Hilos Desenrollados

Desmintiendo a los propagandistas: La verdad sobre las regalías petroleras y los derechos del subsuelo

Desmintiendo a los propagandistas: La verdad sobre las regalías petroleras y los derechos del subsuelo

«Circula por ahí un video afirmando ser la verdad absoluta sobre la extracción de petróleo y el fracking, pero que en realidad está lleno de medias verdades y desconocimiento técnico. Estos propagandistas nos hacen perder el tiempo a quienes sí investigamos, obligándonos a aclarar la desinformación que publican para confundir. Hoy vamos a desmontar esos mitos con datos, historia y derecho, porque para proponer soluciones reales (como las que permite nuestra #C40), primero hay que entender cómo funciona el mundo real.»


Veamos los detalles a continuación; lo que nos llevara a entender cómo un estado responsable y bien administrado dispone de los recursos del subsuelo, como es el caso del petróleo.

La mentira tiene patas cortas

Eso que dice el video, es falso!
Mira que estos Hijos de Putas propagandistas del Deep State; le hacen perder tiempo a uno; teniendo uno que ir detrás de ellos, aclarado toda la mierda que Publican, para confundir a los hispanos:

1-En la realidad y con suerte; el dueno lo que recibe es un 12% de toda esa riqueza; la mayoría de la lleva el Estado de forma indirecta y las Compañías petroleras de forma directa.

2-Y la Fractura Hidráulica, Fracking funciona de otra manera; porque es algo sólido, no líquido.

-Que tal vez es mejor que en otros países?
Si
-Que eso se puede estudiar mas a fondo, e implementarse bajo el Art. 285 y el Art. 286 de la #C40, si las nuevas generaciones lo desea así?
Tambien.

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Veamos:
En el año 1900, la Corte Suprema de los Estados Unidos emitió un fallo histórico en el caso
Ohio Oil Co. v. Indiana

Determinando que un propietario no tiene una propiedad absoluta ni un derecho de dominio total sobre el petróleo, y el gas en el subsuelo hasta que los extraiga y los tenga bajo su control efectivo.
A través de esta decisión, la Corte validó formalmente la famosa «Regla de la Captura» (Rule of Capture) y delineó los límites de los derechos de propiedad subterránea bajo el derecho común estadounidense.

Puntos clave de la respuesta de la Corte Suprema.

-Naturaleza migratoria (Fugitiva):
La Corte comparó el petróleo y el gas natural con los animales salvajes (ferae naturae) o las aguas subterráneas.

Debido a que estos fluidos se mueven libremente por el subsuelo y no respetan los límites de las propiedades superficiales, el dueño de la tierra no es dueño de una «porción específica» del crudo mientras esté bajo tierra.

Adquisición de la propiedad por captura:
El derecho de propiedad absoluta solo se consolida cuando el mineral es reducido a posesión física (es decir, cuando es bombeado y llevado a la superficie). Si un vecino perfora un pozo en su propio terreno y drena el petróleo que está debajo de tu propiedad, el petróleo pasa a ser legalmente de él.

-Derechos correlativos y regulación estatal:
El caso surgió porque el estado de Indiana aprobó una ley para prohibir el desperdicio y la quema innecesaria de gas natural en los pozos petroleros.

La compañía petrolera argumentó que el Estado violaba su derecho de propiedad privada protegido por la 14ª Enmienda.

La Corte Suprema respondió que el Estado sí tiene el poder de regular la extracción para proteger los «derechos correlativos» de todos los propietarios de la superficie sobre un mismo yacimiento, evitando el desperdicio del recurso compartido.

-Resumen e impacto técnico:
Con esta decisión, la Corte Suprema de EE. UU. definió que el petróleo en el subsuelo es un recurso común y móvil.

Otorgó a los propietarios superficiales el derecho exclusivo a perforar en sus tierras para «capturarlo», pero otorgó a los gobiernos estatales la facultad de imponer leyes de conservación para evitar que una sola empresa destruyera la presión del yacimiento o desperdiciara los recursos de sus vecinos.

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Cuando los propietarios de la superficie no tienen el dinero, la tecnología ni la experiencia para extraer el petróleo (lo cual es el escenario más común), el mercado y las leyes estadounidenses desarrollaron un sistema de contratos privados y regulaciones estatales para repartir las ganancias y proteger a todos los involucrados.

A continuación se detalla cómo se arreglan las ganancias entre los tres actores principales: el propietario del terreno, la empresa petrolera (operador) y los vecinos del yacimiento.

