrido en Cuba durante estos últimos tiempos, on hemos visto exiladca de Cuba, pasar hambre en el extranjero, niños nacidos en nuestro territorio, y tranjeros, han tenido que emigrar. Y por eso, todo extranjero que se arraiga en el país, que se casa con enbana y tiene hijos cubanos, debe tener derecho a porcione todos los recursos v mes vivir aquí v a que la Patr la , que hace suya, le pro a madres cubanas, que por el hecho de casarse con ex. la subsistenc la de él y la de su compañera y la de los recursos y medios de vida, para los hijos que surjan de su unión.
St. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la malabra a favor el Sr. Fernández de Castro.
SE. FERNANDEZ DE CASTRO (José A.): Sr. Presi lente y Sres. Delezados: Para tratar scl sclamente sobre los pequeños detalles, ya que la lectura de los funda mentos del Voto Particular hace innecesar la la defena y explicación del mismo, por mi parte, sobre todo después de la rávida explicación que de esa parte del Dictamen ha hecho a la Convención el Doctor Bravo Acosta lebo nelar y que e me me obliga obliga también in a a ser ser bre breve, pero lebo aclarar que del párrafo segundo del artículo 15 desprenden muchas consecuenc la s, siendo para no. otros la más importante la siguiente: tal parece que párrafo quiere decir en si, en resumen, en sintéris, we todo extraniero que se case con una cubana, con wwa nativa, tan pronto tenga un hifo, se se convierte en ubano, si esa fuera su voluntad. Si esto fuera así. muy pronto veríamos, en cuanto se convirtiera várrafo en precepto constitucional funcionando aqui en la Habana, agenc la s matrimon la les con una tabli a o rótulo en la puerta que poco más o menos diría: «Agenc la Matrimon la l para Naturalizar Extranjeros que quieran trabajar en Cuba», con la agravante ou I después de aprobado el párrafo no se podría destruir
-página 13
modificar, porque ser la necesario que se volviera a convocar otra Convención Constituyente. Ya a mi me parece estar viendo las agenc la s matrimon la les que se constituirán, para los extranjeros que vienen a buscar trabajo en Cuba.
Hay otro extremo, y esto lo conoce perfectamente el doctor Bravo Acosta, así como todos los Notarios y Abogados que en estos momentos chando; ser la muy fácil naturalizar están escu extranjero en un periodo de tiempo tan sumamente corto que cuando se hiciera cubano, que recibiera su carta de naturasización no podr la decir con claridad, con pre cisión: «Cuba Libre».
e Voy a explicar la forma que con seguridad oourri ría en este sentido, la Agenc la Matrimon la l saca sertificado de inscripción de inscripción del Registro Civil Civil y de Estado y de solter la de la pupila y sos conserva, e extranjero recién llegado visita la agenc la y convienc con sa pupila el matrimonio, para que luego el Encar gado busque un certificado acreditativo de que la pupua se encuentra en inminente peligro de müerte entonces sólo se necesitar la los servicios de un Nota rio t’ublico, que tos casara articulo mortis» que el extranjero en Cuba goza del raro privilegio de poder acreditar su personasidad con la presenc la de dos testigos y una declaración jurada ante propi Notario que realiza el acto.
Si el extranjero tuviera la suerte de que la natura leza lo favoreciera, no necesitar la nueve meses paru tener prole, le bastaría con siete para que se con virtiera ese extranjero en verdadero cubano, y ese momento, con seguridad que no podría decir con certeza: «Cuba Libre».
Ahora, sin querer incurrir en el defecto de ser tenso, ya que el Dr. Bravo Acosta fué sumamente breve, me voy a limitar a los fundamentos leídos de mi propio Voto Particular.
Pero voy a terminar siendo demas la do sincero; pue de ser que sea hasta demas la do claro, puede ser qu resulte hasta poco rudo en mi expresión; pero cierto es que mi voto particular trata de resolver problema: en estos momentos en nuestro país tá librando una batalla silenciosa y ruda, que no quiere ver desde aquí, posibemente, pero que calle si se ve y se siente. Hay una lucha enorme en tre los extranjeros que contrclan clan las industr la s, comercio y la banca; el poder económico de Cuba que tratan de conservarlo manteniendo abierta un puerta que les permita ingresar a sus hijos y demás compatriotas de su país de origen en les comercio y empresas que ellos dominan, a fin de que ésas si gan eternamente en manos extranjeras y el y el cuban siga eliminado de toda participación en estas activi dades; así se explica que de cuarenta año de independenc la y de laborar inútilmente, para lizar estas conquistas indispensables, el cubano ha podido entrar ni entrará en el comercio de la Ha hana. Todo esto ocurre en en contra de otra corriente muy fuerte de los nativos y naturalizados que no par ticipan del poder económico y mucho mencs contro lan el ecmercio ni la banca, y sólo aspiran, en una lucha deseperada, a mantener el control del trabajo para seguir viviendo este país y verse obliga
dos a emigrar para Venezuela o Colomb la , como es tá ocurriendo, que por un muelle llegan sos extran jeros y por el otro se van los cubanos,
Y en ese sentido es que me deelaro partidario de Jos nativos y de los naturalizados que han convivido con nosotros. Por eso, cuando se discutió este arti culo en la Sección de Organización Nacional, Extran jería y Ciudadanía, Ciudadanía, me opase al segundo párrafo, ana ve zaprobado por unanimidad el primero, por que entendía que eso causaba un perjuicio de orden nacional, y además, porque en el orden juridico no say la concordanela ni la coordinación necesar la en re dos párrafos que forman un n un sólo articulo; ya que el primero ampara a los cubanos exigiendo seis años, el segundo ampara a los extranjeros concediéndo les siete o nueve meses para naturalizarse. el prime
Es todo lo que tenía que decir,
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Se scmoto votación el Voto Particular del señor Fernández le Castro. SR. MUJAL (EuskaIo): Votación nominal.
SR. MARINELLO (JUAN): Señor Presidente, pido la xalabra. Yo no pretendo consumir un turno ni a favor ni en contra, porque no puedo por el Reglamen o, pero…
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): ¿Para quố leseaba lapalabra el Sr. Marinello?
SU. MARINELLO (JUAN): Para decir que hay en la edacción del precepto algo en que sus propios autores no están de acuerdo, El hecho de que sy mantenga o no la partícula «o» le da al precepto us sentido u otro totalmente distintos. Mientras no s aclare, en realidad no sabemos lo que se está votan rise cuál fué exactado. Interesa, por ello, que se precise ment mente el criterio de la Sección Sección que trabajó en la ma ter la para que sepamos a qué atenernos.
Yo estimo, y fui miembro de la Sección que tu levo a su cargo la redacción del Dictamen, que de be mantenerse la particula «c», con lo cual se hace nás amplio el criterio de la Constitución en este puuto. Mantenida esta redacción, se adquiere la ciudada n la cubana al tener hijo con cubana el extranje ro (o la extranjera con cubano, y, además, por el transcurso de dos años anteriores o posteriores al matrimonio, cuando hay hijos.
SR. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Sr. Presidente: Pi de la palabra para una cuestión de orden…
El problema que planten el Sr. Marinello puede ser discutido después, porque estamos tratando exeludemos sivamente aclarar de la een enmienda demander que suprime; di después po cuando se discuta el ar tículo.
Que se ala SR. MUJAL (EUSEBIO): Sr. Presidente: Que se acela re textualmente que la enmienda del Sr. Fernánd de Castro para suprimir el segundo párrafo nada más.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Sres. Delegados Votación nominal por haberlo sulicitado un señor Delegado, Los Sres. Delegados que estén con
-página 14
formes con el Voto Particular, que suprime el inei so, votarán que sí; los contrarios, contrarios, que no.
(El Ofic la l de Actas efectúa la votación).
SE. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Falta algún Sr. Delegado por votarf
(Silencio)
Han votado 46 Sres Delegados: 32 que no y 14 que si.
Votaron en contra los señores: Acosta, Bravo Acos. ta, Busto, Cabrera, Capablanca, Cordero, Cortina, Cuervo, Chibás, Dellundé, Esteva, Fueyo, Galano, Garc la Agüero, Garc la Rodriguez, George, Grande, Inclán, Negrón, Mañach, Marinello, Martines Sáenz, Núñe de la Barca, Ichaso, Lépes Portuondo, Orizondo, Prieto, Robas, Roca, Sánchez Mastrapa, Vinet y Zaydin,
Vega, Votaron a favor de los señores: Álvares de la Benítez, Coyula, Dikigo, Fernández de Castro, Rent, Mesa, Moreno, Mujal, Núñez Mesa, Ochoa, Prie, Villoch y Grau.
Queda desechado el Voto Particular.
Tiene la palabra para explicar el Voto el Sr. Mu jal.
SR. MUJAL (EUSEBIO): Sr. Presidente y Sres. Delegados: He votado que sí, sencillamente porque es que la supresión del párrafo es es te segundo párrafo tiene una contradicción enorme con el primero, porque la de ampl la protección al nativo, mientras que la apro hación del segundo párrafo es una protección para el extranjero.
Creo, por lo tanto, que en nuestro interés y deseo de proteger a la enbanidad y de proteger ni nativo con el amplio ampare para los extranjeros que va lo, no es más que una agresión al sentimiento de cu ntimiento de cu banidad que debe haber en esta Asamblea Constitu yente.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la palabra, para explicar su voto, voto, el Sr. Chibaa
SU. CHIBÁS (EDUARDO): He votado que no, porque todo aquello que represnte una defensa de la cuba nidad me tendrá siempre de su parte, y yo entiendo que al defender a la majer cubana y al niño cubano se está defendiendo también la cubanidad.
La mujer y el niño cubano son lo mismo que noso tros los hombres, una parte de esa cubanidad, y en este párrafo segundo se está defendiendo a la cuba nidad al defender a la mujer cubana, que es el 50% de la cubanidad.
Solamente una razón se alegó aquí que tuviera al guna consistenc la , y esa razón en el peligro que entra faba el hecho de que se establecieran agenc la s ma trimon la les para naturalinar a les los que llegaban nuestra tierra, inmed la tamente, facilitándole un ma trimonio con eubana.
Sin embargo yo quiero aclarar que el argumente es falso, y es falso porque al casarse el extranjero con la cubana, no se hace automáticamente ciudada
no cubano, sino solamente se puede hacer dos años después de ese matrimonio, y no ereo que nadie es té dispuesto a casarse simplemente para hacerse bano dos años más tarde.
Este es un argumento; el único que se esgrimió, que pudiera ser impresionable. Pero si leemos buen texto, nos damos cuenta de que no tiene ninguna validez. Por lo tanto, voto en contra de la supresión de este párrafo, en el cual se está defendiendo, no i hombre que se casa con una cubana con una cubana para naciona izarse, porque eso no puede ocurrir de acuerdo con el inciso segundo, sino sencillamente a la cubana que e ha casado con un extranjero, y le facilita que ese cxtranjero, su esposo, pueda hacerlo dos años des pués, no inmed la tamente, lo cual impide el matrimo nio con objeto de nacionalizarse ciudadano cubano.
Es una defensa mitad de la cubanidad, que s la mujer cubana, y es una defensa al derecho cu ano, y si nosotros estamos obligados a defender a Lanos enuanos, yo me considero igualmente obligado defender esa otra mitad de la cubanidad que la cons tituyen las cubanas, y con mucho más motivo cuando se trata de eubanas cubanas con hijos nacidos en Cuba, Por eso he votado que no.
SK. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): LARTÍN): Tiene la palabra el señor Zaydin para explicar su voto,
SR. ZAYDIN (RAMÓN): Sr. Presidente y Sros. Con veneionales: Los Delegados del Partido «Acción Re publicana», hemos votado en contra de la supresión de este precepto, porque precisamente esta cuestión de eiudadanía entraña uno de los problemas de més trascendenc la para todo puebio de procedenc la americana.
