Puntos de Vista

Rodolfo Nodal Tarafa: “A mí me escogió la Constitución”

Alex S. González y Rodolfo Nodal Tarafa

Tras meses de escuchar a las caras más visibles del llamado Gobierno Constitucional, repetir una y otra vez que la legalidad y legitimidad de ellos (el gobierno) proviene de los Artículos 149 y 180 de la Constitución del 1940, parece entonces necesario, obligatorio, detenernos por un instante y revisar toda la información que el gobierno ha provisto.

¿Por qué? Porque hay serias discrepancias entre los documentos y explicaciones inicialmente entregados y el documento recientemente aparecido (publicado) en “Info Cuba Leaks”.

Para poner cierto orden en todo este desconcierto de interpretaciones y explicaciones discordantes e inconsistentes, es que podemos entonces recurrir a la ayuda del fallecido Dr. Rodolfo Nodal Tarafa, quien en el siguiente fragmento de vídeo lo explica todo claramente.

Lo que queda claro

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“pues a mí me escogió la constitución como dijo la constitución Rodolfo Nodal Tarafa va a ser el presidente en el año 2007. La Constitución dejó establecida el sistema legal que es el que establece quién debe ser presidente en un momento dado cuando faltan los funcionarios electos, entonces una de las cosas que señala el Artículo 149 es que cuando faltan el presidente, el vicepresidente y el presidente del congreso, el magistrado más antiguo del Tribunal Supremo debe ocupar la presidencia provisionalmente para organizar las nuevas elecciones, y que a partir de ahí el país vuelva a su cauce de derecho.”

Constitución del 1940: Artículo 149

Las palabras de Tarafa no pueden ser más explicitas y ajustadas a la letra del Artículo 149. Debe señalarse también como explica Tarafa, que un gobierno formado según lo expresado en este artículo es para suplir la falta, la ausencia de un presidente democráticamente electo y de sus correspondientes sustitutos constitucionales.

También deja claro que la misión de un gobierno formado por lo establecido  en el Artículo 149 es convocar a nuevas elecciones, es decir, Tarafa es un presidente interino.

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“Consecuentemente en el año 1995, un grupo de las organizaciones más importantes de la oposición cubana a la tiranía castrista se pusieron de acuerdo para poner en vigencia de nuevo, vigencia… si no de Jure sino de hecho a la Constitución de 1940…”

Interesante… este tipo de planteamiento se viene haciendo por el Movimiento Constitucionalista desde sus inicios, incluso antes de saber nada de la existencia de este gobierno:

“Siguiendo lo estipulado en los Artículos 9 y 40 de la Constitución, todos los cubanos deben luchar por restituir la Constitución y también pueden ponerla en uso.”
–Movimiento Constitucionalista Cubano

Sería importante conocer los nombres de todas esas organizaciones a las que se refiere Tarafa, cuántas estaban fuera de Cuba y cuántas dentro, en fin todo lo  referente a este particular. Hasta el momento solo se cuenta con el testimonio de Roberto Pisano.

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“El Dr. Morell Romero organizó el gobierno por… con el exilio, y desde el año 1995 el gobierno en el exilio, para qué existe, para tumbar al gobierno… esa no es la función del gobierno, aunque hagamos todo lo posible… claro… la función del gobierno es estar listos para devolverle al país y a los ciudadanos el estado de derecho, que se puedan hacer elecciones libres…”

CLARO… CLARÍSIMO…

El llamado Gobierno Constitucional no tiene ni tendrá nunca un “PLAN PARA DERROTAR A los castros”. Esa no es su función, su plan es esperar, esperar, esperar… hasta que los castros desaparezcan y entonces esperar a que les llamen para convocar a elecciones.

Sumado a esto, está el grandísimo inconveniente de que este gobierno se ha formado fuera del territorio nacional, y como no es un gobierno democráticamente electo resulta entonces es muy difícil (casi imposible) que obtenga el reconocimiento de algún gobierno u organización internacional. Prueba de esto son las negativas del Departamento de Estado de EEUU para reconocerlos.

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“Entonces el Dr. Morell Romero nombró el magistrado en sustitución en caso que el faltara, al  Dr. Claudio F. Benedi-Beruff…

El Dr. Claudio Benedi a su vez tuvo… tuvo lo que tenemos todos, llegó un momento en su vida que no podía seguir por razones de enfermedad, por razones de la edad.

Entonces qué hizo el Doctor, lo que se hace en todos los presidentes en este caso, reunió lo que se llama el Consejo Asesor Jurídico.