1-El Contrato de Arrendamiento de Petróleo y Gas (Oil and Gas Lease):
El propietario de la tierra que no puede perforar por sí mismo transfiere el derecho de exploración y extracción a una empresa especializada mediante un contrato. Las ganancias se dividen de tres formas:

Bono de Firma (Bonus Payment):
Un pago inicial en efectivo que la empresa le da al propietario solo por firmar el contrato, antes de perforar cualquier pozo. Se paga por acre de tierra.

Regalías (Royalties):
El propietario se queda con un porcentaje de los ingresos brutos de todo el petróleo extraído de su tierra (históricamente $12.5\%$ o $1/8$, aunque hoy en día puede ser del $15\%$ al $25\%$). Lo más importante: el propietario no asume ningún costo de perforación ni riesgo financiero; la empresa paga todo y el propietario cobra desde el primer barril.

Rentistas (Delay Rentals):
Pagos anuales que la empresa hace al dueño mientras se prepara para perforar, para mantener el contrato vigente.

2-El problema del yacimiento compartido: Leyes de Unitización (Unitization y Pooling).
Como el petróleo se mueve bajo tierra y un yacimiento se extiende bajo las tierras de muchos vecinos, las agencias reguladoras estatales (como la Texas Railroad Commission) crearon dos figuras legales para evitar que las empresas compitan salvajemente y destruyan el yacimiento:

Agrupación (Pooling):
Si las parcelas de los vecinos son muy pequeñas para perforar un pozo legalmente, el Estado o las empresas las «agrupan» en una sola unidad de perforación (por ejemplo, de 40 u 80 acres). Las ganancias de ese pozo se reparten proporcionalmente entre todos los dueños de la superficie según los acres que aporten a la unidad, incluso si el pozo físico no está perforado en su propiedad.

Unitización (Unitization):
Cuando el yacimiento es gigantesco, todos los propietarios de tierras y todas las empresas operadoras de la zona firman un acuerdo para consolidar todo el campo petrolero bajo un solo operador. Las ganancias se distribuyen mediante una fórmula basada en el tamaño del terreno de cada uno, el espesor de la roca productiva bajo su suelo y el potencial estimado de petróleo.

3-La separación de los Derechos del Subsuelo (Severed Minerals).
En EE. UU. existe un concepto único: el dueño de la superficie puede vender la tierra pero quedarse con los derechos minerales del subsuelo (o viceversa).

Si eres dueño de la casa y el pasto, pero no de los minerales, una petrolera puede perforar en tu propiedad (pagándote solo por los daños causados a la superficie), pero las regalías del petróleo irán al dueño de los derechos del subsuelo.

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Resumen de los tipos de Reparto de Beneficios:

| Actor | Rol en el negocio | Cómo gana dinero | Riesgo Financiero |
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Propietario del Terreno | Aporta el acceso a la tierra y el derecho legal sobre el mineral. | Recibe el Bono de firma y Regalías (porcentaje de ventas) libres de costos operativos. | Cero. Si el pozo sale seco, la pérdida es de la empresa. |

Empresa Petrolera | Aporta el capital, ingenieros, torres de perforación y asume el riesgo. | Se queda con el porcentaje restante de las ventas de petróleo (normalmente entre el $75\%$ y $85\%$). | Total. Si el pozo falla, pierde millones. |

Vecinos del Yacimiento | Tienen tierras sobre el mismo depósito móvil. | Reciben su parte proporcional mediante acuerdos de Pooling o Unitización. | Cero. Están protegidos por las leyes de conservación del Estado. |

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No exactamente como promedio actual, pero ese número tiene un gran peso histórico.

El 12.5% (o un octavo, 1/8) fue la tarifa estándar tradicional en los Estados Unidos durante casi un siglo.

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Sin embargo, hoy en día las condiciones del mercado han cambiado considerablemente.

El panorama actual de las regalías:

Tierras Privadas (Promedio actual: 15% al 20%):
En terrenos de particulares, el porcentaje suele ser más alto que el mínimo histórico.

En zonas de alta producción y competencia entre empresas (como la cuenca Permian en Texas o Bakken en Dakota del Norte), las regalías para los propietarios privados suelen oscilar entre el 18% y el 25%.

Tierras Federales (Línea base: 16.67%):
El gobierno federal de EE. UU. mantuvo la regalía del 12.5% en tierras públicas continentales hasta que se modificó mediante la Ley de Reducción de la Inflación (IRA).

A partir de esa reforma, la tasa mínima para nuevos contratos federales se elevó al 16.67% (un sexto).

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Por qué el propietario acepta ese porcentaje tan bajo; si la empresa se queda con el resto?