Fuera ya un cubano ilustre, Licenc la do Franciseo de Paula Bravo, nacido en esa heroica y nobie región ya de Sant la go de Cuba, Cuba, quien al representar a la República en armas, aquella que surgiera de la Consti oyente de Guaimaro en 1878 en ei Congreso Pan Americano celebrado en Lima, planteara que Améri ca necesitaba construir en mater la de ciudadanía, un derecho internacional propio y nater la de nal propio un derecho constitu cional al propio. Y él decía o defend la su tesis con es tas palabras más o menos: Europa cuyos pueblos troigran le continente americano, ansiosos de encon netrar en él trabajo, la riqueza, en la fecundidad de sus tierras, trata por todos los medios de sujetar, de vincularles a la patr la , que no ha podido darles los recursos económico la les, poro vinculándolos a ella al través de la ciudadanía, porque so pretexto de protegerlos con su bandera, de protegerlos con su estatuto personal, va logrando mantener unidos, vin culados, a lo que se denomina la madre patr la al hi jo que salió de ella con el dolor de la traged la humo na del que no encuentra en la tierra de su nacimien
to, de sus antepasados, de su tradición y de sa lenroa, los recursos para subsistir y para vivir, y va 4 lla, a lejanas y desconocidas tierras, como único me dio o recurso de encontrar en ellas todo cuanto la vi da exige y demanda. Y cuando esta vida de trabajos y afanes en las tierras de América, y cuando han con quistado posiciones sobresalientes, entonens sigue sien do en la tierra de América el extranjero no asimila do med la nte la nacionalidad a la prop la América y
-página 15
sigue manteniendo a través de ese vínculo espiritual y juridico con in terra de nacimiento, un ligamen nen y y un vincuso que entrana en mucaos ocasiones una st tuación de ventaja y de priviregio, porque cuando in aer guera civil, o cuando los negocios o las explotaciones a que está dedicado en nuestra América, son atecta dos med la nte tegustaciones de avance o de progreso entonces acuerda de que extranjero, se acuer da de que tiene otra bandera y entonces acude a el la para su protección, y de el la entonces solesta in pro teja, porque entonces lo que ella desea es que el ni 20 que se tué en té en la moced mocedad para América, retorne to conquistado a su patr la de origen.
Y, América, dec la el Licenc la do Bravo, avo, lo to que que ne ne cesita es que es emigrante que llega a su suelo, y cuyo suero necesita para tomentar su riqueza, se asimile America, se orvide de la patr la de su origen, se sen americano, y su riqueza es de america, America quedan sus hijos, en América queda su piritu, queuan su corazon y cereuro, no que través de la jurisdicidad se vaya manteniendo unido, mido, sujeto, a la tierra de origen que no supo darie lo que la vida reclamada. Y entonces el deua, America deve procurar por todos los medios que el extranjerо nacionalice, se naturasice, venga a formar parte de la patr la comun, que se sientan como en la prop la tie rra, porque si en America reside trabajo y en es la eibe recursos economicos, si en ella tiene medios de obtener recursca por el producto de sus energ la s mo raies y mater la les, ese debe ser para fecundar la tie rra que hospitalar la mente hubo de abririe sus brazos. Y lo que trata precisamente el precepto, es de que ess extranjero que venga a Cuba, cuando se case en Cuba y tenga hijos cubanos, pueda y sea declarado ciu dadano cubano. Eso es para proteger, como dec la ei señor Chivás, a esa cubanidad que significa la mu jer y que significan los hijos, para que lo futuro no se sienta extranjero en la patr la de sus hijos y la de su compañero del hogar, sino que se sienta cubano, vinculado a Cuba, y no se sienta nunca el deseo de que la patr la de origen venga a protegerle y parario, porque no debe tener más bandera que la de la tierra que lo lo acogió, y donde tiene sus hijos, и соmрайета y su hogar. am
Vosotros sabéis que he sido ante toda mi histor la pública un defensor de las leyes de Nacionalización del Trabajo, pero que estimo y entiendo que en entiendo que en este concepto nosotros estamos nacionalizando (No so oye), porque como nacionalizamos al esposo y al padre esposo de madres cubanas, lo que estamos es nacionalizando a Cuba, y al mismo tiempo protegien do hasta la entraña de nuestra tierra, a aquellos que son producto y fruto de la misma.
Es por estas razones, ya que yo no quiero cansar la atención de la Asamblea, porque el tema es comple jo y está cargado de estimacicnes, dados los motivos de la explicación de un Voto, el por qué nosotros he mos votado en contra de la enmienda que suprime reservándonos os si si se pueden hacer ciertas modificu ciones de la forma en que está reda está redactado el el precepto para que comprenda en su alcance lo que he expresado en estas pocas palabras, SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el Sr. Capablanca.
SR. CAPABLANCA (RAMIRO): Sr. Presidente y Sres. Delegados: Hemos votado votado que no por las mismas razones que acaban de aducir los compañeros Chibás Zaydi, y además, porque no compurto la opiniča expresada aquí por el autor de la encicada de que las cubanas pueden casarse a través de una agenc la matrimon la l con el primer extranjero que arribe a los puertos de Cuba. los
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la palabra para explicar su Voto la Sra. Alic la Hernández.
SRA. HERNÁNDEZ (ALIC LA ): Sr. Presidente y Sres. Delegados: He votado que no, precisamente defendiendo al nativo, pero no solamente al hombre nati vo sino a la mujer eubana que muchas veces se en cuentra en su patr la postergada por el hecho de ha berse casado con con extranjeros. extranjeros. Además, porque no creo omo ya dijo el Sr. Capab la nca que la mujer en bana sea tan ligera y tan poco meral, ques con el primer extranjero que venga un barco se vaya casar,
St. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se va dar lectura al inciso 20.
(El Ofic la l de Actas lo les).
SR. PRESIDENTE (GBAU SAN MARTÍN): Se va a dar lectura a var la s enmiendas.
(El Ofic la l de Actas lee).
ENMIENDA AL PARRAFO 20. DEL ARTICULO 15
Los extranjeros que contraigan matrimonio y las extranjeras que lo contraigan con cubanca, cuando tuvieren prole de esa unión y llevaren dos años de residenc la continua en el país después de la celebra ción del matrimonio y siempre que hicieren prev la renunc la de su nacionalidad de origen.
(Fio.) Eusebio Mujal.
SK. PRESIDENTE (GRAU (GRAU SAN MARTIN): Se pone disc discusión la enmienda del del Sr. Mujal que más se aparta del incisa. a ane que
SR. QUÁS INCLÂN (RAPAEL): Pido la palabra contra.
SR. St. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la palabra contra el scarce Guás Inclán):
SR, GUAS INCLÂN (RAPAEL): Sr. Presidente y Sres Convencionales: Por la lectura de la enmienda del distinguido Convencional Sr. Mujal, a mi me ha pa recido comprender que difiere del texto del Dietamen, porque modifica, ya adicionando, ya camb la ndo, la disyuntiva por la copulativa. Es así señor Mujal
SR. MUJAI (EUSKRIO): Si señor.
SA, QUÁS INCLÂN (RAPAEL): Bien. Por eso, Sr. Presidente y Sres. Delegados, he solicitado la la palabra en contra, porque a juicio del que habla, el Sr. Mujal ha contemplado un aspecto del problema pe ro no ha visto, quizás, las consecuenc la s que produ ciría la redacción del precepto como él lo coneibe.
-página 16
Me parece que a él le preocupa que por el mero hecho de contraer matrimonio un extranjero y tener prote, ipsojure y además ipsofacto, pase a adquira la condición de ciudadano cubano.
El ha querido en este caso de la prole, como si fue ra poco, adiccionarie un término de residenc la . Y en este aspecto del problema su argumento pesa y pare ce darie in razón; pero invirtiendo los problemas, saremos de las dos condiciones, cond.ción sine qua non, serà indispensable en todo caso la concurren c la de ambas, y ya por ese camino el que viva a petuidad ea en Cuba, aba, cinco, diez, quince, veinte años, si no tiene prole, no adquirirá en ningún caso la ciu dadanía cubana. De manera que por este camino tablecemos una sanción a la esterilidad.
Por estas razones, Sr. Presidente y Sres. Delega dos, me opongo al empleo, en este caso, de la conjun ción copulativa.
SH. MUJAL (EUSEBIO): Pido la palabra.
Sr. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la
palabra el Sr. Mujal.
Ви. Миль (Kusto): Sr. Presidente y Sres. De. legados: Las últimas palabras del Delegado Sr. Guás, quedan contestadas con la lectura del primer párra fo. Para que él vea que un extranjero easado con cubana, y sin prole, que tenga cinco años de residen c la en el pals, podrá naturalizarse.
Su última razón queda totalmente desvirtuada enn la lectura del primer párrafo. 81. QUÁS INCLÁN (RAPAKL): ¿Me permite una in
terrupción
En ese caso no adquirirá la ciudadanía por razón del matrimonio ni por razón de la prole, sino simple mente por razón de la residenc la , y si le estamos estamos dan c do carácter al matrimonio, y si le estamos dando ea la prole, realmente, exigir invar la blemente la concurrenc la de las dos circunstanc la s, pudiera múltiples casos ser injusto. rá ter
SU. MUJAL (EUSEBIO): Vamos a explicar las razones para que quede redactada de esta manera in com.enda. En reniidad, la iden me la ha dado en primer lugar el Sr. Martinez Sáenz y el Sr. Chibás a pocteriori.
Por lo tanto aqui se exigen dos cosas. Lo que quiere, en realidad y en esto no queremos hacer de hacer de magog la electorera para nadie de los presentes, por lo cual estoy excusado de tal cuestión,
No quiere con esto dejar de proteger al extran jero que abandonó au tierra y vino a estas playas Loscar cariños mejores, porque quizás, los antepasa dos de todes nosotros estuvieran en en esa circunstan e la . No puede haber agresión por parte nuestra a las personas que caen dentro de esa expresión como su Voto Particu’ar manifestaba un Convencional,
Lo que se quiere, sencillamente, que las nueva emigraciones, que no son precisamente las que con templan ese caso, sino son circunstanc la les y lo qu quieren es estar de paso en Cuba para entrar en ku trar en los Estados Unidos de la manera que todos sabemos, jo
que se quiere, por le tanto, en la forma que queda redactada la enimienda, es que el extranjero que vaya a contraer matrimonio con cubana, tenga que tener dos años de residenc la después del matrimonio y tie ne que tener prole para que quede perfectamente comprendido en este segundo párrafo; porque ens primero como dije antes quedan comprendidos os demás casos,
S. GUAS INCLÂN (RAPARL): Una sclaración. Este requisito sine qua non de tener proie, cuando el dere cho lo ha establecido y lo establece durante sigios en la monarqu la y produjo tan dura y tan dotorosa ex ro que aqui se exija exija el tener prole. perienc la , y noveliz 1, y novelas de tan subido color, que no quie
Sa. MUJAL (EUSEBIO): Vamos a seguir en la pleación de esta cuestión, y vamca a alejarnos alejarnos del aspecto sentimenta, que ha sido muy lievado y muy traino en esta protección del nativo, ya que al no p der mover la fiora del razonamiento, se intenta mue la fibra del sentimentalismo.
Si lo que se quiere es buscar la unión espiritual y mater la l del extranjero con el nativo, y además, lo que se quiere es proteger al hijo, y recordemos cuan do hababan aqui algunos Sres, Delegados cuando combatieron la enmienda del compañero oriental Fernández de Castre, yo diría de una manera ruda; uizás de esa manera se contemplan dos cuestiones: una en el segundo párrafo que compiementa el pri mero y que este segundo párrafo complementa tam bién al extranjero o extranjera que quiere casarse y Liene prole en prole en el país y que además lleva dos años de residencis, porque el argumento que se ha querido esgrimir con anterioridad, y me parece que ha sido muy desafortunadamente traído respecto a la expre sión del compañero Fernández de Castro, en cuanto a las agenc la s matrimon la les, dichas de manera tal que si insulto para la mujer, no creo que tiene a menor intención sino que contempla el hecho, tris te en Cuba, de que muchos extranjeros llegan aqui y a los 30 días, por una serie de fraudes y por una cantidad crecida de dinero tienen cartas de artículo, mentras que, en cambio, a los extranjeros que llevan 15 e 20 años de residencin, se les pide una se rie de cuestiones legales que nacionalizarse porque viven en el interior. Precisa s que cumplir nunca pueden Fernández de mente es por eso que el compañero Castro hablaba de esta cuestión. quiero levantar en esto un apasionamiento, porque estamos comple tamente al margen de estas enesticnes; pero si quie o que en la Constituyente se contemp’en las cosas que en realidad pasan, que han pasado, que pasan y si no se les pone coto seguirán pasando, y es ne cesario que no vuelvan a pasar. Es perfectamente más completo, más concreto y más eabal que tal como está redactado este párrafo, que hasta los mismos autores no se han puesto de acuerdo en la forma en que que dará redactado,
S LA . PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): A votación. Los que estén conformes levantarán la mano, (La minoría de los señores Delegados así lo hace).
Rechazada.
Se va a dar lectura a otra enmienda. (Et Ofic la l de Actaa lee).
-página 17
ENMIENDA.
Suprimaa del incio 20. del articulo 15 las palabras: «y los extranjeros que los contraigan con cubanos».
Habana, Abril 26 de 1940,
(Fdo.) Rafael Guás Inclán.
17
SA, MARTÍNEZ SAKNE (Joaquís): Pido la palabra,
SR. GUAS (RAFAEL): Pido la palabra.
SR. PASSIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la pa labra el señor Martinez Sáenz.
