Folleto, Puntos de Vista

VIII.- El Vacío de Poder

A las calles

Erróneamente muchos cubanos creen que a la caída de los Castros pasaremos inmediatamente a un proceso de transición, en el que se desmantelan las instituciones castristas para dar paso a nuevas instituciones amparadas en la Constitución de 1940. En la práctica y de acuerdo a cómo se produzca esa caída es muy probable que ocurra una especie de «vacío de poder», un período de tiempo en el que, el nuevo poder aún no esté consolidado.

Esa incertidumbre inicial es la que obliga a los presidentes de otros países a dar instrucciones, a sus respectivas cancillerías y agencias de seguridad, para que determinen con certeza: ¿quién está en control? La pregunta es lógica, pues durante este período, los castristas pueden aún estar ofreciendo resistencia en una o más localidades; además, pueden aparecer otros grupos, liderados por caudillos locales y con intenciones o propósitos distintos al de restituir la Constitución de 1940.

Por lo tanto, aunque algunos no quieran ni pensar o hablar de qué algo así pueda suceder, aunque les cause pánico la posibilidad de que ocurra una guerra civil, después de más de 70 años de dictaduras consecutivas, es un importante síntoma de madurez política el saberlo y trabajar en función de evitar ese escenario de enfrentamientos civiles.

Acortar el vacío de poder es de vital importancia, mientras más corto, menos posibilidades hay de que ocurran derramamientos de sangre inútiles. Justo en este momento es dónde la masa crítica de cubanos, defendiendo la C-40 y su restitución, pueden decididamente luchar para acabar con los focos de resistencia castrista, y convencer u obligar a caudillos locales a que cesen las hostilidades y den paso a la creación de un gobierno provisional para RESTITUIR LA C-40.

La creación de un gobierno provisional, muy probablemente cívico-militar, no estará exento de inestabilidad y riesgos de guerra civil. Por eso, hay que insistir en el apoyo del pueblo, y trabajar en lograr el consenso entre los distintos líderes políticos y el incipiente Gobierno Provisional. Entonces, si el liderazgo no apunta hacia una persona en específico, es obligatorio que de ese consenso entre los líderes, debe elegirse a una persona como «Presidente Provisional». Este nuevo Presidente y las personas que el designe para ocupar cargos en el Gobierno Provisional, deben jurar en público, ante el pueblo, que se comprometen a: DEFENDER Y RESTITUIR LA CONSTITUCIÓN DE 1940.

IMPORTANTE
Aunque las diferencias entre los líderes sean difíciles de conciliar, es obligatorio que se designe u elija auna sola persona al cargo de Presidente Provisional. Eviténse las tentaciones de crear gobiernos colectivos, eso no funciona. Piensen en el desastre del 1933 con la pentarquía.

Terminando el Vacío de Poder

Terminando el Vacío de Poder

La terminación del Vacío de Poder requiere obligatoriamente que el Presidente Provisional haya tomado control total del país. Puede decirse que se ha alcanzado ese control, cuando el Presidente Provisional ha logrado el consenso necesario para poder nombrar autoridades civiles y militares leales, en los 169 municipios existentes y en las 6 provincias, así como otros cargos necesarios.

Terminar el Vacío de Poder requiere que todos los nuevos funcionarios, se comprometan a cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Ser ciudadano cubano de pleno derecho; no nacionalizado cubano. Vivir en el territorio nacional.
  • Si es natural cubano, pero con residencia permanente en el extranjero, debe renunciar, por escrito y públicamente a esta condición y retornar a vivir en Cuba.
  • Si es natural cubano, pero con ciudadanía adquirida en otro país, debe renunciar a la ciudadanía adquirida, por escrito y públicamente. Debe retornar a vivir en Cuba.
  1. Compromiso a DEFENDER la Constitución de 1940 contra todo enemigo interno u externo; así como a seguir y dar cumplimiento a las leyes y otras disposiciones legales, para garantizar la restitución integra de la Constitución.
  2. Tener altos valores cívicos, éticos y morales. Si ha estado encarcelado por cualquier motivo, debe hacerlo saber al Gobierno Provisional, quien tomará una decisión al respecto.
  3. No pertenecer a ningún grupo opositor o partido que vaya a postularse en cualquiera de las elecciones venideras.
  4. No puede postularse a ningún cargo electo.
  5. No compartir información clasificada o del funcionamiento interno del gobierno, con algún partido político, gobierno extranjero o persona no autorizada a conocer dicha información.
  6. Compromiso a hacer una transición ordenada de su cargo al nuevo funcionario electo o designado, según establece la Constitución y las leyes.
  7. Dar a conocer al Gobierno Provisional cualquier otra información personal relevante que pueda crear conflicto de intereses, o que supongan un riesgo de seguridad al Gobierno Provisional.
  8. Como funcionario público, parte del Gobierno Provisional, usted recibirá un salario; por tanto:
  • No puede tener ningún empleo fuera del Gobierno Provisional.
  • No puede recibir más salario que el pagado por el gobierno.
  • Si es propietario de algún negocio debe renunciar legalmente al mismo o designar un fideicomisario para que se haga cargo de este. No puede recibir beneficios o salario alguno de este negocio mientras esté al servicio del Gobierno Provisional.
  1. El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos será considerado un delito de ALTA TRAICIÓN.

Es posible que le parezcan excesivos esos requisitos, pero recuerde, durante el Vacío de Poder todavía se está batallando por ganar control del país; por otra parte, esos requisitos son esenciales para que un gobierno pueda operar adecuadamente, y todos están en consonancia con la C-40. Si la palabra gobierno le suscita algunas dudas, o si la confunde con estado, entonces le recomendamos que vea la Referencia [79]. Además se recomienda el estudio de todo el texto constitucional.

Tomando en cuenta todo lo anterior, se listan a continuación los actos legales que deben ejecutarse para poner fin al Vacío de Poder y comenzar la TransiciónC40.

 IMPORTANTE
Los actos legales listados a continuación, no son todos los que pudieran necesitarse; de acuerdo a las circunstancias algunos de los listados pueden ser innecesarios o puede que se necesiten agregar otros actos legales.
  • Juramento del Presidente Provisional.
  • Retornar a la Legalidad Constitucional poniendo en uso la C-40.
  • Creación de un Tribunal Supremo de Justicia Provisional.
  • Nombramiento de autoridades civiles y militares en los 169 municipios y provincias.
  • Nombramiento de ministros.
  • Control activo y bienes del estado.
  • Declarar ilegal PCC.
  • Suspensión temporal de organizaciones y partidos políticos.
  • Suspensión temporal de manifestaciones.
  • Establecer Canal de Ayuda Humanitaria.
  • Nombrar Fiscales.
  • Medios de Comunicación.
  • Comunicados de Prensa.
  • Educación Cívica.
  • Gestionar créditos blandos.
  • Registro empresarial.
  • Tarifas aduanales.
  • Salarios de los funcionarios.
  • Plan de Transición.

Los dos últimos actos legales marcan el final del Vacío de Poder y el inicio de la TransiciónC40.

 

 

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