El Consejo Asesor Jurídico es el grupo de ciudadanos eminentes que está… que señala la Constitución para que le presente al presidente de la República  una terna, o sea tres candidatos que el presidente pueda nombrar uno de ellos, el que escoja como Magistrado del Tribunal Supremo.”

Es necesario aclarar y Tarafa lo dice en el vídeo, que los nombramientos de Magistrados al Tribunal Supremo se producen según lo que establece el Artículo 180.

Constitución del 1940: Artículo 180

El Artículo 180 establece que debe crearse un Colegio Electoral para cada nombramiento, el cual propone al Presidente una Terna.

El Artículo 180 no habla de personas eminentes y tampoco de un Consejo Asesor Jurídico. La manera en que debe componerse el Colegio Electoral también está descrita en el Artículo 180.

Ahora veamos  el origen del Consejo Asesor Jurídico según nos ha explicado un miembro cualificado del gobierno.

Para buscar al primer sustituto, el Dr. Morell Ronero creo un Colegio Electoral apegandose lo más que pudo a la Constitución, pues Morell como presidente podía escoger a tres personas para el Colegio, pero este no podía completarse debido a que no existe el Tribunal Supremo y tampoco podía conseguir personas propuestas por la Facultad de Derecho de la Universidad de la Habana. Es decir, Morell estaba buscando un sustituto en circunstancias excepcionales. Así que eñ Dr. Morell apeló a tres organizaciones de juristas en el exilio para que estas le ayudaran a crear el Colegio Electoral.

Al Colegio Electoral creado por Morell en estas circunstancias excepcionales se le nombró como Consejo Asesor Jurídico, y dada las dificultades para su creación fue utilizado para la creación de todas las ternas.

Esta singularidad de crear un solo Colegio Electoral también crea un problema y serio. Rodolfo Nodal y Tarafa era parte de ese Colegio Electoral, es decir era miembro del Consejo Asesor Jurídico.

l Consejo Asesor Jurídico

Notas:

  1. La universidad de la Habana perdió su autnomía en el año 1962.
  2. Las circunstancias excepcionales desde el punto de vista Constitucional comienzan con el golpe de estado de Batista en el año 1952.
  3. Los Juristas que conformaron el Colegio Electoral (Consejo Asesor Jurídico) provenían de las siguientes organizaciones:
    – Colegio de Abogados de la Habana
    – Colegio Nacional de Abogados de Cuba
    – Colegio de Notarios Públicos Cubanos

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“Este Consejo Asesor Jurídico (Colegio Electoral) le presentó (una terna) al presidente Morell Romero, y el presidente Morell Romero escogió al Dr. Benedí de esos tres. A su vez el Dr. Benedí cuando se sintió en peligro de su salud, apeló de nuevo al Consejo Asesor Jurídico para que le recomendará a tres candidatos posibles a la magistratura que tendría la facultad de sustituirlo a él, en caso de que él faltara. Ese Consejo Asesor Jurídico basado en ese consejo Asesor Jurídico basado de nuevo… todo esto es basado en lo que manda la Constitución… ese Consejo Asesor Jurídico recomendó una terna entre la cual estaba incluido yo como Magistrado del Tribunal Supremo. ¿Nombrado por quién? Nombrado por el presidente, quien tiene las facultades de acuerdo con el Artículo 180.

Cuando eso sucedió, el presidente Benedí… me escogió a mí como la persona que debía sustituirlo, y así sucedió. De ahí viene el hecho de que yo tenga la responsabilidad…”

Es decir, siguiendo la lógica de las palabras de Tarafa, cada nuevo presidente debe solicitar al Consejo Asesor Jurídico (Colegio Electoral) la creación de una TERNA para nombrar un MAGISTRADO que le sustituya cuando él faltaré.

El procedimiento descrito es de alguna manera “genialmente habilidoso” jurídicamente, sobre todo teniendo las circunstacias excepcionales que enfrentó Morell y sus sucesores, pero:

  1. ¿Dónde están las TERNAS (documentos) de las cuales se nombraron los sucesores?
  2. ¿Qué papel juega el ESCALAFÓN? Según el procedimiento establecido por Morell no era necesario, tampoco Tarafa habla de él.
  3. ¿Quién creó el escalafón? ¿Cuándo?
  4. ¿Por qué los funcionarios del gobierno han dado tantas explicaciones incoherentes, con errores de interpretación del texto constitucional, e incluso no bien fundamentada con los correspondientes documentos?
Referencias

[1] FacebookGobierno Constitucional Cubano de la Transición
[2] Info Cuba LeaksIlegitimidad del Gobierno Constitucional Cubano de Transición (Octubre 18, 2020)