SR. MARTÍNEZ SÁENZ (JOAQUÍN): En contra. El propósito que tuvo la Comisión Coordinadora de dar una sola ley al matrimonio que tuviera un eu bano, sea hombr mujer; si nosotros negamos a la extranjera el el derecho de adquirir la nacionali Lad, saivo es propósito del señor Guás Íncián, que sea culano, porque la Constitución del Uno le daba el carácter de cubano sólo por el matrimonio, la Comisión que redactó este trabajo entendió que deL la mos ec la r en matrimonio donde hubiesen cu banos hubieran dos leyes, dos leyes, la del extranjero por la parte del extranjero y la ley cubana por parte del nano, esto tiene una transcendenc la enorme, va ran de nasión a nación y conforme a esa ley de famil la podrán divorc la rse o no divorc la rse, podrán ranmitirse las herenc la s, podrán determinarse as aure onts, la tutela y una serie de derecños que existen en un matrimonio; dos leyes establecen un conflicto de ley. Ese conflicto de leyes fué resue to por la Comisión a favor del elemento cubano y por eso tiende a dar más facilidad al extranjero que casa con cubana para que adquiera la nacionali dad y ese mismo derecho a la extranjera que se casa cubano. Y debe ser la legislación cubana la rija
SE. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la paIzbra el señor Guis.
revedad que e SR. GUÁS (RAFAEL): Señor Presidente y seño SB. GUAS (RAFAEL) res Delegados: Con la brevedad que el caso el caso requie voy a explicar el alcance de mi enmienda. Se one ella no simplemente que la extranjera por propone requi mere hecho de contraer matrimonio con un no adquiera por efecto del matrimonio la nacionalidad cubana, sino darle la aptitud de optar libre mente por mente por la nacionalidad cubana. Realmente la tan interesante que si estuviéramos en los días dispendiosos en que podíamos usar nod la mos usar del po libremente, quizás nos entretendríamos en una larga disertación académica, pero como el tiempo apremin voy a ser, repito, muy breve. mater la
En esta mater la , durante siglos, estuvo o el precepto rigido de la unidad del matrimono, Este precepto rígido de la unidad del matrimonio enlazaba con el aspecto civil inferiorizado, que la imjer, desde el Derecho Romano hasta casi las puer de nuestro siglo, tenía Dis en en la la legislación: legislat islación; por tanto, busca de la unidad de la famil la se le daba al marido el derecho simplemente por el matrimonio, de arrastrar, como si fuera cosa accesor la , sin exrazón y sin alma, sin bandera v sin sentimiento, a la mujer, Contra esta injustic la , que entrañaba
una desigualdad de la de la mujer han tronado los civilistas y el eco de su estruendo ruendo llegó al al Congreso cubano y el precepto des viejo Código Civil españo fué modificado por una ley de nuestro Congreso dán dote a la mujer el derecic de conservar su ciudadanía a pesar de matrimonio; preo no es el principio de a unidad de la famil la un precepto enteramente des a unidad de la famil la un precepto ente deando cuando es rígido, cuando es férreo, cuando s obligatorio, cuando va contra el sentimiento y contra el corazón. El precepto, entonces, resulta sobrado e injusto; pero este otro precepto que es tablece a veces en el matrimonio dos legislaciones rigiendo y dos banderas dentro de él, no ha sido en el caden des Derecio Privado y del Derecho in ternacional, sino un semillero de problemas y de uestiones sin resu tado. Per tanto, establecemos principio de que la mujer si quiere conservar el matrimonio, no debemos ser tan duros y ser tan exagerados, que si una extranjera se casa con cu bano, le da al enbano to más que es el alma, le da el sentimiento y le da el corazón, no pueda también adquirir la crudadan la , erudadanía, la bandera, si una ma nifestación de voluntad. Es, a mi juicio, en este caso, una situación tan absolutamente distinta la del marido y la de la mujer, que vale la pena de
establecer el distingo eiertamente…. Sa. BRAVO ACΘΕΤΑ (ΑΝΤΟΝΙΟ) Me permite una interrupción?
S8. QUÁS (RAPARL): Con mucho gusto.
SE. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Bravo Acosta.
SR. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Guás que está este caso previsto cuando dice: la extranjera que no… (lee). No cree el señor el artículo 15, casa con cuba
Es una pregunta que hago al compañero Gués.
SR. GUÁS GUAS (RAPARL), (RAPAEL). S. S. 8. S. 1 me da la razón, y si me huviese dejado desarrollar mi pensamiento, me lo iba a oir decir; pero note que este precepto o entraña una antimon la con el que estamos anali zando, o carece, entonces, de verdadero sentido. Si un precepto de la Constitución hemos visto que tanto tanto el que casa con extranjero como la extranjera casa con extranje udquirir la nacionalida I asa con cubano, para adquir necesitará la prole e la residenc la , y en un pre repto posterior decimos que conserva su nacionali dad, si ne opta, pero esta opción está regulada por un precepto de la Constitución que exige invar la tiemblemente los dos años de residenc la . No es entones la simple manifestación de voluntad sino la concurrenc la también de un eza también de un tiempo determ nado, Para ser armónicos estos dos preceptos, para no tablecer esta antinom la justamente lo que haceans imperanes que rija solamente el presepto del Art. 18. De modo que si sustraemos de este inciso que estamos analizando a la extranjera que cava con eubano y lo remitimos al precepto del Art. 18 que le da el dere cho de adquirir la eindadanía por una simple ma nifestación de voluntad, entonces hemos resue’ts adecuadamente este problema.
SR. MARINELLO (JUAN): ¿Me permite una inte rrupción?
SR. GUAS (RAPARI.): Con mucho gusto.
-página 18
SR. MARINELLO (JUAN): Era para decir al Dr. Quás Inclas que la contradicción que él cree ad vertir no existe de modo alguno, porque el Art. 18 dice precisamente sus últimas frases: «la tranjera que se case con cubano y el extranjero que se case con cubana conservarán su nacionalidad de origen o adovirirán la cubana» ete. Es decir, pre cisamente el caso que estamos discutiendo, el caso del Art. 15. «prev la opción regulada por la Cous titución, la Ley o los tratados internacionales
ha referido el En este articulo, el 15, se establece una regula ción específica fica (una de esas a que as a que se ha referido el articulo 18) para que en atención a vitales intere ses cubancs, el extranjero, o la extranjera, pasen a ser cubanos: cuando hay prole cubana, cuando han pasado dos años; antes o después del casamiento con cubana..
Me parece que no hay contradicción sino coordi nación eficaz entre les artículos 15 y 18 del Proyecto que se está considerando.
SH. GUÁS INCLÁN (RAFAEL): Efectivamente es así, en la interpretación que le da a los el señor Marinello, que es también mi interceptas ción, no existe esa contradicción Pemi interpreta ala tesis que yo estoy sosteniendo ero para sea la lidad de que la extranjera que casa con cubano, si además del matrimonio tiene la voluntad de adqui rir la ciudadanía cubana, puede hacerlo sin la restriseión de este otro precepto que exige la prole o dos años de residenc la , dentro de esta tesis si habría una manifiesta contradicción dentro de am preceptos. ambos
ción la enmienda del señor Guás Inclán. SA. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): A vota
Se aprueba!
(Señales negativas).
Rechazada,
Se va a dar lectura a otra enmienda. (El Ofic la l de Actas lee). ENMIENDA
al inciso 20. del art. 15,
Se suprimen las palabras «antes o» en la quinta linea,
(Fdo.) Antonio Bravo Acosta; Joaquín Martines
firmar,
SE. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): A discusión esta enmienda.
St. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Para una aclaración, señor Presidente,
SE. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Bravo Acosta,
SR. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Solamente para decir que esa enmienda va encaminada a que se pueda obtener la eiudadanía dos años después de ca ando.
SB. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Se conce den los turnos reglamentarios.
Sr. CHIBÁS (EDUARDO): Yo creo que este asunto es de importanc la , debe explicarse,
SH. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Pido la palabra.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Bravo Acosta.
SR. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Quiero hacer cons tar prev la mente que esa enmienda ha sido redactada por mi a sugerenc la de mi distinguido compa ñero señor Martinez Sáenz, que hablando conmigo me decía la forma en que debía redactarse.
habara mi desde luego, es una gran satisfacción el Martinez Sáenz con su autorización. r realizac
SR. MARTÍNER SAENE NER SÁENZ (JOAQUÍN): Para mí es un bonor que lo haya hecho el señor Bravo Acosta.
SR. NÚÑEZ MESA (DELIO): Yo pido que se lea el incien tal con incise tal como va mienda, quedar redactado con la
Sn. SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se le dar lectura.
(El tal de Actas lee el inciso modificado por posibila enmienda).
SA. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): A discusión.
(Silencio),
A votación. Se aprueba?
(Señales afirmativas).
Aprobado e inciso con la modificación propuesta por el señor Bravo Acosta.
SR. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Yo pido que se haga constar que también del señor Martinez Sáenz.
así. SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Constará
Se va a dar lectura al Artículo 16.
(El Ofic la l de Actas lee).
ARTICULO 16. Las cartas de ciudadanía y los certificados de nacionalidad eubana estarán exentos de toda clase de tributación.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Hay don enmiendas a este Artículo que se van a leer.
(El Ofic la l de Actas lee). ENMIENDA AL ART. 16,
Quitar las palabras: «de toda clase».
Salón de Sesiones de la Convención Constituyente, a los 29 días del mes de Abril de 1940.
(Fdo.) Mario Rобам. (El Ofic la l de Actas lee). ARTICULO 16.
Artículo lculo 16. Las cartas de ciudadanía y los certifiendos de nacionalidad cubana estarán exentos de tributación onercsa, expidiéndose gratuitamente a los miembros del Ejército Libertador.
-página 19
(Fdo.) Aurelio A. Alvarez,
Sr. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): A discu sión la enmienda del señor Alvares por ser la que aparta más del precepto. SR. BRAVO AOSTA (ΑΝΤΟΝΙΟ): Para una aclaración. (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la pa
SA. PRESIDENTE (GRAU SAN labra el señor Bravo Acosta, SR. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Si están exentas
SE. BRAVO ACOSTA (ANTONIO) de tributación onerosa, creo que huelga que se haga in excepción de los veteranos, porque será asi para todos los ciudadanos. SR. ALVAREZ (AURELIO): Pido la palabra.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la pasatru el señor Alvarez,
SR. ALVAREZ (AURELIO): Exentas de tributación onerosa no quiere decir que no tributen en lo ab sosuto, sino que no onerosa la trib tributación. que se pida una excepción para los miembros del Ejército Livertador, con toda seguridad que no bra de causar asombro a la Asamblea. Estimo que si de modo general se paga una certificación cualquiera expedida por un Juzgado o una dependenc la cualquiera ofic la l, puesto que la administración pública es costosa, no deoen eximirse totaimente de tribute los documentos de que trata. tra. SR. MARINELLO (JUAN): Pido la palabra con SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Marinello. INELIO SH. MARINELLO (JUAN): Para expresar, simplemente, que en el caso en que se exija sija un una tributa ción para pasar ser cubano hablo del caso de naturalización por pequeña que esa tributación sea, aunque se estime «no onerosa», siempre signi fica una nueva condición que se impone al extranjero para ser cubano, una condición un poco vergonzante, en definitiva es una limitación injusta por que en la mayoría de los los casos el hombre pobre, el homore de trabajo, que es el que más nos importa cuando quiere ser cubano, cuando tiene famil la eubana, cuando está identificado con nuestros intereses, es precisamente el que no puede serlo por circunstanc la s de orden económico. SB. MUJAL (EUSEBIO) Me permite una interrupción? SA. MARINELLO (JUAN): Sí, señor. SR. MUJAL (EUSEBIO): Es para preguntarle al señor Marinello si al extranjero rico que se quie re nacionalizar, tenemos que pagarle para que nacionalice. paga SB. MARINELLO (JUAN): No creo que haya que pagar al extranjero rico, Creo, simplemente, que la contribución ción p por la naturalización es una condición más que debe prescribirse de una vez, lo que acabaría con las inmoralidades que en este campo desdi chadamente son presentes; ello afecta mucho más al pobre, al trabajador que al rico que muy pocas veces tiene interés en los países americanos, de for mar parte de la sociedad politica de estos paises. SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): A votación la enmienda. Se aprueba? (Señales negatives). Desechada. Se va a dar lectura nuevamente a la enmienda del Señor Robau (El Ofic la l de Actas la lee nuevamente). SE. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se pone a discusión la enmienda. Silencio). (Señales afirmativas). Aprobada.