A primera vista, recibir entre el 12.5% y el 20% puede parecer poco frente al 80% o 85% que retiene la petrolera, pero la clave está en quién asume los gastos:

1-Ingresos Brutos vs. Costos Netos:
El propietario recibe su porcentaje del ingreso bruto (el valor total de las ventas del petróleo extraído), por lo general sin que se le descuente un solo centavo por los gastos de operación.

2-El riesgo de la inversión:
Perforar un solo pozo moderno (especialmente con fracturación hidráulica o fracking) puede costar entre $6 y $9 millones de dólares.
Si la empresa perfora y el pozo resulta ser un «pozo seco» (sin petróleo), la petrolera pierde el 100% de esa millonaria inversión.
El propietario del terreno no pierde nada y, además, se queda con el dinero del bono inicial que le pagaron solo por firmar.

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En resumen:
El propietario cede la mayor parte del porcentaje a cambio de cero riesgo financiero y cero inversión de capital; convirtiéndose en un socio pasivo que cobra desde el primer barril de petróleo que sale a la superficie.

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Si estas personas llegan al poder en Cuba, la van a descojonar toda como los Castros; porque el desarrollo de su pensamiento lógico es muy pobre!
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Sí, tienes toda la razón en que la fracturación hidráulica (fracking) es técnicamente muy distinta a la extracción convencional.

La diferencia radica en la roca:
En el petróleo tradicional, el recurso fluye solo porque la roca es porosa (como una esponja); en cambio, en el fracking, el petróleo está atrapado en esquisto o lutita (shale), una roca tan apretada e impermeable que el hidrocarburo no se mueve en absoluto a menos que se rompa la roca artificialmente.

Por lo tanto, respondiendo a tu pregunta:
Sí, si tu propiedad es muy extensa, el fracking se puede hacer de forma 100% interna bajo tu tierra, y de hecho ocurre en muchos casos.

Sin embargo, esto plantea realidades técnicas y legales muy específicas:

1-El alcance real del fracking bajo tu tierra:
Cuando una empresa perfora un pozo de fracking en una propiedad extensa, el proceso funciona así:

Perforación Horizontal:
El pozo baja verticalmente miles de metros y luego gira de forma horizontal.
Esa sección horizontal (el «brazo» del pozo) puede extenderse entre 1.5 y 4 kilómetros en línea recta bajo el subsuelo.

Las microfisuras:
Al inyectar el agua a alta presión, la roca se rompe. Estas grietas se extienden hacia los lados del tubo horizontal, pero solo alcanzan unas pocas decenas o cientos de metros.

Conclusión técnica:
Si tu terreno mide varios kilómetros de ancho, el pozo horizontal y todas sus grietas artificiales se quedarán exclusivamente dentro de tus límites.

En este escenario, el 100% de las regalías te pertenecen a ti, ya que no se está drenando nada de los vecinos.

2-El debate legal: ¿Se aplica la «Regla de la Captura» al fracking?

Tu excelente observación es exactamente el mismo dilema que ha enfrentado a los tribunales de EE. UU. en los últimos años.

Si el petróleo del fracking no se mueve solo, ¿puede una empresa ponerse en el límite de tu propiedad, romper la roca, y hacer que las grietas crucen subterráneamente a la tierra del vecino para extraer su petróleo?

Los tribunales estatales han respondido de dos formas divididas:

La postura de Texas (Caso Coastal Oil v. Garza):
La Corte Suprema de Texas determinó que la Regla de la Captura sigue aplicando.
Argumentaron que si las grietas cruzan al vecino y extraen gas, el vecino no puede demandar por robo de minerales porque el gas se recuperó en el pozo legal de la empresa.

La solución del vecino es «defenderse» firmando su propio contrato para que perforen en su lado.

La postura de Pensilvania (Caso Briggs v. Southwestern Energy):
Las cortes de este estado dictaminaron de forma distinta.
Establecieron que, como el gas de esquisto no migra por sí mismo, si las grietas físicas o el fluido del fracking de una empresa cruzan la frontera subterránea del vecino, eso constituye una invasión física ilegal (subsurface trespass).
No puedes usar la fuerza para extraer lo que no se mueve solo.

Cómo se soluciona en la práctica?

Para evitar demandas multimillonarias por invasión subterránea, las empresas petroleras rara vez se arriesgan, incluso en terrenos gigantescos.

Utilizan la agrupación (pooling) o crean unidades de perforación cuadradas muy estrictas.

Si calculan que el brazo horizontal o las grietas van a rozar el subsuelo del vecino aunque sea un poco, prefieren incluir legalmente a ese vecino en el contrato y repartir las ganancias proporcionalmente por acre.

 

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