Hilos Desenrollados

Propuesta para la creación de una Junta por la Verdad

Propuesta para la creación de una Junta por la Verdad

Propuesta para la creación de una Junta por la Verdad

“Y la verdad os hará libres.” San Juan 8:32

1. Introducción.
En el contexto de un futuro proceso de justicia y restablecimiento de la república, se presenta ante la opinión pública cubana, dentro y fuera del territorio nacional, la creación de una Junta por la Verdad como mecanismo facilitador para esclarecer hechos relevantes ocurridos en Cuba entre el periodo de 1959 hasta el presente. Su misión principal sería investigar, documentar y esclarecer violaciones de derechos independientemente de la afiliación política de los responsables o beneficiarios.

Esta propuesta se inscribe en una tradición histórica consolidada de justicia transicional aplicada en sociedades que emergen de períodos de autoritarismo o de conflicto prolongado. El Juicio de Núremberg (1945-1946), celebrado tras la Segunda Guerra Mundial, marcó un precedente fundamental al establecer la responsabilidad individual por crímenes contra la humanidad y sentar las bases del derecho penal internacional moderno, incluyendo el principio de imprescriptibilidad para las violaciones más graves. A partir de esa experiencia, diversos países han desarrollado mecanismos, entre ellos las comisiones de la verdad, destinados a investigar abusos sistemáticos, documentar los hechos y facilitar procesos de esclarecimiento y rendición de cuentas como parte de las transiciones hacia sistemas democráticos.

2. Principios de actuación.
La Junta se regirá por estándares internacionales aplicables a procesos similares. Sus principios clave serán:
● Independencia y autonomía.
● Rigor metodológico.
● Imparcialidad y objetividad.
● Protección de víctimas y testigos.
● Transparencia en la información.
● Colaboración con organismos del derecho internacional.

3. Naturaleza y mandato de la Junta por la Verdad.
La junta será una entidad independiente, técnica y temporal, dotada de instrumentos legales y metodológicos para el desarrollo de su labor.
Sus funciones abarcan el registro e investigación de violaciones a los derechos y se documentará con estas bases:
● Violaciones a las libertades individuales.
● Abusos contra la integridad física, la vida o la seguridad de las personas.
● Violaciones del derecho a la propiedad privada.
● Actos de violencia o represión cometidos tanto dentro como fuera del territorio nacional.
● Hechos que pudieran constituir crímenes que, según estándares internacionales, no prescriben. El objetivo es establecer responsabilidades individuales y colectivas, siempre bajo los principios universales del derecho.

4. Responsabilidad de actores dentro y fuera del país.
La junta investigará la participación de personas o estructuras que hayan actuado:
● Directamente, mediante la ejecución de actos represivos.
● Indirectamente, mediante colaboración o facilitación.
● En el extranjero, en actividades que pudieran estar vinculadas con actos de terror o violaciones a las libertades individuales, incluyendo acciones relacionadas con operaciones de inteligencia, vigilancia o actividades ilícitas.

5. Esclarecimiento del rol de actores de oposición y sociedad civil.
La Junta incluirá en sus competencias la revisión del papel desempeñado por actores de la disidencia, oposición y sociedad civil durante el mismo período histórico, con los siguientes fines:
● Determinar si hubo infiltración o colaboración con estructuras represivas.
● Identificar eventuales conflictos de interés y aprovechamiento indebido de recursos con fines personales o ajenos a la causa para la que fueron asignados.
● Identificar casos potenciales de tráfico de influencia mediante el uso de estructuras internacionales para fines personales o ajenos a la causa.
● Documentar la recepción y administración de financiamiento externo, auditando la utilización de dichos recursos por organizaciones políticas, sociales o civiles.
● Presentar informes financieros claros y verificables.
El objetivo es contribuir a la transparencia y la rendición de cuentas, evitando que estas prácticas irregulares se perpetúen en el futuro.

6. Composición de la Junta.
La Junta estará integrada por un grupo multidisciplinario de especialistas, seleccionados por su independencia y prestigio:
● Especialistas jurídicos.
● Auditores económicos.
● Académicos y especialistas en ciencias sociales.
● Personalidades reconocidas por su trayectoria ética.

Este cuerpo colegiado actuará de forma privada e independiente, sin subordinación a intereses partidistas ni gubernamentales, con el fin de garantizar su carácter independiente y estará sujeto a estricta fiscalización y rendición de cuentas.

7. Informes y comunicación con la sociedad.
La Comisión tendrá la obligación de:
● Elaborar informes preliminares y un informe final.
● Publicar hallazgos relevantes de manera periódica.
● Presentar sus conclusiones directamente a la ciudadanía.
● Ofrecer recomendaciones para garantizar la no repetición de los hechos investigados, proponer reformas institucionales y mecanismos de justicia transicional efectivos.
El objetivo será que los ciudadanos cuenten con una base documental sólida para evaluar su historia reciente y formar parte esencial en la restauración de nuestra república y agilizar los procesos en la aplicación de la justicia.

8. Conclusión.
La creación de la Junta por la Verdad representa un paso fundamental para la construcción de un futuro basado en la transparencia y el respeto irrestricto de los derechos naturales. Su misión será esclarecer el pasado y sentar los pilares de un país en el que la verdad y la justicia sean principios esenciales para la convivencia republicana.

#SCDC

 

 

Fuente:

Deja un comentario