Nota: La discusión a continuación corresponde al Articulo 17 del proyecto constitucional presentado a la Convención Constituyente; este artículo, paso a ser en la redacción final de la Constitución, el Articulo 15. También es bueno aclarar que el proyecto de Constitucion constaba de 313 artículos, y la Constitucion quedo redactada con 286 artículos; además, los Artículos 37 y 40 no formaban parte del proyecto constitucional y fueron propuestos directamente en las sesiones de la Constituyente. El proyecto constitucional completo puede consultarse en el D la rio de Sesiones No 20. La discusión del articulo y todos sus incisos termina en la pagina 30 de este di diario.
#PARLAMENTOC40 (Sesión 06/24/2024)
Debates de la Convención Constituyente de 1940. Vigésima Quinta Sesión, discusiones acerca del Artículo 15 de la Constitución de 1940.
Sr. Presidente (GRAU SAN MARTIN): Se
dar lectura al artículo 17.
(El Ofic la l de Actas lee).
ARTICULO 17. Penden la ciudadanía cubana:
1) los que adquieran una ciudadanía extranjera
2) los que, sin permiso del Senado, entren al servicio militar de las armas de otra nación, o al desempeño de funciones que lleven aparejada autoridad o jurisdicción prop la .
3) los cubanos por naturalización que residan tres años consecutivos en el país de su nacimiento, a no ser que expresen cada tres años ante la autoridad consular correspondiente su voluntad de conservar la ciudadanía cubana.
La pérdida de la ciudadanía por los moti vos consignados en les dos últimos incisos de este artículo, no se hará efectiva sino por sentenc la firme dictada en juicio contradictorio ante tribunal de justic la , según disponga la Ley.
4) La Ley podrá establecer por ciertos delitos y causas de indignidad la pérdida de la ciudadanía por naturalización med la nte sentenc la firme al efecto de los tribunales competentes.
Sr. MAÑACH (Jorge): Señor Presidente: Pido la palabra, para una aclaración.
SR. ÁLVAREZ (AURELIO): Para una cuestión previa, pido la palabra.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Aurelio Álvarez
SER. ÁLVAREZ (AUBELIO): Para rogar que se disputa y vote por incisos el precepto.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Así se hará.
Tiene la palabra el señor Mañach.
Sr. MAÑACH (JORGE): Señor Presidente y seño res Delegados: El párrafo final del artículo que
-página 20
aparece mareado con el número euatro, realidad, no es tal inciso. un párrafo final de la totali dad del artículo, y como tal párrafo debe consideürsele. Yo estoy seguro de que se trata de un mero erzor mimeográfico y no de un error de la Sec ción.
Sr. ALVAREZ (AURELIO): Ruego a la Presidenc la que no someta a discusión la enmienda, ns votación en su totalidad, sino por incisos, y pido la palabra en contra del inciso segundo del Dista men, para apoyar la enmienda.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se dar lectura a todas las enmiendas.
(Se lee una enmienda suscrita por el Convencio nal señor George).
Sa. MARTÍNEZ SAENG (JoaquÍN): Señor Presiden te: Pido la palabra.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la pa labra el señor Martinez Sáenz.
SR. MARTÍNES SARNZ (JOAQUÍN): Señor Presiden te y señores Delegados: El párrafo segundo del inciso tercero, hace referenc la a los incisos segund y tercero, sólo que aparese como incise cuarto, No es un verdadero inciso, sino que es un párrafo final para que la Ley establezen otras causales para la pérdida de la ciudadanía. Por error se e hizo h apare hizo apare и ов доло 20 д como euarto, pero un párrafo final.
Su. GRORGE (QUINTÍN): Entonces, si el señor Zay, din no me exige que lo redacte, voy a decir en que consiste mi Enmienda: En que suprima el nú mero cuatro inic la l del último párrafo de este ar tículo, y quede el inciso tercero compuesto de tres párrafos.
SR. PARSIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Se continuar la lectura de las Enmiendas,
(El Ofic la l de Actas lee).
A LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE
Los Delegados que suscriben, inconformes con el eriterio de la mayoría en cuanto a la forma en que quede redactado el artículo 17 del Dietamen de la pis Comisión Coordinadora proponen:
La supresión del párrafo 2o. del inciso 30. del referido articulo 17.
Salón de Sesiones de la Convención Constituyente, a los veintidós días del mes de abril de 1940.
(Fdo.) Juan Marinello; Romárico Cordero; Blas Коca: Esperanza Sánchez, César Vilar: Salvador Garc la Agüero,
A LA CONVENCION CONSTITUYENTE,
El Delegado que suscribe propone que en el inciso 2 del Artículo 17 se suprima la frase «de las armas».
Salón de Sesiones, abril 26 de 1940.
(Fdo.) Francisco Ichase,
(El Ofic la l de Actas lee).
ENMIENDA AL 20. PARRAFO DEL INCISO
30. DEL ARTICULO 17 DEL DICTAMEN.
La Ley podrá establecer por la comisión de los delitos y causas de indignidad que determine la pér dida de la crudadanía por naturalización, med la nte sentenc la firme al efecto, de los tribunales compe contes,
Abril 26 de 1940.
(Fdo. Ramón Zaydin.
ENMIENDA,
Hay un artículo alo que establece las condiciones de adquirir la nacionalidad enbana y otro de las que se puede de mismo modo al aclararse los derechos del eiudadano, como lo hacen en un articulo del Ditamea de la Comisión Coordinadora, debe esta blecerse otra unificando cuando se suspenden esc diguiente modo derechos o prerrogativas, que debe ser redactade de
Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos suspenden; Por falta de de cumplimiento, sin causa Justificada, de cualquiera de las obligaciones que impone el artículo 11. La Ley fijará los demás en ses en que se suspenden los citados derechos, así com on ins que se pierden, y la manera de tener 1. re’s bilitación.
Salón de Sesiones de la Constituyente a 24 de abril de 1940.
(Fdo.) Alic la Hernández de la Barca,
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): El inciso
tiene Enmiendas, primero
Se pone a discusión.
(Silencio).
Se pone a votación,
Los Delegados que esténi conformes ponerse de pie. servirán
(La mayor la de los señores Delegados se pone de
Aprobado.
Se va a dar lectura a una enmienda del seño Alvarez al inciso segundo,
(El Ofic la l de Actas lee).
ENMIENDA AL INCISO 20.
2) Los que entren al servicio de las armas o acepten honores o empleos de otra nación, sin la prev la autorización del Senado, (Modificado).
(Fdo.) Aurelio Alvarez.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se pone a discusión.
SR. ALVAREZ (AURELIO): Pido la palabra a favor.
SR. ZAYDEN (RAMÓN): Pido la palabra en contra.
–21
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN) Tiene la pa labra e, señor Ramón Zaydin, en contra de la en mienda.
SR. ZAYDIN (RAMÓN): Señor Presidente y res Delegados. El objeto principal que me guía hacer uso de la palabra es explicar el alcance de la redacción de este inciso y su dit diferenc la con la ene este inciso y su diferenc la con la en mienda que presenta nuestro distinguido compañero el señor Aurelio Alvarez.
Este inciso fué chjeto de un largo debate en la Comisión, porque se contemplaban muy diversas si tuaciones en que el Cubano por razón de exijo, s cansa de nuestro drama político, se ha visto en se ha visto en las cuando significamos que la pérdida de la cindadas nía estaba en entrar al servicio militar, en tomar las armas de otra natión, hicimos distinguir alli, en tre el eubano que llevando ideal de la libertad y d la democraz la suele acompañar en esa eruzada a otr pueblo que se debate en luchas sangrientas, y aquel diversas nuestro ctro cubano que se ined se incorpore al servicio militar de un Estado extranjero, porque durante todo nuestro proceso histórico nosotros hemos contemplado como la guerra de independenc la nuestra fueron muchos los extranjeros, y extranjeros que alcanzaron honoglor la s de héroes, los que se incorporaron la pa filas del Ejército Lábertador, para conquistar ayudarnos a conquistar la independenc la de la pa Y después, en la República, si nosotros hemos contemplado, como cubanos infiltrados por esa de voción por la libertad y por la democrac la de nues tra República, han salido nuestras playas, dejan do aquí su hogar y su tierra, exclusivamente para vir el ideal porque se luchaba rque se luchaba en tierra ba en tierra extraña, servir ervir el ideal por la solidarid en el vinculo espiritual y moral, y ereímos que la Constitución no deb la sancionar ain pérdida de la ciudadanía a aquellos hombres aquellos cubanos que havan peleado por la caus de la libertad en países extranjeros, como no hubić semos nosotros considerado que aquellos que vinie ron a pelear en los campos de nuestra epopeya libertadora, hubiesen de ser sancionados por sus res rectivos países con la pérdida de su prop la ciuda danía. Y en cuanto a la ctra expresión: ya nosotros da. hemos visto que se pierde la ciudadanía, cuando se desempeñan funciones que llevan aparejadas auto ridad o jurisdicción prop la . simplemente le in se refiere a empleo de otras naciones. No ha olvidado ella también que tanto durante nuestras ruerras de independenc la , como más c la , como más tarde a conse cuenc la de nuestras luchas políticas, el cubano, pesar de todos los derechos que la Constitución le parantiza, de que debe estar protegido en su pro nis therra, v one ne hama antoridad que nueda con minarlo a salir de ella, se ha visto precisado a la emigración. El exilio ha sido campo de cultivo ra la mavor parte de los enbanos, a través de di tintas y diversas etapas de nuestro proceso histórico esos cubanos, en tierra extraña, enando sus con diciones de aptitud toman un modesto empleo de cualquier gobierno extranjero, en las múltiples de pendenc la s del Estado, la Provinc la el Munici nio, nos parecía que sería altamente injusto esto pro hihirle por ese hecho a que lo han llevado preci samente las condiciones de nuestro país, privarle ciudadanía enbana. En cambio, es distinto dis
cuando ya el cubano ejerce en esos países funciones de autoridad, de jurisdicción, porque esos cargos no alcanzan por la simple cooperación de los países señortal de americanos, por el espiritu, de de confraternidad o li al bertad de nuestros países sino que ya para aleanzar esas altas funciones es preciso convivir con esas tierras, es preciso mezclarse en las lucha políticas de esos países, para poder llegar a obtener cargos de tanta preeminenc la . Y estas cues totes de sutileza juridies, pero que sor pero que son de conse cuenc la s reales y de experienc la s vividas y ojalá por suerte de la República, to nes viéramos com pelidos en un futuro a que fuesen reeditadas esas circunstanc la s, pero posiblemente lo sean asi, nos llevaron a nosotros a distinguir los casos de la pérdida de la ciudadanía, para para aquellos en que en traña un servicio al Estado extranjero, porque aqui ve naturaliza el sentimiento de la ideología de humanidad.
Yo quería explicar, a nombre de la Comsión, y or mi prop la determinación, a los señores Delegalos, estos aspectos, para que vean el por me pongo a la enmienda del señor Alvarez, pero más todavía, más que para oponerme, para que el señor Alvarez conozca que las razones razones y las fu fundamentos que nosotros tuvimos para aprec la r las causas de determinación de lenguaje, los casos en los cuales debiera perderse la ciudadanía cubana, no han si do en un sentido tan estricto como el que presenta la enmienda, en una esperanza de que, desde luego, habiendo conocido nuestro distinguido compañero las razones expuestas, pudiera quizás coincidir con la opinión que he manifestado.
Sn. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la pa labra el señor Alvarez.
SR. ALVAREZ (AURELIO): Sefior Presidente y se fores Delegados: Muy a mi pesar, mantendré la enmienda, oponiéndome segundo del Dictamen. la redacción del inciso
Of con la atención debida al Delegado señor Zay. din, y procuraré llevar al ánimo de los señores De egados, las razones que fundamento mi enmien
repte de la Constitución de 1901, que impedía a La enmienda se acerca la redacción del preos cubanos aceptar honores o empleos de gobiernos xtranjeros, sin autorización del Senado.
Estamos discutiendo, señor Presidente esidente y señores Delegados siquiera siquiera la frase pudiera estimar se banal, uno de los extremos más importantes le la Constitución, espec la lmente por el momento circunstanc la l que vive Cuba y que atraviesa la bu manidad.
Estimamos un error el poco cuidado con que vamos aprobando articulo tras articulo cuando se refiere a la ciudadanía.
Los señores Guás Inclán, Zaydin, Cortina y Ma vinello, miembros ilustres de la Comisión Coordina lora, con fácil palabra, acostumbrados a la cátedra. han podido abrumarnes con razonamientos dirigidos a justificar cada uno de los preceptos votados: sin asegurar que todas las enmiendas desechadas
–22
y muchísimo menos, las formuladas por el que en estos momentos hace uso de la palabra, debieron ser aceptadas, si debe expresar que por lo menos algunas de ellas no hubieran sido rechazados si no existiera la consigna de hacer cuasi intocable el Die tamen.
El que habla, estimando inadecuada la redacción del Titulo Primero, procuró introducirle enmien das de simple ordenamiento que fueron indebida mente desechadas.
Tengo la seguridad de que la Comisión Coordi nadora, tendrá que dar el ordenamiento a ese Titu lo, que ha propuesto el que habla en sus enmiendas
Se nos ha abrumado en la discusión de cada de estas enmiendas con razonamientos muchas ve ces más formulistas y literarios que de fondo, y como no tuvimos el honor ni la suerte de formar parte de la Comisión Coordinadora, ni hemos tenido el honor de alcanzar un título de Abogado, parece que stamos aquí en cierta condición Abogado, parece que para disentir y que nuestras ideas no merecen por ello la consideración, de la Asamblea.
sito de dejar constanc la en el D la rio de Sesiones de Ocupo la de la Asamblea, con propó rai dedicación al estudio de las cuestiones objeto de nuestra consideración.
No hablaré con la erudición de los distinguidos Convencionales que me he referido.
Tengo hábito de estudio, y puesto que soy políti co y he pasado largos años en el Congreso de la República, naturalmente que he debido itastrarme sobre stas cuestiones de política elemental.
El extremo de la ciudadanía ha sido celosamen te atendido por todos los pueblos y no pretende Romano con fórmulas rigidas, rigidas, drásticas, haciendo de los eiudadanos romancs una «elite» e cuyo pen samiento político pudiera seguirse en la época que vivimos.
Pero, incuestionablemente, que con sentido politi to inteligente, debemos procurar mantener eserta hegemonía nacional a través de la ciudadanía, no con firiéndola sino med la nte rígidas garant la s tenien do en cuenta sobre todo las circunstanc la s exeep cionales porque atraviesa el mundo.
Recordemos como ni siquiera a los griegos, más cultos que ellos, abrieron los romanos la posibilidad e ser ciudadanos de Roma, en la forma en nosotros estamos facilitando el uso de nuestra forma en que dadanía a todos los extranjeros del orbe.
Hicieron los romanos de los griegos, los precep tores de sus hijos, rodeándolos de grandes conside raciones; pero no les concedían su ciudadanía,
No pretendo remontar, re repito, a a la época a que brevemente me he referido, pero es, señor Presira dentes y señores Delegados, que está confrontande, visimas dificultades, en que parecen borradas las no Cuba, sino el mundo todo, un momento de gra deas de nacionalidad y de Patr la ; en que los pueblos deben cerrar, si, las fronteras de su ciudadanía, abriéndolas sólo muy euidadosamente, para la para la
defensa de todos los peligros que puedan venirle del exterior
El precepto, admirablemente explicado por el sefior Zaydin traduce el propósito, no quiero decir que ésta haya sido la mente los que lo redactaron, de facilitar la satisfacción de ciertas banal la nos fatuos, siempre a dades a los intelectuales enbanes fa caza de insigni insign la s y condecoraciones extranjeras.
El que habla sabe de perjuicios recibidos alguna vez por Cuba, porque un ministro o diplomático enhane dejó incumplidos sus deberes pendientes de recibir una cruz e condecoración ofrecida por tal o cual gobierno extranjero.
SM. MARINELLO (JUAN): Me permite el señor Alvarez una observación
SR. ALVAREZ (AURELIO): Con mucho gusto.
SU. MARINELLO (JUAN): Es cierto, señor Alva rex, que se incluirán en el precepto algunos casos desdichados, el de ese diplomático que ple con su deber para obtener una condocoración extranjera, pero el señor Alvarez sabe, exactamen ados políticos juntos en México, te como yo, tan bien como yo, porque fuimos exi México, que en en mil mil ocasiones el culano se ve en la necesidad de tener empleos, recibir honores, en tierra extraña, que no es ni perjuicio ni desdoro de la República, ni del eubano, sino, precisamente, recurso licito para el cubano digno y honor para la República misma.
Su. ALVAREZ (AURELIO): Llegaremos allá, Sr. Ma rinello.
Adelanté no inferir a los Convencionales que redactoron el precepto, la ofensa de tener esto en la mente; pero es lo cierto que la Constitución de 1901 prohib la aceptación de honores y condecoraciones de gobiernos extranjeros, sin prev la autorización del Senado… Esto lo transformó el dietamen, diciendo: Los que sin permiso del Senado… (Continúa leyendo).
Vamos a fijar algunos de los inconvenientes a que me referi, posibilitando que cubanos al servicio de Esados extranjeros, desde posiciones que no impli quen responsabilidad, puedan sin embargo utilizar los para trabajes de espiona contra, quizás, del interés continental americano, servicio de Estados extranjeros. lonaje, en contra de Cuba, en
Mucho me temo, Sr. Presidente y Sres. Delegados, que algunas organizaciones fascistas, Falange Española, por ejemplo, esté desarrollando actividades de tal naturaleza.
¿Qué hace esa institución fascista, integrada por numerosos cindadanos cubanos y que mantiene us credo contrario a las instituciones democráticas cionales
Y pensar que el presidente de esa institución figu nada menos que como candidato a Senador por uno de nuestros Partidos Politicos! ¿Es que esto no tico de nuestra República? dice nada dentro del régimen republicano demcerá
Si no dice nada, o si lo que se quiere es permitir que a través de la Ciudadanía otorgada sin ningún
-página 23
cuidado, se abra nuestro territorio a las actividades de la «Quinta Columna», que en España entregas la República, que en Checoeslovaqu la y en Polon la abre las puertas del invasor, y que en Cuba no sa bemos los males que habrá de acarrearnos, entonces entonces nada tenemos que chjetar; y no secrea que olvidamos a los extranjeros que aman a Cuba y que con nose tros conviven lealmente, al servicio de nuestra na cionalidad.
Con estos pensamientos descaría que se mantuvie ra literalmente el precepto de la Constitución de 1901. para que la de 1940 no autorice los cubanes aceptación de honores conferidos por gobiernos ex tranjeros, con posibles daños para nuestra nacicna lidad. El caso a que se referían los delegados Zay dín y Marinello, es distinto. Ningún exilado será pri vado nunca de la ciudadanía, si en circunstanc la s ex a intele cepcionalísimas se viere precisado a trabajar en honrando Cuba con sus admirables dotes intelec tuales, al igual que lo hicieran otros compatriota prominentes nuestros. Eso no podrá ofrecer nunes ningún inconveniente.
Por las razones expuestas ruego a la Asamblea que acepte la enmienda, que he dejado defendida.
He terminado.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): A votación la enmienda del señor Alvarez.
Los señores Convencionales que estén de acuerdo con la misma, tengan la bondad de manifestarlo.
(La mayoría de los señores Delegados hacen zeñales de desaprobación).
Rechazada.
Se va a dar lectura al inciso segundo del dietamen.
(El Ofic la l de Actas lee el Inciso segundo).
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): A discusión.
SR. ICHABO (PRANCISCO): Hay un error de carieter mater la l, que debió haberse cometido probable mente al imprimirse el dietamen. Dice «Al servicio militar de las armas», lo cual es una redundanc la .
SE BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Pido la palabra.
SE. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Bravo Aconta.
St. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Ya el doctor Zaydín explicaba la diferenc la que existía entre usar las armas en otra nación y el prestar estar servicio militar. Era una aclaración que había hecho perfectament el señor Zaydin, siendo dos cosas distintas la del en bano que va a cualquier país a servir con las armas en defensa de la independenc la contra la agresión d enalquier otra nación en un país extraño; al cuba militar de ese Gobierno y a jurar la no que va a ser militar de bandera de Gobierno.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): A discusión
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la palabra el señor Marinello,
SR. MARINELLO (JUAN): Para aclarar el aspecto, interesante sin duda, que se está debatiendo. El doeter Zaydin parece estimar que ja redacción del precepto, tal y como viene, distingue el caso en que us cubano toma las armas fuera de Cuba para defender la independenci entra ser miembro de las fuerzas militares de us país que puede luchar contra otro o contra la pro p la nación cubana. nc la o la la libertad de un pueblo del qu
Yo creo que la preocupación del doctor Zaydin. preocupación interesante que la Asamblea debe te ner en cuenta, no se resuelve con esta redacción Cuando este problema se discutió en el seno de la Sección correspondiente, lo recordará el señor Bravo Acosta, los mi miembros de nuestro Partido alli presen tes, la compañera Sánchez Mastrape Mastrapa, y el que habla hubimos de producir un voto particular, con el cual. si queda el problema completamente resuelto. La compañera Sánchez Mastrapa y el que habla indicamos que el precepto debía decir que se exceptuaba el caque el cubano tomara las armas, fuera del te rritorio nacional, en defensa de los principios que es ta Constitución consigna, es decir, en defensa de los principios democráticos expresados precisamente, en a parte fundamental que estamos debatiendo. Así el hombre joven que fué a España a pelear por la liber tad de aquel pueblo contra Franco y los fascistas, se guiría siendo cubano y no lo sería el que por espiri ta aventurero, o con malic la o traición, tomara las armas en país extraño.
Sr. ZAYDIN (RAMÓN): ¿Me permite el señor Mari nello una interrupción con la ven la de la Presidene la l
SH. MARINELLO (JUAN): Con mucho gusto.
SA. PRESIDENTE NTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la pa tabra el señor Zaydin.
SR. ZAYDIN (RAMÓN): Precisamente, entendía yo tar», suprimiendo lo de «las armas», el servicio mique dejando el concepts solamente «al servicio mili litar de las armas, oue es una redundanc la , dejando el servicio militar, se aclaraba perfectamente el concep to, porque el que va a luchar a otro país por una idea idad, ese no entra en el servicio militar del Estado. no es un soldade del Estado, ese voluntario de Bravo Acosta, la bandera del Estado, que no tiene que jurar la Constitución ni las leyes del Estado. legión, que no ha jurado, como aclaraba el seño
SA, MARINELLO (JUAN): Precisamente, el cas la libertad de aquel pueblo en un ejército regular. que tenemos todos más presente, más cercano, en el caso de España, numerosos cubanos, pelearon por que era el ejército del gobierno legalmente, popular mente constituido. Era una institución militar, luego. en aquel caro, en casos semejantes, puede aplicarse e precepto en perjuicio de esos cubanos. e
SR. ZAYDIN (RAMÓN): Recordará también el señor Marinello en ese caso, que aún cuando estaban por una coordinación de técnica militar bajo la dirección de militares, formaban columnas que eran prop la mente de legión.
el inciso.
SR. MARINELLO (JUAN): Pido la palabra..
-página 24
Sit. ALVAREZ (AURELIO): Pido la palabra.
SR PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la pa labra el señor Alvarez.
SR. ALVAREZ (AURELIO): Para ver si se ponen de acuerdo los señores Delegados Zaydin y Marinelio, porque por lo visto procedería suprimir las milicius e las armas, o si no para que se formule la enmienda completa, ya que de seguir los delegados no llegare mos a catendernos.
SR. ZAYDIN (RAMÓN): Decía yo, Sr. Presidente, con la ven la del Sr. Marinello, que de que dejando la la redae ción del «servicio militar» quedaban perfectamente listinguidos ambos conceptsa.
Precisamente este debate que, a mi juicio es inte resante porque plantea en su forma y en su fondo, un problema de tanta trascendenc la y de interés su premo para todos cuantos luchan por la libertad y la Jemcerac la .
SR. MUJAL (EUSEBIO): Una pregunta. El Dr. Zay din no eree no contempla este segundo párrafo fcho siguiente: Una serie de cubanos partidarios Je un criterio totalitario y enemigo, por lo tante, dei criterio liberal y democrático de Cuba, emocrático de Cuba, al servicio de una potenc la extranjera totalitar la ataquen a Cuba: pero en lugar de ir al servicio militar, esa potenc la lo que hace columnas de voluntariost
SR. ZAYDIN (RAMÓN): Los que combatan a Cuba son autores del delito de traición a la patr la . Y si son extranjeros pierden su carta de naturalización; y nativos, sn carta de ciudadanía.
SR. MUJAL (EUSEBIO): El Dr. Zaydin me contesta como si él fuera un catedrático y yo un alumnos yo quiero que discutamos este asunto mano a mano.
Yo claramente creo que el servicio militar, lo mis mo da que diga servicio militar o de las armas; es mås estaría de acuerdo con el criterio del Sr. Marinello que dice: «Se pierde la ciudadanía cuando se va a pelear a favor de una nación….» (Continúa leyendo)
SE. ZAYDIN (RAMÓN): Yo iba a decirle al Sr. Mu jal que no se estaba discutiendo aqui ninguna en mienda del Sr. Marinello sino el Dietamen era lo que había sometido a la consideración de la Asamblea la Presidenc la , y por lo lo tanto mis mis palabras iban diri. contra. gidas al sentido y al concepto del precepto del Die nunc la das por el Sr. Marinello, porque no se había tamen y no podían ir dirigidas a las palabras propresentado, o por lo menos se había entrado a discutir Voto Particular alguno formulado les preceptos de las palabras del Sr. Marinello.
SR. PRESIDENTE GRAU SAN MARTÍN): Yo quiero. recordarle al Sr. Zaydin que este debate tuvo su origen en la enmienda verbal del Sr. Lehaso que abora la ha presentado por escrito y se le va a dar lectura, tuvo ahora
(El Ofic la l de Actas lee),
A LA CONVENCION
El Delegado que suscribe propone que en el inciss 2 del Artículo 17 se suprima la frase «de ‘as armas». Salón de Sesiones, abril 26 de 1940.
(Fdo.) Francisco Ichaso
SR. MARINELIUS (JUAN): Una lamentable confusión ha llegado a su fin.
SE. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Hågame el contra favor de decir si está favor.
Se ordenar el debate.
SR. MARINELLO (JUAN): Recuerde el Sr. Presidente que el Sr. Zaydin me pidió una interrupción; fué un poco extensa y quedó él en el uso de la palabra. Recuerde la Presidenc la que el Voto Particular a te yo me refiero, que resuelve de manera precisa y ajustada el problema, se elevó a enmienda y debe ser discutida como tal.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Se va a dar lectura al Voto Particular.
(El Ofic la l de Actas lee).
VOTO PARTICULAR
Los Delegados que suscriben, miembros de la Sección de Organización ción Nacional, Ciudadanía y Ex mayorin tranjería, inconformes con el criterio de la m en la redacción dada al inciso 3) del artículo 17 dei Dietamen que se eleva, formulan VOTO PARTICU LAR para que este inciso sea aprobado, si la Conven ción lo tiene a bien, con la redacción siguiente:
3) Los que, sin permiso del Senado, entren al servicio de las armas de otra nación, siempre qu en el juicio contradictorio de que se hab la en el inciso siguiente se obtenza la evidenc la de que la causa a euyo servicio se estuvo, contradecía los criterios políticos fundamentales establecidos en el Ti tulo I de esta Constitución.
Salón de Sesiones de la Sección de Organización Nacional, Cindadanía y Extranjer la , a 14 de Marzo de 1940.
Fdo) Esperanza Sánchez, Juan Marinelle.
disensión. Sa. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se pone a
SR. ICHARO (FRANCISCO): Pido la palabra en contra.
SR. CORTINA (JOSÉ MANUEL): Pido la palabra en
cepto es un reglamento. SR. ALVAREZ (AURELIO): Eso, además de un pre
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene le palabra el señor Jehaso.
St. ICHASO (FRANCISCO): Voy a ser muy breve.
Entiende, señor Presidente y señores Delegador, ea términos generales, no debe empuñar las armas que el espiritu de este precepto es que un cabano, no sean nacionales, sin permiso del Senado. Esto Esto no no quiere quiere decir de que se le pro hiba al cubano participar en todas aquellas lucha que tengan una finalidad noble, como esas a que acaba de referirse el señor Marinello, al defender su Voto Particular. Quiere decir, sencillamente, qu
como una precaución elemental, debe obtenerse per miso del Senado, porque precisamente corresponde
-página 25
a ese Cuerpo, todo lo que concierne a la política exterior del Estado, incluso la declaración de guerra
Es evidente que la participación de cubanos en una guerra extranjera puede poner en peligro la neutralidad de la nación. Podría verse el país, en un momento dado, arrastrado a una contienda bé lica sin la voluntad de la mayoría de su pueblo. Por Por eso se especifica que el Senado debe dar dar ese permi so, el cual seguramente otorgará en todos aquellos casos en que el cubano se disponga a luchar por una causa. Pero me parece peligroso que se suprima esa autorización, porque pudiera darse el caso de que numerosos cubanos, infi inflamados ados por la pasión de la libertad, se lanzasen a defender causas extran jeros, poniendo en innegable riesgo la neutralidad de la nación.
En términos generales hemos hecho ya una deelaración Constitucional condenando la guerra de agre sión y en general todo tipo de guerra, salvo aquel por virtud del cual la nación se defienda contra an enemigo exterior. Por consiguiente estimo que es contraproducente el eximir a los cubanos de todo permiso o autorización a prestar servicio militar de cualquier elase en un país extranjero.
Por eso me inclino en contra del Voto Particular formulado por el señor Marinello y en favor de la enmienda que acabo de presentar en el sentido de que se exija el permiso del Senado para los cubanos que vayan a prestar servicio militar a otra a nación discriminación ninguna.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Para de fender su Voto Particular tiene la palabra el señor Marinello.
SR. MARINELLO (JUAN): Tengo, Sr. Presidente, en mis palabras anteriores defendida la enmienda. La necesidad en que estamos de trabajar con rapi dez, me hace limitar su defensa a lo que dije en aquel momento.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se pone votación la enmienda del señor Marinello. Los que estén conformes servirán ponerse de
pie (La mayoría de los señores Delegados permanecen sentados).
Desechada la enmienda.
Se va a dar lectura a la enmienda del señor Ichaso, (El Ofic la l de Actas la lee nuevamente.)
SA. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se pone discusión
A votación. Se apruebat
(Señales afirmativasą.
Aprobada.
Se va a dar lectura al inciso 30.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Se va dar lectura a dos enmiendas del señor George.
(El Ofic la l de Actas lee):
ENMIENDA AL ARTICULO 17
25
Se suprime el segundo párrafo del inciso 30. que pasará a ser segundo párrafo del inciso 40. (Fdo.) Quintin George.
SA, PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se pone a discusión la enmienda del señor George. (Silencio.)
A votación. Los señores Convencionales que estén conformes se servirán ponerse de pic.
(La mayoría de los señores Delegados pormonecen sentados.)
Descchada la enmienda.
SR. GEORGE (QUINTIN): Para preguntar a la Presidene la si ha sido aprobada mi enmienda.
Su, PRBIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Ha sido rechazada.
St. GEORGE (QUINTEN): Yo quisiera, señor Presidente que se rectificara la votación, porque esa enmienda ha sido presentada de acuerdo con la Comisión; porque efectivamente, no puede quedar el párrafo asi asi construído. En la fo forma en que está redactado, no se altera una sola palabra del articulo, no se altera una sola letra, lo que se hace nencillamente es ordenar el artículo y convertir en último párrafo lo que es el inciso 40. porque de
otra manera sería un desatino. SR. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Para una aclaración?
S8. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Despues de la explicación
SB. BRAVO ACOCTA (ANTONIO): Para decirle al señor George que hay la autorización exclusivamen
te a la Comisión de Estilo para colocar los artícu los en el lugar que corresponda; con esta manifes tación del señor George si son aprobados se colocará rge ai son segundo o tercer lugar. en seg
SR. ICHASO (FRANCISCO): Pido la palabra.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Jehaso.
SR. ICHASO (FRANCISCO): Tengo entendido que esto se hizo sin la debida atención por parte de los asambleistas; creo que la enmienda del señor Geor ge pertenece a in categoría de las includibles. Pido que rectifique la votación.
Sa. GEORGE (QUINTÍN): Que se rectifique la tación para que salgs bien el articulo.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Es que no hubo señales aprobator la s.
A votación. ¿Se apruebat
(Señales afirmativas)
Aprobada.
Hay una enmienda adicional.
(El Ofic la l de Actas lee):
A LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE.
Los Delegados que suscriben, inconformes con el
eriterio de la mayoría en cuanto a la forma en que quede redactado el arifculo 17 del Dietamen de la Comisión Coordinadora proponen:
La supresión del párrafo 2o. del inciso 30. del referido articulo 17.
Salón de Sesiones de la Convención Constituyente, a les veintidós días del mes de abril de 1940.
(Fdo.) Juan Marinello; Romárico Cordero; Blas
-página 26
Roca; Esperanza Sánches; César Vilar; Salvador Garc la Agüero.
ENMIENDA AL 20. PARRAFO DEL INCISO 30. DEL ARTICULO 17 DEL DICTAMEN
litos La Lay podrá establecer por la comisión de los de as de indignidad que determine, la pér dida de la ciudadanía por naturalización med la nte sentenc la firme al efecto, de los tribunales competentes.
Abril 26 de 1940.
(Fdo.) Ramón Zaydin.
SA. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): A discusión la enmienda.
SR. MARINELLO (JUAN): La cedo al señor Agüero,
SR. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Yo pido la palabra.
para oponerme al objeto de que el señor García Agüero, pueda hacer uso aclaraciones que desea. oponer er uso de la palabra y haga las
SR. PRESIDENTE (GBAU SAN MARTIs): Tiene la palabra el señor Cortina. labra el señor Cortina.
biera consumido este turno, aunque fuera en breves SR. CORTINA (JOSE MANUEL): Señor Presidente y señores Delegados: En contra. En primer lugar, huen Con vencional señor Agüero. Pero ya de pie, quiero ex plicar en pocas palabras la doctrina que implica te concepto del anteproyecto constitucional.
La ciudadanía revocable, en algunos casos, es hoy un precepto aceptado por casi todas las naciones, espec la lmente en América. En los Estados de Eu ropa, la ciudadanía es el producto de una larga evolución. Son países que se van desenvolviendo de adentro hac la fuera y tienen miles de años de exis tenc la , con poblaciones saturadas, y esto los diferenc la fundamentalmente de nosotros. dife
La América es la tierra llamada a ser muy pronto el nuevo centro de la civilización occidental, en todas sus fases, por la extensión del Continente, por la prodigalidad de las tierras, por la ausenc la de grandes conflictos soc la les, territor la les o económicos. Esto lo tenemos tenemos fr frente a la congestión moral, soc la l y económica de la vieja Europa.
Nosotros somos un nuevo mundo en formación. Las naciones de América todavía no han llegado a su fase definitiva: la prop la nación nación Norteameriestrepida todavía en movimientos de creación, a pesar de las magnitudes colosales que ha alcanzado. Si volvemos la vista al Canadá, vacío, allí cabe una población de doseientos millones de hombres.
América, en conjunto, está vac’a. Tiene que lle narse por el crecimiento vegetativo de la población ben y por la inmigración. Mil millones de hombres es a y pueden vivir bien en este Continente, cuya casi igual a la del As la , que sostiene ontinente, cuya extensión es easi población análoga y no tiene la fecundidad y la ausenc la de desiertos de América.
En estas condiciones, las naciones se están formando en América aceptan dentro de su ciuda danía tan dentro de su eindamuchos extranjeros y necesario que la
ciudadanía que se concede no resulte nociva, moral y espiritualmente al país. Es necesario establecer que la ciudadanía que se concede al extranjero no es un derecho incondicional; que está limitada cuando el que la ostenta se hace indigno de ella. Hay que establecer que la ciudadanía no un derecho sin deberes correlativos, y que entre esos deberes es tá el de que el nuevo ciudadano trabaje por la nueva patr la ; que no vaya nunca contra su honor y su bandera. Esta es la razón por la cual estableze la revocabilidad de la ciudadanía ciertos mos la
ay El Dictamen sostiene el principio, pero regula y garantiza su ejercicio de manera que sólo sean jueces los que puedan privar de la ciudadanía, por causas fijadas prev la mente en las leyes y med la nte un juicio, con la debida intervención del acusado. Se trata, pues, de un principio moderado y prudente, pero que tiende a darle dignidad a la Ciudadanía Cubana y a señalar al que la adquiere, que es una jerarquía que implica condiciones y de beres y que para tenerla hay que mantenerse siempre digno de ella.
Es un principio precautorio en países de nueva formación, como el nuestro, y es conveniente que se establezea la Constitución. Es Es una defensa del decoro y de la seguridad del Estado Cabano, frente a posibles peligros que puedan presentarse. SB, PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor García Agüero.
SU. GARCÍA AGUERO (SALVADOR): Señores, con cretamente, hay que empezar pezar por por decir que no estamos en contra de la doctrina expuesta por el convencional señor Cortina; pero tenemos objeciones que hacer a este precepto. Dice el precepto que se podrá retirar la ciudadanía concedida por causas de indignidad por eiertos delitos. Afirmar esto, ha cándose sencilla y solamente en causas as de de indignidad, es una cosa tan ampl la y tan vaga que resulta muy difícil de prever cuáles son las tales causas que pue den motivar la pérdida de la eiudadanía, podrá darse el caso de que se utilizase esa amplitud vaga del precepto para retirar la ciudadanía en el caso que no estuviese plenamente justificada la medida.
SE. NUSES PORTUONDO (EMILIO): ¿Me permite una interrupción!
SB. GARCÍA AGUERO (SALVADOR): Con mucho gusto.
SA. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Núñez Portuondo.
Sn. NÚÑEZ PORTUONDO (EMILIO): Pero fíjese dice med la nte sentenc la firme al efecto de los Tri bunales competentes,
tes; SU. GARC LA AGUERO (SALVADOR): Med la nte sontenc la firme al efecto de les Tribunales competenel sentido de la palabra indignidad y aplicarla al ¿qué harán los Tribunales Interpretar enso específico de que en esta ocasión se trata? ¿Qué significa para nosotros la palabra indignidad! Hasta dónde llega el sentido de la palabra? ¿Cuá les son las manifestaciones concretas de la indigni les son la dad? Esto nos parece demas la do amplio para re
-página 27
hiciese mitirla estrictamente una interpretación de esta indole. Nosotros tanto en estos, como en los delitos que se mencionan antes, preferimos que en caso de admitir el precepto y hacerlo en nuestra Constitución, como se hace en la Constitución mexicana, donde se mantiene se mantiene también este precep to; pero se relacionan además los derechos por los cuales puede ser retirada la ciudadanía al individuo a quien se le había concedido prev la mente, es derir. pretendemos garantizar eiertamente que sea por de da retirar la ciudadanía al individuo. Entendemos terminadas causas concretas y elaras que se le pue muy bien que se garantice tanto la dignidad de e la la A ciudadanía como la no comisión de determinados de litos por parte del extranjero que viene a vivir en nuestro medio político soc la l; pero pretendo que no quede tan vano que se pueda interpretar más menos este co concepto de la impunidad, porque tonces se catá corriendo el riesgo por parte del ciu dadano cubano, es decir del eubano naturalizado, de estar en cada ocasión amenazado de perder su ciu dadanía, sin saber por qué causa concreta. en
27
Por esta razón es por la que quisiéramos que ni siquiera se remitiese a tal o eual Decreto o ley la posibilidad de esta regulación sino que puesto que tanto nos preocupamos de los precedentes, acepta ramos el precedente de la la Constitución Mexicana y fuera la prop la Constitución en todo caso, la que dijese que por tal o cual delito se puede perder la eiudadanía cubana
SR. ROCA (BLAS): Para una cuestión de orden, pido la palabra.
SA. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la palabra el señor Blas Roca.
Sa. ROCA (BLAS): El Art. 67 fija que las sesio. nes ordinar la s durarán cuatro horas. Faltan eineco minutos para que terminen las horas reglamenta r la s. Si queremos terminar el debate de esta en mienda o del Artículo vamos a necesitar prorrogar la sesión.
SA. PRESIDENTE (GRAU (GRAU SAN SAN MARris): Ne Se acuer T. da prorrogar la scsión hasta que se termine tulof
SR. MARQUEZ STERLING (CARLOS): Pido la bra. El Artículo o el Titulot pala
SR. OCHOA (EMILIO): Señores Delegados…
SR. MARQZEA STERLING (CARLOS): Creía que quien estaba en el uso de la palabra era yo.
Ѕв. Оспод (ЕMILIO): Con muchísimo gusto yo la cedo a 8. 8.
SR. MARQUEZ STERLING (CARLOs): Yo tengo muchísimo gusto en oir al señor Ochoa, pero lo que que ría preguntar hasta cuando se va a prorrogar la sesión, es decir si es hasta que se termine este inciso.
SR, OCHOA (EMILJO): Quería pedir la palabra pam rogar la Asamblea, con la ven la de la Presidenc la , que se prorrogara la la sesi sesión hasta terminar el Art. 20, sin llegar a las disposiciones transitor la s.
SR. PRÍO SOCARRÁS (CARLOS): Yo pido que se
declare permanente y que se pueda suspender en el momento que se crea oportuno,
SR. MARINELLO (JUAN): Yo pido que se prorrogue hasta que se apruebe el Art. 20.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): ¿Se acuer da prorrogar la sesión hasta aprobar el Art. 20 in elusive?
(Señales afirmativas).
Aprobado.
A votación la enmienda que acaba acaba de discutirse. Los que estén conformes levantarán la mano derecha.
( Señales negativas).
Rechazada la enmienda.
Se va a dar lectura a otra enmienda.
(El Ofic la l de Actas lee nuevamente la enmienda firmada por el señor Zaydin).
SR. PRÍO SOCARRÁS (CARLOS): Pido la palabra.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Prío Socarrás.
SR. PRÍO SOCARRÁS (CARLOS): Estimo que es el mismo inciso mejor redactado, por lo que pido que pase a la Comisión de Estilo.
SR. ZAYDIN (RAMON): Pido la palabra.
St. PAESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la pa labra el señor Zaydin.
SB. ZAYDIN (RAMÓN): Mi enmienda contiene el mismo principio que el precepto, en una redacción que viene a aclarar mejor el concepto, porque lo que hay que castigar no es el delito sino la comisión delito. Se hace referenc la a la ley y a la condicio nal de que se perderá la por sentenc la del tribunal competente. erderá la ciudadanía por
Respecto a la observación que hac la hac la el señor Garela Agüero sobre la Constitución Mexicana, efceti vamente en esa Constitución se establecen determi nados casos de pérdida de eiudadanía y también se remiten a la ley los demás casos que se estiman conveniente.
Yo pido que se apruche la enmienda tal como tá redactada.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): A votación la enmienda del señor Zaydin.
Se apruebat
(Señales afirmativas.)
Aprobada la enmienda.
Se va a dar lectura a una enmienda adicional del señor Alvarez.
(El Ofic la l de Actas lee).
ENMIENDA ADICIONAL
5) Los convietos de traición a la patr la .
(Fdo.) Aurelio Alvaree.
SB. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): A discu desión esta enmienda.
-página 28
SR. ALVAREZ (AURELIO): Pido la palabra.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la palabra el señor Alvarez.
SR. ALVARES (AURELIO): Para explicar mi enmienda. No espero convencer a los señores miem bros de la Comisión Coordinadora, ni en definitiva a la Asamblea, después de las manifestaciones penosas del Doctor Quintin George, solicitando recti ficar una votación, por no haberse advertido que la enmienda que se votaba tenía la ven la de Comisión Coordinadora, haciendo ello pensar que toda inic la tiva que no tenga la suerte de alcanzar esa venía, está derrotada de antemano.
de la Comisión Coordinadora, en su Los señores de la mal ordenamiento del Dictamen, han definido cómo se adquiere la ciudadanía por nacimiento y por naturalización. Ahora conocmos de cómo se pierde esa ciudadanía y ya hemos aprobado tres incisos, relacionados naturalizados,
Por lo que primord la lmente se pierde la ciudada nía en cualquier Estado del Mundo, es por el delito de traición, cuya causal no está comprendida en el Dietamen, ya que cuando se dice (lee) por na turalización, no comprende a los ciudadanos nativos.
Propongo por ello, sin otro á símo más que dejar constanc la de mi criterio el D la rio de Sesiones, que los cubanos que incurran el delito de trai ción pierdan la ciudadanía.
S SR. COYULA (MIGUEL): ¿Me permite el señor Alvarez una pregunta con la ven la a con la ven la de la Presidenc la t
Yo estoy de acuerdo con lo expresado por el se fñor Alvarez, pero se me ocurre hacer una pregunta: el señor Alvarez estima que al haber aprobado el inciso precedente, cuando se habla, entre los nativos para la pérdida de la ciudadanía, de la indigni. dad, no se puede estimar que está comprendido el caso a que se refiere el señor Alvarezt
SB. AIVAREZ (AURELIO): En lo En lo absoluto, dada la redacción del precepto, que dice: (lee).
Es decir, los ciudadanos que se naturalieen, no los nativos.
SL. ORIZONDO (MANUEL A): ¿Cuál sería el estado de un cubano al que se le condenara a perder ciudadanía? ¿No sería un par la del mundo?
SR. ALVAREZ (AURELIO): La repuesta sería obv la . No es posible que el eubano que traicione a la patr la no sea privado de la ciudadanía.
SR. CORTINA (JOSE MANUEL): Fido la palabra.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la palabra el señor Cortina.
SH. CORTINA (JOSE MANUEL): Deseo aclarar en la Comisión Coordinadora mantuve el precepto de so meter a la pena de muerte al traidor. Creo que ha brá podido verse que puede imponerse la pena de muerte en ciertos casos. Hemos tenido en cuenta que el traidor a la Patr la puede merecer la pena
de muerte, y es necesario que el Estado tenga autoridad para imponérsela.
SR. ALVAREZ (AURELIO): Pero aquípérdida de la vida. refiere a
SR, CORTINA (JOSÉ MANUEL): Perfectamente; pe ro quería significarle que se ha tenido en enenta.
SIR PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se pone a votación la enmienda adicional del señor Alvarez. Los señores Delegados que estén conformes manifestarlo. servirán
(Algunos señores Delegades se ponen de pie).
Rechazada la enmienda.
dar lectura a otra enmienda adicional del señor Alvarez
(El Ofic la l de Actas lee).
ENMIENDA ADICIONAL
6) Los naturalizados que aceptaren una doble ciudadanía.
(Fdo). Aurelio Alvarez.
SR. ALVARES (AURELIO): Pido la palabra..
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): La tiene S. S.
SR. ALVAREZ (AURELIO): Esta tampoco tiene la ven la de la Comisión Coordinadora, como…
SR. MARINELLO (JUAN): Estoy conforme con ella.
St. ALVAREZ (AURELIO)…no la tendrán 500 más que he de presentar antes de terminar la Constitu eión. Los cubanos no debemos aceptar la doble ciudadanía, en razón del estado espec la l de esas cosas que está atravesando sando el mundo y enyas yas razones antes aduje, al referirme a la Quinta Columna, que ya traba ja en el seno de la República. Por ello solicito de la Convención que no aceptándose la doble eludadanía, el ciudadano cubano que la adquiera pierda la suya.
SR. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Pido la palabras.
S. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la palabra el señor Bravo Acosta.
SR. BRAVO ALOCTA (ANTONIO): Es solamente para Ilamar la atención de que no es necesario aprobar la enmienda del señor Alvarez, Alvarez, porque ya ha ha sido aprobado un precepto en ese sentido. Pierden la ciudadanía cubana los que adquieran una ciudadanía extranjera.
SR. PRÍO SOCARRAS (CARLOS): No es el mismo easo, porque los extranjeros en muchas Constituciones del mundo, sobre todo en aquellos países totalitarios de Europa: porque los eludadanos de aquellos países e adquieran otra ciudadanía mantienen su cindade las danía de origen, e origen, pudiendo en enalquier momento crear dificultades carácter intern se han valido en Europa ara defender ciertas minorías con la ciudadanía que han conservado. Como no estamos haciendo una Constitución para el futuro ni para mañana, no sabemos en qué país va a crearse un régimen totalitario, y me parece una prevención plausible el establecer que los cubanos no adopten la do ble eiudadanía.
-página 29
SR. BRAVO ACOSTA (ANTONIO): Sr. Presidente…
SR. ROCA (BLAS): Pido la palabra.
SA. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la pa Jabra el señor Roca.
SR. ROCA (BLAB): Están consumidos los turnos favor y en contra y creo que lo lógico es que se ponga la enmienda a votación, toda vez que parece tener una aceptación casi general.
SR. MUJAL (EUSEBIO): Pido la palabra.
SE. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): ¿Está con 1.rme la Asamblea que se extienda el debate a fin de que pueda usar de la palabra el señor Mujal?
(Señales afirmativas).
Aprobado. Tiene la palabra el señor Mujal.
SR. MUJAL (EUSEBIO): Antes que nada deseo dar las grac la s por la deferenc la de la Asamblea.
Es para hacer una pregunta al señor Alvarez y a señor Prio, porque hace hace rato teniendo el mismo criterio que el señor Alvarez redacté una enmienda parecida, pero después no la presenté, porque tuve la impresión de que podía pasar el caso de que, po: ejemplo, un alemán quisiera naturalizarse en Cu ba, y como se trata de que allí en el país de origen, le obligan a ser alemán siempre, no podría natura izarse en Cuba porque hubiera estado impedido. Pudiéramos redactar esa enmienda de manera de dejar que el ciudadano que quiera naturalizarse y que renuncie a ese privilegio de esa doble naciona dad, entonces si se pueda naturalizar.
No quisiera que esto se tratara con el eriterio amplio y decidido de rapidez, sino que nos perce táramos del peligro que significa para la Repúbli ra en formación como es la nuestra en que la teor la de los espacios vitales que rigen en Europa y our otros países pudieran intentarse que se aplicaran
Quería simplemente ver si llegamos a una redan ción que satisfaga los criterios encontrados en lo q en lo que respecta a lo que pueda ocurrir en Cuba en el futuro, que es a lo que debemos tender todos los pr Convención. sente
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se pone a tación la enmienda.
Los señores Delegados que estén conformes virán manifestarlo.
(La mayoría de los señores Delegados hace señales de aprobación).
Aprobada.
Se va a da dar lectura a la enmienda suscrita por la señora Alic la Hernández de la Barca.
(El Ofic la l de Actas lee).
ENMIENDA.
¡Hay un articulo que establece las condiciones de adquirir la nacionalidad cubana y otro de las que se pierde, del mismo modo al aclararse los otros derechos del ciudadane, como lo hace en articulo del Die ción
tamen de la Comisión Coordinadora, debe establecerse otra unificando cuando se suspenden esos derechos o prerrogativas; que debe ser redactado del siguiente modo.
Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspende enden: Por falta a de de cumplit cumplimiento, sin causa justificada, de cualquiera de las obligaciones que im pone el artículo 11. La Ley fijará los demás casos en que se suspenden los citados derechos, así como en los que se pierden, y de la manera de tener rehabili tación.
Salón de Sesiones de la Constituyente a 24 de abril de 1940.
(Fdo.) Alic la Hernández de la Barca.
DRA. HERNÁNDEZ (ALIC LA ): Pido la palabra.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la pa labra la señora Alic la Hernández.
SBA. HERNÁNDEZ (ALIC LA ): Señor Presidente y señores Delegados: Estimo que ha sido una omisión, pues de la misma manera que se han estableci do los requisitos para adquirir la ciudadanía y tam biên bién las condiciones por riones por cuales se s se pierde; de la misma manera que establece los derechos del ciudadano como en otras Constituciones, como la Mexi earna por ejemplo, deben establecerse los requisitoe por los cuales se pierden estos derechos o prerrogativas. Ruego a los señores Delegados me presten atención, porque me parere que éste es un caso importante, que resuelve de paso un problema planteado aquí ayer. Es decir que, estableciéndose la pér fida de esos derechos, se sanciona también a aque llos ciudadanos que falten a las obligaciones estable das en el Artículo 11, que de otro modo, como anh estimo sea una omisión de ésta; se sanciona al que ventari estableciendo rimbién un precepto lírico, un precepto musica, y no asítambién otro artículo, que como dije antes, está en otras Constituciones, y que falte a las obligaciones del ciudadano, establecién dadanos dosé la pérdida de las prerrogativas o derechos ciu
SR. NÚÑEZ PORTUONDO (EMILIO): Para una ob servación a la señora Hernández,
El Artícula 11, entre las obligaciones de los eiudadanos, pone la de contribuir a les gastos públi ser cos en la forma y cuant la que la ley dispone. Se podría dar el enso, cuando no se pagaran las con tribuciones, de que se pierde la ciudadanía.
SRA, HERNANDEZ DE LA BARCA (ALIC LA ): No un pierde la ciudadanía, sino los derechos del ciuda Jano.
SEZ PORTUONDO Emutao): Yo voy mir turno contra.
SR. HERNÁNDEZ DE LA BARCA (ALIC LA ): Fijese bien el señor Núñez Portuondo que dice que s pierde no la ciudadanía, sino los derechos del eindadano, y además se deja también a la ley la forma de determinar los casos y la manera de rehabilita
-página 30
SR. NÚÑEZ PORTUONDO (EMILIO) Bien, pero a mi me parece señor Presidente y señores Delegados, que se establece, resulta sumamente sumamente pe pe agrose. Va a ocurrir que los derecho dano van a estar en un constante vaivén, lo mismo en el orden económico que en los demás aspectos de van a acostar por la noche, y la vida. Muchos por la mañana no van a saber si han perdido sus de rechos ciudadanos, pues en esa forma se podr la n perder los derechos muchas veces por causas sin importanc la real.
SRA, HERNÁNDEZ LA BARCA (ALIC LA ): Enton Enton ees igual pasaría con la pérdida de la ciudadanía.
sus dere SE. NOSEE PORTUONDO EMILIO): No: la pérdida de artículo, que solamente para los natura lizados, señala precisamente que es med la nte una sentenc la firme de los Tribunales de justic la y por delitos prev la mente establecidos; pero privar var a los cubanos por nacimiento por ejemplo, de sus dere chos de ciudadanía, suspenderlos en ella, y luego que tengan que realizar un expediente para rehabilitar esos derechos de ciudadanía, me parece que sería sentar un precedente sumamente peligroso y colocar al ciudadano en una situación de inseguri dad tal, que el precepto, a pesar de ser muy bien muy bien intencionado, no me parece que debe merecer aprobación de la Convención.
SA. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se pone a votación la enmienda de la señora Hernández de la Barca. Se aprueba
(Señales negativas),
Rechazada.
Se va a dar lectura al Artículo 18.
(El Ofic la l de Actas lee).
ARTICULO 18Ni el matrimonio ni su disolu ción afectan la nacionalidad de los cónyuges o de sus hijos.
La cubana casada con extranjero conservará la nacionalidad cubana.
La extranjera que se case con cubano y el extran jero que se case con cubana conservarán su nacio balidad de origen o adquirirán la cubana, prev la opción regulada por la Constitución, la Ley o los tratados internacionales.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Hay una enmienda modificativa del señor Alvarez.
(El Ofic la l de Actas lee).
ENMIENDA AL ARTICULO 18.
(párrafo 20.)
«La cubana casada con extranjero conservará su nacionalidad, excepto el caso en que su cónyuge esté al servicio de otro Estado, sin que medie autorización del Senado.
(Fdo.) Aurelio Alvarez,
SR. ALVAREZ (AURELIO): Pido la palabra.
St. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la pa lobra el señor Alvarez.
SA. ALVAREZ (AURELIO): Señor Presidente y se ara constanc la en el D la rio de Sesiones, explicar ara esta enmienda como cada caso en que formulo una idea.
Con el propio pensamiento que me ha gu la do de poner a cubierto nuestra cubierto Pnuestra nacionalidad de los peligros que puedan venirle por vía de la ciudadanía puede desenvolverse en el territorio nacional, pu abierta a todas las inic la tivas, inconveniente que d’era darse el caso de una cubana casada con extranjero, que estuviera al servicio de un Estado exranjero, al amparo de la ciudadanía de su cónyuge y por consiguiente, con un «bill» de indemnidad. En este caso, y para la seguridad, para el control que debe tener todo Estado para las actividades de los extranjeros en el territorio nacional, se sugiere que la cubana casa que la cubana casada con extranjero al servicio de un Katado extranjero, por lo menos pidiera auto rización del Senado para mantener eindadanía.
Sa. NÚÑEZ PORTUONDO (EMILIO): Pido la palatra en contra.
SR. PRESIDENTE GRAU SAN MARTIN): Tiene la palabra el señor Núñez Portuondo.
SR. NÚÑES PORTUONDO (EMLJO): No estoy de acuerdo con la enmienda estimado compañero señor Alvarez, por estas razones, a juicio de eso. nómico que en este caso la voluntad de la mujer no es la que resuelve el problema. En realidad, de acuerdo con con la la enmienda la del del señor señor Alvarez, el es Loso es el que acepta el honor o el cargo extranje ro, y ella perdería automáticamente su ciudadanía, sin intervenir para nada en el problema, porque ella es la que acepta el cargo, ni es la que decide.
SR. ALVAREZ (AURELIO): Para una observación, con la ven la del señor Presidente. Es que inmed la tamente, cuando la la cubana casada con extranjero ni servicio de un Estado extranjero, sá el cónyuge es tuviese realizando actividades inconvenientes a la nacionalidad cubana, si ella no ha pedido la autorización del Senado, dejaría de ser eubana y podría expulsarse a los dos del territorio nacional.
SA. NOSEZ PORTUONDO (EMILIO) Bueno, pero s que no es un acto voluntario de ella; la, es es la únien observación que a mi se me ocurre. Y es que se está liritando a la ciudadanía enbana, precisamente todo sa derecho, porque depende de la voluntad del es poso, el que pierda o no esa condición de ciudadana. Crec que la enmienda tiene una buena intención y trata de resolver un problema, pero lo resuelve equí en una forma desfavorable para la ciudadana cubana dentro del matrimonio,
SA. PRESIDENTE (GRAD SAN MARTÍN): Se pone votación la enmienda del señor Alvarez.
Los que estén conformes levantarán la mano.
(La mayoría de los señores Delegados no lo hace).
-página 31
A votación el Artículo 18. Se apruebal
(Señales afirmativas).
Aprobado.
Se va a leer el Artículo 19.
ARTICULO 19La ciudadanía cubana podrá cobrarse en la forma que prescriba la Ley.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Enmienda adicional del señor Alv Alvarez, Hay una
(El Ofic la l de Actas lee).
ENMIENDA.
ADICIONAL AL ARTICULO 19.
Todo cubano de edad electoral, deberá poseer un Carnet de Cindadano, contentivo de los requisites exigibles para el ejercicio de la vida civil y para votar sin que pueda ineluirse en él antecedente alguno contrario al decoro de poseedor. Su primera pedición será gratuita.
(Fdo.) Aurelio A. Alvarez.
SA. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Se pone discusión
SR. ROCA (BLASs): Pido la pa’abra en contra,
SA. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Tiene la pa
labra el señor Blas Roca.
SR. ROCA (BLAS): Señor Presidente y señores Delegados: Brevemente, por lo siguiente: Vamos tener que sacar cada ciudadano el Carnet de Ciuda danía, el carnet electoral, carnet del pobre, carnet del Partido y carnet de Delegado a la Asamblea Cons tituyente…
SR. ALVAREZ (AURELIO) Señor Presidente: Pido la palabra, para explicar la enmienda.
SK PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): Tiene la pa Jabra el señor Aurelio Alvarez,
SR. ALVAREZ (AURIJO): Precisamento ha venido a darme la razón el compañero Blas Roca y más la sonrisa comprensiva con que recibió sus atinadas ob servaciones la Asamblea.
Fué precisamente ante el complejo de todos los carnets que tienen que llevar los ciudadanos, que pensé que debía existir uno solo; el de ciudadano, que no existe, y que serviría de verdadera identifi cación al ciudadano, para justificar su condición de tal
Ahora no hay que proveer al ciudadano de la cé Jula electoral, que no le sirve de identificación más que para casos electorales.
Pero hay otro ciudadano que tiene necesidad de la tarjeta del trabajo y es que los derechos que pue Je ejercitar, si es enbano, y los preferenc la les de trabajo que tiene el cubano, esa tarjeta no le iden tifica como ciudadano, sino como un desocupado, como no es ése el carnet del ciudadano, tiene que ir a probar por medio de una certificación de la Secre
tar la de Estado que es ciudadano cubano, si se trata de un derucho preferenc la l de trabajo.
Y es que ese eiudadano, provisto de carnet electcral, o con cédula, y de carnet de desocupado, si quie re dedicarse a un oficio o profesión como la de cho
fer, tiene que tener un carnet espec la l, el carnet
de chofer.
Y si tiene que dejar esas actividades, para servir in un café, o en un lugar público, una barbería, por ejemplo, tiene que ir a buscar una certifica ción de la Secretaría de Sanidad: un carnet sanitario.
Y hay ciudadanos que van provistos de ocho diez carnets, que no lo identifican como ciudadano. No sólo en las cuestiones de trabajo, hay muchas personas, por ejemplo, que ejemplo, que manejan su prop la má quina, y ellas han de tener esos carnets.
En todas las actividades de la vida ciudadana, los que tienen que luchar luchar por la vida, incorporarse ella, les agob la todo esto….
Expidase un carnet del ciudadano, que lo iden tifique como ciudadano y que identifique su profe sión, que identifique su estado sanitario, y que llene los otros requisitos que constantemente le están exi giendo las distintas autoridades de la República.
Pero, en definitiva, esto no tiene la ven la de la Comisión Comisión Coordinadora, pero yo o he he querido querido traer el asunto a la consideración de la Asamblea.
SR. PRESIDENTE (GRAU SAN MARTÍN): Se porie a votación la enmienda. Los señores Delegados que estén conformes se servirán ponerse de pie.
(La mayoría de los señores Delegados permanece sentada)
Rechazada la enmienda.
Se va a dar lectura al artículo 20.
(El Ofic la l de Actas les).
ARTI ARTICULO 20. naturalizaNingún eubano ción podrá desempeñar, a nombre de Cuba, funcio ofic la les en su país de origen.
SA. S PRESIDENTE (GRAU SAN MARTIN): No hay enmiendas.
Se pone a discusión el articulo 20.
(Silencio).
A votación. Los señores Delegados que estén conformes se servirán ponerse de pie.
(La mayoría de los señores Delegados se pone de pie).
Aprobado,
Cumpliendo el acuerdo de la Asamblea, se levanta la sesión.
(Eran las 8 y 25 Р. М.).


Deja un comentario